Resolución de inicio sobre adquisición de control en Arcadia Generación Solar S.A. por parte de Sonnedix Chile Arcadia SpA y Sonnedix Chile Arcadia Generación SpA.
1
Santiago, 24 de agosto de 2023
VISTOS:
-
La presentación de fecha 20 de julio de 2023, correlativo de ingreso N°41.554-2023 (“Notificación”), en virtud de la cual, Sonnedix Chile Arcadia SpA y Sonnedix Chile Arcadia Generación SpA (“Sonnedix”) y Enel Chile S.A. y Enel SpA (“Enel Chile” y, en conjunto con Sonnedix, “Partes”), notificaron a la Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía”) la adquisición por parte de Sonnedix del 100% de las acciones emitidas por Arcadia Generación Solar S.A. (“Arcadia” o “Entidad Objeto”, y a todo, “Operación”).
-
Las resoluciones de fecha 2 de agosto de 2023, por medio de las cuales esta Fiscalía acogió la solicitud de exención de las Partes de acompañar determinados antecedentes y determinó la falta de completitud de la Notificación; y las presentaciones de las Partes de fecha 10 de agosto de 2023, correlativos de ingreso N°42.085-2023 y N°42.090-2023, por medio de las cuales las Partes subsanaron los errores y omisiones de la Notificación y realizaron solicitudes de exención adicionales1 (“Complemento”).
-
La resolución de esta misma fecha por medio de la cual se acoge la solicitud de exención del Complemento.
-
Las declaraciones juradas de veracidad, suficiencia y completitud de la información aportada en la Notificación, suscritas por los representantes legales de las Partes, en los términos del artículo 6 N°10 del Reglamento, según este se define más adelante.
-
Lo dispuesto en los artículos 47, 48 y 50 inciso tercero del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973 (“DL 211”).
-
Lo establecido en el Decreto Supremo N°41 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Aprueba Reglamento sobre la Notificación de una Operación de Concentración de fecha 7 de mayo de 2021, publicado en el Diario Oficial el día 2 de noviembre de 2021 (“Reglamento”).
CONSIDERANDO:
-
Que, de acuerdo con lo sostenido por las Partes, la Notificación daría cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en la letra b) del artículo 47 del DL 211, al adquirir Sonnedix -de parte de Enel Chile- el 100% de las acciones emitidas por Arcadia, que le permitirán influir decisivamente en la administración de ésta.
-
Que del análisis de la Notificación y su Complemento es posible concluir que esta se encuentra completa, de conformidad con lo requerido por el Reglamento.
-
Que, en razón de lo anterior, y sin perjuicio de los antecedentes y la información que la Fiscalía pueda requerir en el procedimiento de investigación, corresponde dictar resolución de inicio de investigación, conforme a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 50 del DL 211.
1 Solicitudes de exención que fueron revisadas en la reunión sostenida con los apoderados de Sonnedix con fecha 21 de agosto de 2023 y luego complementadas mediante presentación de fecha 22 de agosto de 2023, correlativo de ingreso N°43.299-2023.
2
RESUELVO:
1.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN, relativa al Rol FNE F356-2023.
2.- COMUNÍQUESE A LAS PARTES la presente resolución por medio de correo electrónico de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del DL 211.
3.- PUBLÍQUESE.
Por orden del Fiscal Nacional Económico,
Rol FNE F356-2023.
FRANCISCA LEVIN VISIC JEFA DE DIVISIÓN DE FUSIONES BAY Francisca Javiera Levín Visic Firmado digitalmente por Francisca Javiera Levín Visic Fecha: 2023.08.24 16:13:40 -04'00'