Jurisprudencia

Resolución de inicio de investigación sobre adquisición de control en Vidrios Lirquén S.A. por parte de Apollo Global Management Inc.

Rol FNE F-471-2026
FNE

Fiscalía Nacional Económica - Resolución N° 129

Rol FNE F471-2026 | 24 de abril de 2026


VISTOS:

1. La presentación de fecha 10 de abril de 2026, ingreso correlativo N°70.509-2026 ("Notificación"), mediante la cual Apollo Capital Management, Inc. ("Apollo") y Nippon Sheet Glass Company, Limited ("NSG", y junto con Apollo, "Partes Notificantes"), notificaron a esta Fiscalía Nacional Económica ("Fiscalía") una operación de concentración consistente en la eventual adquisición de influencia decisiva en NSG, controlador de Vidrios Lirquén S.A., por parte de Apollo ("Operación").

2. La solicitud de exención presentada junto a la Notificación y la resolución de esta misma fecha que resolvió dicha solicitud.

3. Las declaraciones juradas de veracidad, suficiencia y completitud de la información aportadas en la Notificación, suscritas por los representantes legales de las Partes Notificantes, en los términos del artículo 7° N°6 del Reglamento, según se define más adelante.

4. Lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del entonces Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973 ("DL 211"), y en especial en sus artículos 48 y 50.

5. Lo establecido en el Reglamento sobre Notificación de una Operación de Concentración, aprobado mediante el Artículo Segundo del Decreto Supremo N°41 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo ("Reglamento"), y en especial en sus artículos 1°, 2°, 4°, 5° y 7°.

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que, de acuerdo a lo afirmado por las Partes Notificantes, la Notificación daría cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en el artículo 47 letra b) del DL 211.

SEGUNDO: Que del análisis de la Notificación es posible concluir que, bajo los términos informados, la Notificación se encuentra completa. En vista de lo anterior, y sin perjuicio de los demás antecedentes e información que esta Fiscalía pueda requerir durante el procedimiento, corresponde ordenar el inicio de la investigación, conforme a lo dispuesto en el artículo 50 inciso tercero del DL 211.

SE RESUELVE:

1°. INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN relativa al Rol FNE F471-2026, caratulada "Adquisición de control en Vidrios Lirquén S.A. por parte de Apollo Global Management Inc.".

2°. COMUNÍQUESE a las Partes Notificantes la presente resolución en la forma prevista en el artículo 61 del DL 211.

3°. PUBLÍQUESE.

Por orden del Fiscal Nacional Económico.

Rol FNE F471-2026.


ANÍBAL PALMA MIRANDA JEFE DIVISIÓN DE FUSIONES Fiscalía Nacional Económica