Jurisprudencia

Operación de concentración entre Global Infrastructure Management LLC, MGX Fund Management Limited y Aligned Energy Holdings

Rol FNE F-445-2025
FNE

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VISTOS:

  1. La presentación de fecha 11 de diciembre de 2025, ingreso correlativo N°66.732-2025 (“Notificación”), mediante la cual, por una parte, Global Infrastructure Management, LLC (“GIM”), MGX Fund Management Limited (“MGX”), Mariana US Bidco, LLC y Mariana International Bidco, L.P. (ambas junto con GIM y MGX, “Compradores”); y, por la otra, Aligned Energy Holdings, L.P. (“Vendedor” y junto con los Compradores, “Partes”) notificaron a esta Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía”) una operación de concentración consistente en la eventual adquisición de influencia decisiva en Aligned Data Centers, LLC, Aligned Data Centers REIT, LLC, ADC International Latam Investor GP, Inc. y ADC International Latam Investor, L.P. por parte de los Compradores (“Operación”).

  2. Las resoluciones de fechas 26 de diciembre de 2025 y 23 de enero de 2026, que declararon incompleta la Notificación, identificando sus errores y omisiones, y las presentaciones de fechas 12 de enero de 2026, ingreso correlativo N°68.255-2026 y 6 de febrero de 2026, ingreso correlativo N°68.876-2026, mediante las cuales las Partes complementaron la Notificación acompañando nuevos antecedentes (“Complementos”).

  3. Las solicitudes de exención presentadas junto a la Notificación y el complemento de fecha 12 de enero de 2026, y las resoluciones de fechas 26 de diciembre de 2025 y 23 de enero de 2026, que dieron lugar parcialmente a las exenciones solicitadas.

  4. Las declaraciones juradas de veracidad, suficiencia y completitud de la información, aportadas en la Notificación, suscritas por los representantes legales de las Partes en los términos del artículo 6° N°10 del Reglamento, según se define más adelante.

  5. Lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del entonces Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973 (“DL 211”), y en especial en sus artículos 48 y 50.

  6. Lo establecido en el Reglamento sobre Notificación de una Operación de Concentración, aprobado mediante el Artículo Segundo del Decreto Supremo N°41 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo (“Reglamento”), y en especial en sus artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 5° y 6°.

CONSIDERANDO:

  1. Que, de acuerdo a lo afirmado por las Partes, la Notificación daría cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en el artículo 47 letra b) del DL
  2. Que del análisis de la Notificación y sus Complementos es posible concluir que, bajo los términos informados, la Notificación se encuentra completa. En vista de lo anterior, y sin perjuicio de los demás antecedentes e información que esta Fiscalía pueda requerir durante el procedimiento, corresponde ordenar el inicio de la investigación, conforme a lo dispuesto en el artículo 50 inciso tercero del DL 211.

Firmado digitalmente por Aníbal Palma Código validación: 691736730 Resolución N° 5 / 20-02-2026 El folio ha sido generado electrónicamente.

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RESUELVO:

1°.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN relativa al Rol FNE F445-2025, caratulada “Adquisición de control en Aligned Data Centers, LLC, Aligned Data Centers REIT, LLC y otros, por parte de Global Infrastructure Management, LLC y otros”.

2°.- COMUNÍQUESE a las Partes la presente resolución en la forma prevista en el artículo 61 del DL 211.

3°.- PUBLÍQUESE.

Por orden del Fiscal Nacional Económico.

Rol FNE F445-2025.

ANÍBAL PALMA MIRANDA JEFE DIVISIÓN DE FUSIONES Fiscalía Nacional Económica Incorpora Firma Electrónica Avanzada

EAM/RHR/PTG