Jurisprudencia

Resolución de inicio de investigación sobre adquisición de control en Camilo Ferrón Chile S.A. y otra por parte de Elementa Foods Chile S.A.

Rol FNE F-402-2024
FNE

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VISTOS:

  1. La presentación de fecha 9 de septiembre de 2024, ingreso correlativo N°56.290-2024 (“Notificación”), mediante la cual, por una parte, Elementa Foods Chile S.A. (“Elementa”) y, por la otra, Inversiones Trans Andinas Limitada (“ITA”) y Camilo Guillermo Ferrón (junto con ITA, “Vendedores” y conjuntamente con Elementa, “Partes”), notificaron a esta Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía”) una operación de concentración, consistente en la eventual adquisición de control en Camilo Ferrón Chile S.A. y en Trace Sudamericana S.A., por parte de Elementa (“Operación”), y solicitaron la exención de acompañar determinados antecedentes a la Notificación.

  2. La resolución de fecha 26 de septiembre de 2024 que dio lugar a la solicitud de exención referida en el Visto anterior, y la resolución de igual fecha que declaró incompleta la Notificación.

  3. La presentación de fecha 10 de octubre de 2024, ingreso correlativo N°56.765-2024, (“Complemento”), mediante la cual las Partes acompañaron nuevos antecedentes con el objeto de subsanar los errores y omisiones de la Notificación, y solicitaron eximirse de acompañar determinados antecedentes; y la resolución de esta misma fecha, que dio lugar a dicha solicitud.

  4. Las declaraciones juradas de veracidad, suficiencia y completitud de la información aportada en la Notificación, suscritas por los representantes legales de las Partes en los términos del artículo 6° N°10 del Reglamento, según se define más adelante.

  5. Lo dispuesto en el artículo 50 inciso tercero del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del entonces Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973 (“DL 211”).

  6. Lo establecido en el Reglamento sobre la Notificación de una Operación de Concentración, aprobado mediante el Artículo Segundo del Decreto Supremo N°41 de 2021, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo (“Reglamento”), y en particular en sus artículos 1°, 2°, 4°, 5° y 6°.

CONSIDERANDO:

  1. Que, de acuerdo con lo indicado por las Partes, la Notificación daría cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en el artículo 47 letra b) del DL
  2. Que del análisis de la Notificación y su Complemento es posible concluir que, bajo los términos informados, la Notificación se encuentra completa. En vista de lo anterior, y sin perjuicio de los demás antecedentes y la información que esta Fiscalía pueda requerir durante el procedimiento, corresponde dictar resolución de inicio de investigación, conforme a lo dispuesto en el artículo 50 inciso tercero del DL 211.

RESUELVO:

1°.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN, relativa al Rol FNE F402-2024.

Firmado digitalmente por Vicente Lagos Código validación: 580021980 Resolución N° 122 / 24-10-2024 El folio ha sido generado electrónicamente.

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2°.- NOTIFÍQUESE a las Partes la presente resolución por correo electrónico, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del DL 211.

3°.- PUBLÍQUESE.

Por orden del Fiscal Nacional Económico.

Rol FNE F402-2024.

VICENTE LAGOS TORO JEFE DIVISIÓN DE FUSIONES (S) Fiscalía Nacional Económica Incorpora Firma Electrónica Avanzada

MGB/MAA/AA/MPD