Jurisprudencia

Resolución de inicio sobre adquisición de control en Power Train Technologies Chile S.A. por Marubeni Corporation

Rol FNE F-360-2023
FNE

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  1. La presentación de fecha 7 de agosto de 2023, ingreso correlativo N°41.991-2023 (“Notificación”), mediante la cual Marubeni Corporation (“Comprador”) e Inveniam S.A. (con el Comprador, “Partes”) notificaron a esta Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía”) una operación de concentración consistente en la adquisición de control por parte del Comprador en Power Train Technologies S.A. (a todo, “Operación”).

  2. Las solicitudes de exención presentadas conjuntamente, y en el mismo texto que la Notificación, y la resolución de esta misma fecha que dio lugar a la totalidad de las exenciones solicitadas (“Exención”).

  3. Las declaraciones juradas de veracidad, suficiencia y completitud de la información aportada en la Notificación, suscritas por los representantes legales de las Partes en los términos del artículo 6 N°10 del Reglamento, según se define más adelante.

  4. Lo dispuesto en el artículo 50 del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973 (“DL 211”).

  5. Lo establecido en el Decreto Supremo N°41 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Aprueba Reglamento sobre la Notificación de una Operación de Concentración, de fecha 7 de mayo, publicado en el Diario Oficial el día 2 de noviembre de 2021 (“Reglamento”).

CONSIDERANDO:

  1. Que, de acuerdo con lo indicado por las Partes, la Notificación da cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en el artículo 47 letra b) del DL
  2. Que, habiéndose analizado la Notificación, y teniéndose presente el contenido y alcance de la Exención aprobada, es posible concluir que, bajo los términos informados, los antecedentes se encuentran completos, de conformidad a lo requerido por el Reglamento.

  3. Que, en razón de lo anterior, y sin perjuicio de los demás antecedentes e información que durante el procedimiento de investigación pueda requerir la Fiscalía, corresponde dictar resolución de inicio de investigación, conforme a los términos del artículo 50 inciso tercero del DL 211.

RESUELVO:

1.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN, relativa al Rol FNE F360-2023.

2.- COMUNÍQUESE a las Partes la presente resolución por correo electrónico, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del DL 211.

3.- PUBLÍQUESE.

Por orden del Fiscal Nacional Económico.

Rol FNE F360-2023.

FRANCISCA LEVÍN VISIC JEFA DE DIVISIÓN DE FUSIONES EAM Francisca Javiera Levín Visic Firmado digitalmente por Francisca Javiera Levín Visic Fecha: 2023.08.22 11:52:52 -04'00'