Jurisprudencia

Resolución de inicio correspondiente a la investigación por adquisición de Applus Services S.A. por parte de Amber EquityCo S.L.U.

Rol FNE F-369-2023
FNE

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Santiago, 12 de diciembre de 2023

VISTOS:

  1. La presentación de fecha 31 de octubre de 2023, ingreso correlativo N°46.444-2023 (“Notificación”), en virtud de la cual Amber EquityCo, S.L.U. (“Amber”), y sus controladores conjuntos, I Squared Capital Advisors (US) LLC (“I Squared Capital”) y TDR Capital LLP (“TDR Capital” y en conjunto con Amber e I Squared Capital, los “Adquirentes”), por un lado; y, por el otro, Applus Services, S.A. (“Applus” y conjuntamente con los Adquirentes, las “Partes”), notificaron a la Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía”) una operación de concentración consistente en la adquisición del control conjunto de Applus por parte de I Squared Capital y TDR Capital, a través de Amber (“Operación”).

  2. La resolución de fecha 13 de noviembre de 2023, en que la Fiscalía declaró incompleta la Notificación presentada por las Partes, y la presentación de fecha 27 de noviembre de 2023, ingreso correlativo N°47.798-2023 (“Complemento”), por medio de la cual las Partes subsanaron los errores y omisiones de la Notificación.

  3. Las declaraciones juradas de veracidad, suficiencia y completitud de la información aportadas en el Complemento, suscritas por los representantes legales de las Partes, en los términos del artículo 7 N°6 del Reglamento, según se define más adelante.

  4. Lo dispuesto en el artículo 50 inciso tercero del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973 (“DL 211”).

  5. Lo establecido en el Decreto Supremo N°41 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Aprueba Reglamento de fecha 7 de mayo de 2021, sobre la Notificación de una Operación de Concentración, publicado en el Diario Oficial con fecha 2 de noviembre de 2021 (“Reglamento”).

CONSIDERANDO:

  1. Que, de acuerdo a lo sostenido por las Partes, la Notificación daría cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en la letra b) del artículo 47 del DL 211.

  2. Que del análisis de la Notificación y su Complemento es posible concluir que la Notificación se encuentra completa. En razón de lo anterior, y sin perjuicio de los antecedentes y la información que la Fiscalía pueda requerir en el procedimiento de investigación, corresponde dictar resolución de inicio de investigación, conforme a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 50 del DL 211.

RESUELVO:

1.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN, relativa al Rol FNE F369-2023.

2.- COMUNÍQUESE A LAS PARTES la presente resolución por medio de correo electrónico, en atención a lo dispuesto en el artículo 61 del DL 211.

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3.- PUBLÍQUESE.

Por orden del Fiscal Nacional Económico,

Rol FNE F369-2023.

VICENTE LAGOS TORO JEFE DE DIVISIÓN DE FUSIONES (S)

LBV

Vicente Lagos Toro Firmado digitalmente por Vicente Lagos Toro Fecha: 2023.12.12 15:59:32 -03'00'