Resolución de inicio de investigación sobre adquisición de control en Atlas Corp. por parte de Ocean Network Express Pte. Ltd.
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Santiago, 3 de febrero de 2023
VISTOS:
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La presentación de fecha 30 de diciembre de 2022, ingreso correlativo N° 33.515- 2022 (“Notificación”), en virtud de la cual Ocean Network Express Pte. Ltd., (“ONE”), Atlas Corp. (“Atlas”), Fairfax Financial Holdings Limited (“Fairfax”) y determinadas entidades vinculadas a The Washington Companies (“TWF” y, junto con ONE, Atlas y Fairfax, “Partes”) notificaron a esta Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía”) la operación de concentración consistente en la adquisición por parte de ONE, de una participación accionaria de 28,9% en Atlas y ciertos derechos de veto que le otorgarían control negativo sobre dicha entidad.
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Las resoluciones de fecha 16 de enero de 2023, mediante las cuales la Fiscalía declaró incompleta la Notificación y acogió parcialmente ciertas solicitudes de exención realizadas por las Partes, y la presentación de fecha 30 de enero de 2023, ingreso correlativo N°35.018-2023, en virtud de la cual las Partes complementaron la Notificación y realizaron nuevas solicitudes de exención de acompañar determinados antecedentes (“Complemento”).
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Las declaraciones juradas de veracidad, suficiencia y completitud de la información aportada en la Notificación, suscritas por los representantes legales de las Partes, en los términos del artículo 6° N°10 del Reglamento, según se define más adelante.
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La resolución de esta misma fecha mediante la cual la Fiscalía acogió determinadas solicitudes de exención requeridas por las Partes en el Complemento.
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Lo dispuesto en el inciso final del artículo 50 del Decreto con Fuerza de Ley N°1 del año 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973 y sus modificaciones posteriores (“DL 211”).
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Lo establecido en el Decreto Supremo N°41 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que Aprueba el Reglamento de fecha 7 de mayo de 2021, sobre la Notificación de una Operación de Concentración, publicado en el Diario Oficial el día 2 de noviembre de 2021 (“Reglamento”).
CONSIDERANDO:
- Que, de acuerdo con lo indicado por las Partes, la Notificación da cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en el artículo 47 letra b) del DL
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Que, habiéndose analizado la Notificación, en conjunto con el Complemento, es posible concluir que los antecedentes se encuentran completos, de conformidad con lo requerido por el Reglamento.
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Que, en razón de lo anterior, y sin perjuicio de los demás antecedentes e información que durante el procedimiento de investigación pueda requerir la Fiscalía Nacional Económica, corresponde dictar resolución de inicio de investigación, conforme a los términos del artículo 50 inciso tercero del DL 211.
RESUELVO:
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1°.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN, relativa al Rol FNE F338-2022.
2°.- COMUNÍQUESE a las Partes la presente resolución por medio de correo electrónico, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del DL 211.
3°.- PUBLÍQUESE.
Por orden de la Fiscal Nacional Económico (S),
Rol FNE F338-2022.
VICENTE LAGOS TORO JEFE DE DIVISIÓN DE FUSIONES (S) NJA Vicente Lagos Toro Firmado digitalmente por Vicente Lagos Toro Fecha: 2023.02.03 11:52:28 -03'00'