Resolución de inicio de investigación por adquisición de activos de Nissan Chile SpA por parte del grupo Astara Mobility, S.A.
Huérfanos N°670 Pisos 8, 9 y 10, Santiago de Chile | Teléfono Central: (+562) 27535600 www.fne.gob.cl - contactenos@fne.gob.cl Página 1
VISTOS:
-
La presentación de fecha 30 de diciembre de 2025, ingreso correlativo N°68.080-2025 (“Notificación”), mediante la cual, por una parte, South Pacific Motor Chile SpA (“Astara”) y, por la otra, Nissan Chile SpA (“Nissan”, juntamente con Astara “Partes”), notificaron a esta Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía”) una operación de concentración, consistente en la eventual adquisición de control de activos de Nissan por parte de Astara (“Operación”).
-
La resolución de fecha 14 de enero de 2026 que declaró incompleta la Notificación, identificando sus errores y omisiones; y, la presentación de fecha 28 de enero de 2026, ingreso correlativo N°68.635-2026 (“Complemento”), mediante la cual las Partes acompañaron nuevos antecedentes con el objeto de subsanar los errores y omisiones de la Notificación.
-
Las solicitudes de exención presentadas junto con la Notificación y su Complemento y las resoluciones de fechas 14 de enero de 2026 y 11 de febrero de 2026, respectivamente, que dieron lugar a ellas.
-
Las declaraciones juradas de veracidad, suficiencia y completitud de la información aportada en la Notificación y su Complemento, suscritas por los representantes legales de las Partes en los términos del artículo 6° N°10 del Reglamento, según se define más adelante.
-
Lo dispuesto en el artículo 50 inciso tercero del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del entonces Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973 (“DL 211”).
-
Lo establecido en el Reglamento sobre la Notificación de una Operación de Concentración, aprobado mediante el artículo segundo del Decreto Supremo N°41 de 2021, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo (“Reglamento”), y en particular en sus artículos 4°, 5° y 6°.
CONSIDERANDO:
- Que, de acuerdo a lo afirmado por las Partes, la Notificación daría cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en el artículo 47 letra d) del DL
-
Que del análisis de la Notificación y su Complemento es posible concluir que, bajo los términos informados, la Notificación se encuentra completa. En vista de lo anterior, y sin perjuicio de los demás antecedentes e información que esta Fiscalía pueda requerir durante el procedimiento, corresponde ordenar el inicio de la investigación, conforme a lo dispuesto en el artículo 50 inciso tercero del DL 211.
Firmado digitalmente por Aníbal Palma Código validación: 689364169 Resolución N° 38 / 11-02-2026 El folio ha sido generado electrónicamente.
Huérfanos N°670 Pisos 8, 9 y 10, Santiago de Chile | Teléfono Central: (+562) 27535600 www.fne.gob.cl - contactenos@fne.gob.cl Página 2
RESUELVO:
1°.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN, relativa al Rol FNE F450-2025, caratulada “Adquisición de activos de Nissan Chile SpA por parte del grupo Astara Mobility, S.A.”.
2°.- COMUNÍQUESE a las Partes la presente resolución por correo electrónico, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del DL 211.
3°.- PUBLÍQUESE.
Por orden del Fiscal Nacional Económico.
Rol FNE F450-2025.
ANÍBAL PALMA MIRANDA JEFE DIVISIÓN DE FUSIONES Fiscalía Nacional Económica Incorpora Firma Electrónica Avanzada
MGB/FRA/AA