Jurisprudencia

Resolución de inicio de investigación sobre adquisición de control en SCM Minera Lumina Copper Chile por parte de Lundin Mining Corporation

Rol FNE F-347-2023
FNE

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Santiago, 29 de mayo de 2023

VISTOS:

  1. La presentación de fecha 20 de abril de 2023, correspondiente al ingreso correlativo N°38.598-23 (“Notificación”), en virtud de la cual, por una parte, Lundin Mining Corporation (“Lundin”); y por otra parte, JX Nippon Mining & Metals Corporation, MLCC Finance Netherlands B.V., Caserones Finance Netherlands B.V., Nippon Caserones Resources Co., Ltd., Nippon Caserones Resources Canada Enterprises Corp. (“Grupo JX”, y junto con Lundin, “Partes”), notificaron a la Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía”) la operación de concentración consistente en la eventual adquisición de a lo menos el 51% de las acciones de SCM Minera Lumina Copper Chile (“Caserones”) por parte de Lundin (“Operación”).

  2. Las solicitudes de exención contenidas en la Notificación, y la resolución de exención pronunciada con fecha 5 de mayo de 2023 que dio lugar parcialmente a ellas.

  3. La resolución de fecha 5 de mayo de 2023, por medio de la cual la Fiscalía declaró incompleta la Notificación y la presentación de fecha 16 de mayo de 2023, ingreso correlativo N°39.013-23, en virtud de la cual las Partes acompañaron nuevos antecedentes con objeto de subsanar los errores y omisiones de la Notificación (“Complemento”).

  4. Las declaraciones juradas de veracidad, suficiencia y completitud de la información aportada en la Notificación, suscritas por los representantes legales de las Partes, en los términos del artículo 6 N°10 del Reglamento, según se define más adelante.

  5. Lo dispuesto en los artículos 47, 48 y 50 del Decreto con Fuerza de Ley N°1 del año 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973 y sus modificaciones posteriores (“DL 211”).

  6. Lo establecido en el Decreto Supremo N°41 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que Aprueba el Reglamento de fecha 7 de mayo de 2021, sobre la Notificación de una Operación de Concentración, publicado en el Diario Oficial el día 2 de noviembre de 2021 (“Reglamento”).

CONSIDERANDO:

  1. Que, de acuerdo a lo indicado por las Partes, la Notificación daría cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en el artículo 47 letra b) del DL 211, al comprender la adquisición de –al menos– el 51% de las acciones de Caserones, permitiendo a Lundin influir decisivamente en la administración de la primera.

  2. Que, habiéndose analizado la Notificación, en conjunto con el Complemento, es posible concluir que los antecedentes se encuentran completos, de conformidad con lo requerido por el Reglamento.

  3. Que, en razón de lo anterior, y sin perjuicio de los demás antecedentes e información que durante el procedimiento de investigación pueda requerir la Fiscalía, corresponde dictar resolución de inicio de investigación, conforme a los términos del artículo 50 inciso tercero del DL 211.

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RESUELVO:

1°.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN, relativa al Rol FNE F347-2023.

2°.- COMUNÍQUESE a las Partes la presente resolución por medio de correo electrónico, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del DL 211.

3°.- PUBLÍQUESE.

Por orden del Fiscal Nacional Económico,

Rol FNE F347-2023.

FRANCISCA LEVIN VISIC JEFA DE DIVISIÓN DE FUSIONES FGV

Francisca Javiera Levín Visic Firmado digitalmente por Francisca Javiera Levín Visic Fecha: 2023.05.29 12:50:00 -04'00'