Jurisprudencia

Resolución de inicio de investigación sobre adquisición de control en Farmacias Ahumada SpA y sus relacionadas por parte de Inversiones Da Vinci SpA.

Rol FNE F-354-2023
FNE

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Santiago, 2 de agosto de 2023 VISTOS:

  1. El documento de fecha 23 de junio de 2023, ingreso correlativo N°40.023-2023 (“Notificación”), en donde Inversiones Da Vinci SpA (“Comprador”) y Superior US 1 LLC (“Vendedor” y, con el Comprador, “Partes”), notificaron a esta Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía”) una operación de concentración consistente en la adquisición de control, por parte del Comprador, en Farmacias Ahumada SpA (“FASA” y, a todo, “Operación”).

  2. La resolución de fecha 10 de julio de 2023 por medio de la cual esta Fiscalía declaró incompleta la Notificación.

  3. La presentación de fecha 19 de julio de 2023, correspondiente al ingreso correlativo N°41.513-2023, mediante el cual las Partes subsanaron los errores y omisiones de la Notificación (“Complemento”).

  4. Las declaraciones juradas de veracidad, suficiencia y completitud de la información aportada en la Notificación, suscritas por los representantes legales de las Partes, en los términos del artículo 6 N°10 del Reglamento, según se define más adelante.

  5. Lo dispuesto en los artículos 47, 48 y 50 inciso final del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973, y sus modificaciones posteriores (“DL 211”).

  6. Lo establecido en el Decreto Supremo N°41 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Aprueba Reglamento sobre la Notificación de una Operación de Concentración, de fecha 7 de mayo de 2021, publicado en el Diario Oficial el día 2 de noviembre de 2021 (“Reglamento”).

CONSIDERANDO:

  1. Que la Notificación da cuenta de una operación de concentración, de aquellas contempladas en el artículo 47 letra b) del DL 211.

  2. Que, habiéndose analizado la Notificación y su Complemento es posible concluir que ésta se encuentra completa.

  3. Que, en vista de lo anterior, y sin perjuicio de los demás antecedentes e información que la Fiscalía pueda requerir en el procedimiento de investigación, corresponde dictar resolución de inicio de investigación, conforme a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 50 del DL 211.

RESUELVO:

1°.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN, relativa al Rol FNE F354-2023.

2°.- COMUNÍQUESE a las Partes la presente resolución en la forma prevista en el artículo 61 del DL 211.

3°.- PUBLÍQUESE.

Por orden del Fiscal Nacional Económico,

Rol FNE F354-2023.

PTG FRANCISCA LEVIN VISIC JEFA DE DIVISIÓN FUSIONES Francisca Javiera Levín Visic Firmado digitalmente por Francisca Javiera Levín Visic Fecha: 2023.08.02 10:19:18 -04'00'