Resolución de inicio sobre asociación entre Renault S.A.S. y Zhejiang Geely Holding Group Co., Ltd.
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Santiago, 20 de octubre de 2023 VISTOS:
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La presentación de fecha 6 de septiembre de 2023, correlativo de ingreso N°43.646- 2023 (“Notificación”), en virtud de la cual Renault S.A.S. (“Renault”) y Zhejiang Geely Holding Group Co., Ltd. (“Geely” y junto con Renault, “Partes”), notificaron a la Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía” o “FNE”) la operación de concentración consistente en la creación de un joint venture para la producción y comercialización de soluciones de trenes motrices híbridos para vehículos motorizados (“Operación”) y por medio de la cual las Partes solicitaron eximirse de acompañar determinados antecedentes.
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La resolución de fecha 22 de septiembre de 2023 que dio lugar parcialmente a la solicitud de exención, y la resolución de igual fecha de esta Fiscalía que declaró incompleta la Notificación.
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La presentación de las Partes de fecha 6 de octubre de 2023, correlativo de ingreso N°46.122-2023, por medio de la cual subsanaron los errores y omisiones de la Notificación y a su vez solicitaron exención de acompañar determinados antecedentes y la resolución pronunciada con esta misma fecha, que otorga dicha exención.
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Las declaraciones juradas de veracidad, suficiencia y completitud de la información aportada en la Notificación, suscritas por los representantes legales de las Partes, en los términos del artículo 6 N°10 del Reglamento, según este se define más adelante.
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Lo dispuesto en los artículos 47, 48 y 50 inciso tercero del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973 (“DL 211”).
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Lo establecido en el Decreto Supremo N°41 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Aprueba Reglamento sobre la Notificación de una Operación de Concentración de fecha 7 de mayo de 2021, publicado en el Diario Oficial el día 2 de noviembre de 2021 (“Reglamento”).
CONSIDERANDO:
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Que, de acuerdo con lo sostenido por las Partes, la Notificación daría cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en la letra c) del artículo 47 del DL 211, al asociarse para la creación de una nueva entidad independiente, distinta de ellas -joint venture- para la producción y comercialización de soluciones de trenes motrices híbridos para vehículos motorizados, que desempeñará sus funciones de forma permanente.
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Que del análisis de la Notificación y su complemento es posible concluir que esta se encuentra completa, de conformidad con lo requerido por el Reglamento.
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Que, en razón de lo anterior, y sin perjuicio de los antecedentes y la información que la Fiscalía pueda requerir en el procedimiento de investigación, corresponde dictar resolución de inicio de investigación, conforme a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 50 del DL 211.
RESUELVO:
1.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN, relativa al Rol FNE F362-2023.
Firmado digitalmente por Leonel Leal Salinas Código validación: 462773050 Resolución N° 37 / 20-10-2023 El folio ha sido generado electrónicamente.
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2.- COMUNÍQUESE A LAS PARTES la presente resolución por medio de correo electrónico de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del DL 211.
3.- PUBLÍQUESE.
Por orden del Fiscal Nacional Económico,
Rol FNE F362-2023.
LEONEL LEAL SALINAS JEFE DE DIVISIÓN DE FUSIONES (S)
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