Resolución de inicio de investigación por adquisición de activos de Five Guys SpA por parte de SMU S.A.
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VISTOS:
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La presentación de fecha 31 de julio de 2026, ingreso correlativo N°73.950-2026, (“Notificación”), mediante la cual, por una parte, SMU S.A. (“Adquirente”); y, por la otra, Five Guys SpA (junto con el Adquirente, “Partes”), notificaron a esta Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía” o “FNE”) una operación de concentración, consistente en la adquisición de control sobre activos que conforman la unidad de negocios que actualmente operan bajo la marca Ahorra, por parte del Adquirente (“Operación”).
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La solicitud de exención presentada junto a la Notificación, y la resolución de fecha 14 de agosto de 2026 que dio lugar parcialmente a ella.
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La resolución de fecha 14 de agosto de 2026 que declaró incompleta la Notificación, identificando sus errores y omisiones, y la presentación de fecha 27 de agosto de 2026, ingreso correlativo N°74.568-2026, mediante la cual las Partes acompañaron nuevos antecedentes con el objeto de subsanar los errores y omisiones de la Notificación (“Complemento”).
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La solicitud de exención presentada junto al Complemento, y la resolución de esta misma fecha que dio lugar a ella.
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Las declaraciones juradas de veracidad, suficiencia y completitud de la información aportada en la Notificación y el Complemento, suscritas por los representantes legales de las Partes, en los términos del artículo 3° N°10 del Reglamento, según se define más adelante.
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Lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del entonces Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973 (“DL 211”).
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Lo establecido en el Reglamento sobre Notificación de una Operación de Concentración, aprobado mediante el Artículo Segundo del Decreto Supremo N°41 de 2021, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo (“Reglamento”) y, en especial, en sus artículos 1°, 2° y 3°.
CONSIDERANDO:
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Que, de acuerdo con lo afirmado por las Partes, la Notificación daría cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en el artículo 47 letra d) del DL 211.
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Que, del análisis de la Notificación y su Complemento, es posible concluir que, bajo los términos informados, la Notificación se encuentra completa. En vista de lo anterior, y sin perjuicio de los demás antecedentes e información que esta Fiscalía pueda requerir durante el procedimiento, corresponde ordenar el inicio de la investigación, conforme a lo dispuesto en el artículo 50 inciso tercero del DL 211.
Firmado digitalmente por Aníbal Palma Código validación: 752125442 Resolución N° 288 / 10-09-2026 El folio ha sido generado electrónicamente.
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Huérfanos N°670 Pisos 8, 9 y 10, Santiago de Chile | Teléfono central: (+562) 27535600 www.fne.gob.cl - contactenos@fne.gob.cl RESUELVO:
1°.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN, relativa al Rol FNE F486-2026, caratulada “Adquisición de activos de Five Guys SpA por parte de SMU S.A.”.
2°.- COMUNÍQUESE a las Partes la presente resolución por correo electrónico, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del DL 211.
3°.- PUBLÍQUESE.
Por orden del Fiscal Nacional Económico.
Rol FNE F486-2026.
ANÍBAL PALMA MIRANDA JEFE DIVISIÓN DE FUSIONES Fiscalía Nacional Económica Incorpora Firma Electrónica Avanzada
PMD/FRA/LLS