Resolución de inicio de investigación por adquisición de control sobre activos de Elanco Animal Health, Inc. por parte de Merck & Co
1
Santiago, 8 de mayo de 2024
VISTOS:
-
La presentación de fecha 26 de marzo de 2024, correspondiente al ingreso correlativo N°50.871-2024 (“Notificación”), en virtud de la cual Merck & Co. Inc. (“Merck” o “Comprador”) y Elanco Animal Health, Inc. (“Elanco” o “Vendedor” y, junto con Merck, las “Partes”) notificaron a esta Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía”) una operación de concentración consistente en el eventual traspaso del control sobre un conjunto de activos asociados al negocio de acuicultura de Elanco a Merck (“Operación”).
-
La resolución de fecha 10 de abril de 2024, que declaró incompleta la Notificación, y la presentación de fecha 23 de abril de 2024, ingreso correlativo N°51.400-2024, mediante la cual las Partes complementaron la Notificación, acompañando nuevos antecedentes (“Complemento”).
-
Las declaraciones juradas de veracidad, suficiencia y completitud de la información aportadas en la Notificación, suscritas por los representantes legales de las Partes en los términos del artículo 3° N°10 del Reglamento, según se define más adelante.
-
Lo dispuesto en el artículo 50 del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973 (“DL 211”).
-
Lo establecido en el Decreto Supremo N°41 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que en su Artículo Segundo Aprueba Reglamento de fecha 7 de mayo de 2021, sobre la Notificación de una Operación de Concentración, publicado en el Diario Oficial con fecha 2 de noviembre de 2021 (“Reglamento”), y en especial en sus artículos 1°, 2° y 3°.
CONSIDERANDO:
-
Que, de acuerdo con lo indicado por las Partes, la Notificación daría cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en el artículo 47 letra d) del DL 211.
-
Que del análisis de la Notificación y su Complemento es posible concluir que, bajo los términos informados, la Notificación se encuentra completa. En vista de lo anterior, y sin perjuicio de los demás antecedentes y la información que esta Fiscalía puede requerir durante el procedimiento, corresponde dictar resolución de inicio de investigación, conforme a lo dispuesto en el artículo 50 inciso tercero del DL 211.
RESUELVO:
1°.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN, relativa al Rol FNE F386-2024.
2°.- NOTIFÍQUESE a las Partes la presente resolución por correo electrónico, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del DL 211.
3°.- PUBLÍQUESE.
Por orden del Fiscal Nacional Económico.
Rol FNE F386-2024.
MAGDALENA PÉREZ DIBARRART JEFA DIVISIÓN DE FUSIONES (S) PTG/ PMZ/FUK Magdalena Sofía Pérez Dibarrart Firmado digitalmente por Magdalena Sofía Pérez Dibarrart Fecha: 2024.05.08 18:24:45 -04'00'