Resolución de inicio sobre investigación por adquisición de control en Inversiones Puerto de Coronel S.A. por parte de Neltume Ports S.A.
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VISTOS:
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La presentación de fecha 29 de abril de 2026, ingreso correlativo N°71.919-2026 (“Notificación”), mediante la cual, por una parte, Celulosa Arauco y Constitución S.A. (“Arauco” o “Vendedora”); y, por la otra, Neltume Ports S.A. (“Neltume” o “Compradora” y, conjuntamente con la Vendedora, “Partes Notificantes”), notificaron a esta Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía”) una operación de concentración, consistente en la eventual adquisición de influencia decisiva en Inversiones Puerto Coronel S.A. (“Entidad Objeto” o “Puerto Coronel”) por parte de Neltume (en conjunto, “Partes”, y a todo, “Operación”).
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Las resoluciones de 14 de mayo de 2026 y 11 de junio de 2026, que declararon incompleta la Notificación, identificando errores y omisiones.
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Las presentaciones de fecha 28 de mayo de 2026, ingreso correlativo N°72.344-2026, y de 17 de junio de 2026, ingreso correlativo N°72.925-2026, mediante las cuales las Partes Notificantes acompañaron nuevos antecedentes, subsanando los errores y omisiones de la Notificación (cada uno de ellos, “Complemento”, y en conjunto, “Complementos”).
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Las solicitudes de exención presentadas junto con la Notificación y el primer Complemento, y las resoluciones de fechas 14 de mayo de 2026 y 11 de junio de 2026, que se pronunciaron respecto a dichas solicitudes.
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Las declaraciones juradas de veracidad, suficiencia y completitud de la información aportadas en la Notificación, suscritas por los representantes legales de las Partes Notificantes en los términos del artículo 3° N°10 del Reglamento, según se define más adelante.
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Lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del entonces Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973 (“DL 211”), y en especial en sus artículos 48 y 50.
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Lo establecido en el Reglamento sobre Notificación de una Operación de Concentración, aprobado mediante el Artículo Segundo del Decreto Supremo N°41, de 2021, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo (“Reglamento”), y en especial en sus artículos 1°, 2° y 3°.
CONSIDERANDO:
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Que, de acuerdo con lo indicado por las Partes Notificantes, la Notificación daría cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en el artículo 47 letra b) del DL 211.
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Que, del análisis de la Notificación y los Complementos, es posible concluir que, bajo los términos informados, la Notificación se encuentra completa. En vista de lo anterior, y sin perjuicio de los demás antecedentes e información que esta Fiscalía pueda requerir durante el procedimiento, corresponde ordenar el inicio de la investigación, conforme a lo dispuesto en el artículo 50 inciso tercero del DL 211.
Firmado digitalmente por Aníbal Palma Código validación: 730385785 Resolución N° 22 / 24-06-2026 El folio ha sido generado electrónicamente.
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RESUELVO:
1°.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN, relativa al Rol FNE F475-2026, caratulada “Adquisición de control en Inversiones Puerto de Coronel S.A. por parte de Neltume Ports S.A.”.
2°.- COMUNÍQUESE a las Partes Notificantes la presente resolución por correo electrónico, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del DL 211.
3°.- PUBLÍQUESE.
Por orden del Fiscal Nacional Económico.
Rol FNE F475-2026.
ANÍBAL PALMA MIRANDA JEFE DIVISIÓN DE FUSIONES Fiscalía Nacional Económica Incorpora Firma Electrónica Avanzada
CSC/FRA/MPD