Jurisprudencia

Resolución de inicio de investigación por adquisición del control en filiales de Derco Inversiones SpA, por parte de Avant Inversiones y Servicios SpA

Rol FNE F-405-2024
FNE

Huérfanos N°670 Pisos 8, 9 y 10, Santiago de Chile. | Teléfono Central: (+562) 27535600 www.fne.gob.cl - contactenos@fne.gob.cl Página 1

VISTOS:

  1. La presentación de fecha 24 de septiembre de 2024, ingreso correlativo N°56.520- 2024 (“Notificación”), mediante la cual Avant Inversiones y Servicios SpA (“Avant” o “Comprador”) y Derco Inversiones SpA (“Derco” o “Vendedor”, y junto a Avant, “Partes Notificantes”) notificaron a esta Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía”) una operación de concentración consistente en la eventual adquisición del 100% de las acciones de Derco Chile Repuestos SpA (“DECRE”) y de Sociedad Comercializadora de Repuestos SpA1 (“SCR”, conjuntamente con DECRE, “Entidades Objeto”, junto a Avant, “Partes”, y a todo “Operación”), y solicitaron la exención de acompañar determinados antecedentes a la Notificación.

  2. La resolución de fecha 8 de octubre de 2024 que dio lugar parcialmente a la solicitud de exención referida en el Visto anterior, y la resolución de igual fecha que declaró incompleta la Notificación.

  3. La presentación de fecha 22 de octubre de 2024, ingreso correlativo N°57.962-2024 (“Complemento”), mediante el cual las Partes complementaron la Notificación, y solicitaron eximirse de acompañar determinados antecedentes, y la resolución de esta misma fecha, que dio lugar a dicha solicitud.

  4. Las declaraciones juradas de veracidad, suficiencia y completitud de la información aportadas en la Notificación, suscritas por los representantes legales de las Partes Notificantes en los términos del artículo 6° N°10 del Reglamento, según se define más adelante.

  5. Lo dispuesto en el artículo 50 del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del entonces Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973 (“DL 211”).

  6. Lo establecido en el Reglamento sobre Notificación de una Operación de Concentración, aprobado mediante el Artículo Segundo del Decreto Supremo N°41, de 2021, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo (“Reglamento”), y en especial en sus artículos 1°, 2°, 4°, 5° y 6°.

CONSIDERANDO:

  1. Que de acuerdo con lo indicado por las Partes, la Notificación daría cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en el artículo 47 letra b) del DL
  2. Que, del análisis de la Notificación y su Complemento, es posible concluir que, bajo los términos informados, la Notificación se encuentra completa. En razón de lo anterior, y sin perjuicio de los demás antecedentes y la información que esta Fiscalía pueda requerir durante el procedimiento de investigación, corresponde dictar resolución de inicio de investigación, conforme a lo dispuesto en el artículo 50 inciso tercero del DL 211.

1 Junto a su filial Sociedad Inmobiliaria SCR SpA. Firmado digitalmente por Aníbal Palma Código validación: 582570548 Resolución N° 131 / 07-11-2024 El folio ha sido generado electrónicamente.

Huérfanos N°670 Pisos 8, 9 y 10, Santiago de Chile. | Teléfono Central: (+562) 27535600 www.fne.gob.cl - contactenos@fne.gob.cl Página 2

RESUELVO:

1°.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN, relativa al Rol FNE F405-2024.

2°.- NOTIFÍQUESE a las Partes Notificantes la presente resolución por medio de correo electrónico, según dispone el artículo 61 del DL 211.

3°.- PUBLÍQUESE.

Por orden del Fiscal Nacional Económico.

Rol FNE F405-2024.

ANÍBAL PALMA MIRANDA JEFE DIVISIÓN DE FUSIONES Fiscalía Nacional Económica Incorpora Firma Electrónica Avanzada

GSS/FRA/MPD/AA