Resolución de inicio sobre adquisición de control en Unifrutti Investments Limited por parte de Abu Dhabi Developmental Holding Company PJSC
Huérfanos N° 670 Pisos 8, 9 y 10, Santiago de Chile. | Teléfono Central: (+562) 27535600 www.fne.gob.cl - contactenos@fne.gob.cl Página 1
VISTOS:
-
La presentación de fecha 6 de junio de 2022, correspondiente al ingreso correlativo N°25.808-22 (“Notificación”), en virtud de la cual Urusbid Restricted Limited (“Urusbid”) y Fruchte Holdings Limited (“Fruchte” y en conjunto con Urusbid, “Partes”) notificaron a esta Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía”) la operación de concentración consistente en la eventual adquisición por parte de Urusbid de manos de Fruchte, de una participación mayoritaria de las acciones de Unifrutti Investments Limited (“Unifrutti”) (“Operación”).
-
La presentación de igual fecha, correspondiente al ingreso correlativo N°25.806-22, en virtud de la cual las Partes solicitaron eximirse de acompañar determinados antecedentes por no resultar necesarios, relevantes o atingentes para el análisis de la Operación (“Solicitud”).
-
La resolución de esta misma fecha, que rechazó la Solicitud por tratarse de información relevante para el análisis de la Operación, pero que de todas formas se encuentra públicamente disponible.
-
Lo dispuesto en los artículos 47, 48 y 50 inciso final del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973, y sus modificaciones posteriores (“DL 211”).
-
Lo establecido en el Decreto Supremo N°41 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Aprueba Reglamento de fecha 7 de mayo de 2021, sobre la Notificación de una Operación de Concentración, publicado en el Diario Oficial con fecha 2 de noviembre de 2021.
CONSIDERANDO:
-
Que, de acuerdo a lo indicado por las Partes, la Notificación daría cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en el artículo 47 letra b) del DL 211, al adquirir Urusbid derechos que le permitirían influir decisivamente en la administración de Unifrutti.
-
Que, habiéndose analizado la Notificación es posible concluir que ésta se encuentra completa.
Firmado digitalmente por Francisca Levin Visic Código validación: 261089773 Resolución N° 12 / 20-06-2022 El folio ha sido generado electrónicamente.
Huérfanos N° 670 Pisos 8, 9 y 10, Santiago de Chile. | Teléfono Central: (+562) 27535600 www.fne.gob.cl - contactenos@fne.gob.cl Página 2
- Que, en razón de lo anterior, y sin perjuicio de los demás antecedentes e información que la Fiscalía pueda requerir en el procedimiento de investigación, corresponde dictar resolución de inicio de investigación, conforme a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 50 del DL 211.
RESUELVO:
1°.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN, relativa al Rol FNE F318-2021.
2°.- COMUNÍQUESE a las Partes la presente resolución por medio de correo electrónico, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del DL 211.
3°.- PUBLÍQUESE.
Por orden del Fiscal Nacional Económico,
Rol FNE F318-2021.
FRANCISCA LEVIN VISIC JEFA DE DIVISIÓN DE FUSIONES FGV