Jurisprudencia

Resolución de inicio por adquisición de control de RME Holdings por parte de Roy Bidco Pty Ltd.

Rol FNE F-414-2024
FNE

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VISTOS:

  1. La presentación de fecha 24 de diciembre de 2024, ingreso correlativo N°59.403-2024 (“Notificación”), Roy Bidco Pty Ltd ACN 682 389 797 (“Roy”) por una parte y, por la otra, Alan John Russell, AJ Russell Holdings Pty Ltd ACN 116 312 844, y Russell Family Trust ABN 12 573 493 390 (todos, “Partes”) notificaron a esta Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía”) una operación de concentración consistente en la eventual adquisición de influencia decisiva en RME Holdings Pty Ltd ACN 092 457 791 y su grupo empresarial (“RME”) por parte de Roy (“Operación”).

  2. La solicitud de exención acompañada junto a la Notificación, y la resolución de fecha 8 de enero de 2025 que dio lugar en todas sus partes a ella.

  3. La resolución de misma fecha que declaró incompleta la Notificación, identificando sus errores y omisiones.

  4. La presentación de fecha 13 de enero de 2025, ingreso correlativo N°59.707-2025, mediante la cual las Partes complementaron la Notificación, acompañando nuevos antecedentes para subsanar sus errores y omisiones (“Complemento”).

  5. Las declaraciones juradas de veracidad, suficiencia y completitud de la información aportadas en la Notificación y su Complemento, suscritas por los representantes legales de las Partes en los términos del artículo 7° N°6 del Reglamento, según se define más adelante.

  6. Lo dispuesto en el artículo 50 inciso tercero del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del entonces Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973 (“DL 211”).

  7. Lo establecido en el Reglamento sobre Notificación de una Operación de Concentración, aprobado mediante el Artículo Segundo del Decreto Supremo N°41 de 2021, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, (“Reglamento”), y en especial en sus artículos 1°, 2°, 4° y 7°.

CONSIDERANDO:

  1. Que, de acuerdo con lo indicado por las Partes, la Notificación daría cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en el artículo 47 letra b) del DL
  2. Que, del análisis de la Notificación y su Complemento, es posible concluir que, bajo los términos informados, la Notificación se encuentra completa. En razón de lo anterior, y sin perjuicio de los demás antecedentes y la información que esta Fiscalía pueda requerir durante el procedimiento de investigación, corresponde ordenar el de inicio de la investigación, conforme a lo dispuesto en el artículo 50 inciso tercero del DL 211.

Firmado digitalmente por Aníbal Palma Código validación: 599158446 Resolución N° 127 / 24-01-2025 El folio ha sido generado electrónicamente.

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RESUELVO:

1°.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN, relativa al Rol FNE F414-2024.

2°.- COMUNÍQUESE a las Partes la presente resolución por correo electrónico, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del DL 211.

3°.- PUBLÍQUESE.

Por orden del Fiscal Nacional Económico.

Rol FNE F414-2024.

ANÍBAL PALMA MIRANDA JEFE DIVISIÓN DE FUSIONES FISCALÍA NACIONAL ECONÓMICA Incorpora Firma Electrónica Avanzada

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