Jurisprudencia

Adquisición de control en Empresas Banmédica por parte de Grupo Patria y Linzor Capital Partners

Rol FNE F-448-2025
FNE

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VISTOS:

  1. La presentación de fecha 30 de diciembre de 2025, ingreso correlativo N°68.067- 2025, (“Notificación”), mediante la cual, por una parte, Linzor Capital Partners IV, L.P. (“Linzor IV”) y Healthcare MX Holdings S.L. (“HCMX”) junto a otros agentes económicos también pertenecientes a Grupo Patria1 (junto a Linzor IV, “Compradoras”), y, por otra parte, UHG Holdings UK VII Limited y Bordeaux UK Holdings II Limited (“Vendedoras”, y junto a las Compradoras, “Partes Notificantes”), notificaron a esta Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía”) una operación de concentración consistente en la adquisición del 100% de las acciones de Bordeaux Holding SpA –matriz de Banmédica SpA– y CDC Holdings Colombia S.A.S. (“Entidades Objeto”) por parte de HCMX, y posterior reorganización de la estructura corporativa por parte de las Compradoras (“Operación”); y en donde adicionalmente solicitaron ser eximidos de acompañar determinados antecedentes a la Notificación.

  2. La resolución de fecha 14 de enero de 2026 que dio lugar a la solicitud de exención de las Partes y la resolución de misma fecha que declaró incompleta la Notificación, identificando sus errores y omisiones.

  3. La presentación de fecha 28 de enero de 2026, ingreso correlativo N°68.612-2026 (“Complemento”), mediante la cual las Partes acompañaron nuevos antecedentes con el objeto de subsanar los errores y omisiones de la Notificación.

  4. Las declaraciones juradas de veracidad, suficiencia y completitud de la información aportada en la Notificación, suscritas por los representantes legales de las Partes Notificantes, en los términos del artículo 6° N°10 del Reglamento, según se define más adelante.

  5. Lo dispuesto en el artículo 50 inciso tercero del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del entonces Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973 (“DL 211”).

  6. Lo establecido en el Reglamento sobre la Notificación de una Operación de Concentración, aprobado mediante el artículo segundo del Decreto Supremo N°41 de 2021, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo (“Reglamento”), y en particular en sus artículos 1°, 2°, 4°, 5° y 6°.

CONSIDERANDO:

  1. Que, de acuerdo a lo afirmado por las Partes Notificantes, la Notificación daría cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en el artículo 47 letra b) del DL 211.

  2. Que del análisis de la Notificación y considerando en especial el alcance y contenido de las declaraciones juradas mencionadas en el Visto N°4, es posible concluir que, bajo los términos informados, la Notificación se encuentra completa. En vista de lo

1 Las otras entidades que suscriben la Notificación, pertenecientes a Grupo Patria son: (i) Patria - Private Equity Fund VII, L.P.; (ii) PPE Fund VII, L.P.; (iii) PPE Fund VII-A, L.P.; (iv) PPE Fund VII-B, L.P.; (v) Moneda S.A. Administradora General de Fondos; y, (vi) Moneda PIPE Chile Fondo de Inversión. Firmado digitalmente por Aníbal Palma Código validación: 688737008 Resolución N° 32 / 09-02-2026 El folio ha sido generado electrónicamente.

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anterior, y sin perjuicio de los demás antecedentes e información que esta Fiscalía pueda requerir durante el procedimiento, corresponde ordenar el inicio de la investigación, conforme a lo dispuesto en el artículo 50 inciso tercero del DL 211.

RESUELVO:

1°.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN, relativa al Rol FNE F448-2025, caratulada “Adquisición de control en Empresas Banmédica por parte de Grupo Patria y Linzor Capital Partners”.

2°.- COMUNÍQUESE a las Partes Notificantes la presente resolución por correo electrónico, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del DL 211.

3°.- PUBLÍQUESE.

Por orden del Fiscal Nacional Económico.

Rol FNE F448-2025.

ANÍBAL PALMA MIRANDA JEFE DIVISIÓN DE FUSIONES Fiscalía Nacional Económica Incorpora Firma Electrónica Avanzada

FVS/RHR