Jurisprudencia

Resolución de inicio sobre adquisición de control en Lecherías Loncomilla Limitada por parte de Empresas Carozzi S.A. y otro.

Rol FNE F-321-2022
FNE

Santiago, 23 de septiembre de 2022 VISTOS:

  1. La presentación de fecha 22 de julio de 2022, correlativo de ingreso N° 26.679-22 (“Notificación”), que notificó a la Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía”) la operación de concentración entre Mac Clure Lyon SpA y Salvador Francisco Mac Clure Armanet (ambos, “San Francisco”) y Empresas Carozzi S.A. y Comercial Carozzi S.A. (ambas, “Carozzi” y, con San Francisco, “Partes”), consistente en la adquisición por parte de Carozzi del 100% de los derechos sociales de Lecherías Loncomilla Limitada (“Loncomilla”) y la propiedad de la marca “San Francisco” (“Operación”).

  2. Las resoluciones de fecha 5 de agosto de 2022 y 2 de septiembre de 2022, en virtud de las cuales la Fiscalía declaró incompleta la Notificación, y las presentaciones de las Partes de fecha 19 de agosto de 2022, correlativo de ingreso N° 29.394-22, y de fecha 7 de septiembre de 2022, correlativo de ingreso N° 29.617-22, por medio de las cuales se acompañaron nuevos antecedentes con objeto de subsanar los errores y omisiones de la Notificación (“Complementos”).

  3. Lo dispuesto en los artículos 47, 48 y 50 inciso final del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973, y sus modificaciones posteriores (“DL 211”).

  4. Lo establecido en el Decreto Supremo N°41 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Aprueba Reglamento sobre la Notificación de una Operación de Concentración de fecha 7 de mayo de 2021, publicado en el Diario Oficial el día 2 de noviembre de 2021 (“Reglamento”).

CONSIDERANDO:

  1. Que, de acuerdo a lo sostenido por las Partes, la Notificación daría cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en la letra b) del artículo 47 del DL 211, al adquirir Carozzi todos los derechos sociales de Loncomilla y, por tanto, pasará a influir decisivamente en la administración de ésta.

  2. Que del análisis de la Notificación y sus Complementos es posible concluir que se encuentra completa.

  3. Que, en razón de lo anterior, y sin perjuicio de los antecedentes y la información que la Fiscalía pueda requerir en el procedimiento de investigación, corresponde dictar resolución de inicio de investigación, conforme a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 50 del DL 211.

RESUELVO:

1.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN, relativa al Rol FNE F321-2022.

2.- COMUNÍQUESE A LAS PARTES la presente resolución por medio de correo electrónico de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del DL 211.

3.- PUBLÍQUESE.

Por orden del Fiscal Nacional Económico,

Rol FNE F321-2022.

FRANCISCA LEVIN VISIC JEFA DE DIVISIÓN DE FUSIONES BAY Francisca Javiera Levín Visic Firmado digitalmente por Francisca Javiera Levín Visic Fecha: 2022.09.23 12:14:18 -03'00'