Jurisprudencia

Resolución de inicio de investigación sobre adquisición de control en CJ Selecta por parte de Bunge Alimentos S.A.

Rol FNE F-376-2023
FNE

Santiago, 7 de febrero de 2024

VISTOS:

  1. La presentación de fecha 27 de diciembre de 2023, ingreso correlativo N°48.114-2023 (“Notificación”), donde Bunge Alimentos S.A. (“Bunge”), CJ Cheiljedang Corporation y STIC CJ Global Investment Corporate Partnership Private Equity Fund (“Vendedores”), notificaron a la Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía”) una operación de concentración consistente en la adquisición de todas las acciones y el control exclusivo de CJ Latam Participações Ltda (“CJ Latam”), y CJ Selecta S.A. (conjuntamente con Bunge, CJ Latam y los Vendedores, “Partes”) por parte de Bunge (“Operación”).

  2. La resolución de fecha 10 de enero de 2024, en virtud de la cual la Fiscalía declaró incompleta la Notificación presentada por las Partes y la presentación de fecha 24 de enero de 2024, ingreso correlativo N°48.656-2024 (“Complemento”), por medio de la cual las Partes subsanaron los errores y omisiones de la Notificación.

  3. La presentación de fecha 24 de enero de 2024, mismo ingreso correlativo que el indicado en el numeral 2 anterior, en virtud de la cual las Partes piden exención de acompañar determinados antecedentes, y la resolución pronunciada con esta misma fecha, que otorga dicha exención.

  4. Las declaraciones juradas de veracidad, suficiencia y completitud de la información aportada en la Notificación, suscritas por los representantes legales de las Partes, en los términos del artículo 3 N°10 del Reglamento, según se define más adelante.

  5. Lo dispuesto en el artículo 50 inciso tercero del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973 (“DL 211”).

  6. Lo establecido en el Decreto Supremo N°41 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Aprueba Reglamento de fecha 7 de mayo de 2021, sobre la Notificación de una Operación de Concentración, publicado en el Diario Oficial con fecha 2 de noviembre de 2021 (“Reglamento”).

CONSIDERANDO:

  1. Que, de acuerdo a lo sostenido por las Partes, la Notificación daría cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en la letra b) del artículo 47 del DL 211.

  2. Que del análisis de la Notificación y su Complemento es posible concluir que la Notificación se encuentra completa. En razón de lo anterior, y sin perjuicio de los antecedentes y la información que la Fiscalía pueda requerir en el procedimiento de investigación, corresponde dictar resolución de inicio de investigación, conforme a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 50 del DL 211.

RESUELVO:

1.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN, relativa al Rol FNE F376-2023.

2.- COMUNÍQUESE A LAS PARTES la presente resolución por medio de correo electrónico en atención a lo dispuesto en el artículo 61 del DL 211.

3.- PUBLÍQUESE.

Por orden del Fiscal Nacional Económico,

Rol FNE F376-2023.

LBV

VICENTE LAGOS TORO JEFE DE DIVISIÓN DE FUSIONES (S) Vicente Lagos Toro Firmado digitalmente por Vicente Lagos Toro Fecha: 2024.02.07 12:50:52 -03'00'