Resolución de inicio sobre adquisición de control en Power Train Technologies Chile S.A. por Marubeni Corporation
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La presentación de fecha 7 de agosto de 2023, ingreso correlativo N°41.991-2023 (“Notificación”), mediante la cual Marubeni Corporation (“Comprador”) e Inveniam S.A. (con el Comprador, “Partes”) notificaron a esta Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía”) una operación de concentración consistente en la adquisición de control por parte del Comprador en Power Train Technologies S.A. (a todo, “Operación”).
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Las solicitudes de exención presentadas conjuntamente, y en el mismo texto que la Notificación, y la resolución de esta misma fecha que dio lugar a la totalidad de las exenciones solicitadas (“Exención”).
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Las declaraciones juradas de veracidad, suficiencia y completitud de la información aportada en la Notificación, suscritas por los representantes legales de las Partes en los términos del artículo 6 N°10 del Reglamento, según se define más adelante.
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Lo dispuesto en el artículo 50 del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973 (“DL 211”).
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Lo establecido en el Decreto Supremo N°41 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Aprueba Reglamento sobre la Notificación de una Operación de Concentración, de fecha 7 de mayo, publicado en el Diario Oficial el día 2 de noviembre de 2021 (“Reglamento”).
CONSIDERANDO:
- Que, de acuerdo con lo indicado por las Partes, la Notificación da cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en el artículo 47 letra b) del DL
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Que, habiéndose analizado la Notificación, y teniéndose presente el contenido y alcance de la Exención aprobada, es posible concluir que, bajo los términos informados, los antecedentes se encuentran completos, de conformidad a lo requerido por el Reglamento.
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Que, en razón de lo anterior, y sin perjuicio de los demás antecedentes e información que durante el procedimiento de investigación pueda requerir la Fiscalía, corresponde dictar resolución de inicio de investigación, conforme a los términos del artículo 50 inciso tercero del DL 211.
RESUELVO:
1.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN, relativa al Rol FNE F360-2023.
2.- COMUNÍQUESE a las Partes la presente resolución por correo electrónico, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del DL 211.
3.- PUBLÍQUESE.
Por orden del Fiscal Nacional Económico.
Rol FNE F360-2023.
FRANCISCA LEVÍN VISIC JEFA DE DIVISIÓN DE FUSIONES EAM Francisca Javiera Levín Visic Firmado digitalmente por Francisca Javiera Levín Visic Fecha: 2023.08.22 11:52:52 -04'00'