Resolución de inicio sobre adquisición de control en GNL Quintero S.A. por parte de Condor Energy Holdings SpA
Santiago, 10 de mayo de 2022 VISTOS:
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La notificación de operación de concentración (“Notificación”), correspondiente al ingreso correlativo N°23.890-2022, de fecha 11 de abril de 2022, relativa a la adquisición por parte de Condor Energy Holdings SpA de un 80% de la participación accionaria de GNL Quintero S.A., de propiedad de Borealis Calumet Holdings Inc., BPC Penco VI Corporation y Enagás Chile SpA (todos los anteriores, “Partes” y, a todo “Operación”).
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La resolución de fecha 25 de abril de 2022, que declaró incompleta la Notificación, y la presentación de fecha 2 de mayo de 2022, ingreso correlativo N° 24.249-2022 (“Complemento”), a través del cual las Partes subsanaron ésta.
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Lo dispuesto en el artículo 50 inciso final del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973, y sus modificaciones posteriores (“DL 211”).
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Lo establecido en el Decreto Supremo N°41 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Aprueba Reglamento de fecha 7 de mayo de 2021, sobre la Notificación de una Operación de Concentración, publicado en el Diario Oficial el día 2 de noviembre de 2021.
CONSIDERANDO:
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Que, de acuerdo a lo sostenido por las Partes, la Operación es de aquellas contempladas en la letra b) del artículo 47 del DL 211.
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Que del análisis de la Notificación y su Complemento es posible concluir que la Notificación se encuentra completa.
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Que en razón de lo anterior, y sin perjuicio de los antecedentes y la información que la Fiscalía pueda requerir en el procedimiento de investigación, corresponde dictar resolución de inicio de investigación, conforme a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 50 del DL 211.
RESUELVO:
1.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN relativa al Rol FNE F313-2022.
2.- COMUNÍQUESE A LAS PARTES la presente resolución por medio de correo electrónico en atención a lo dispuesto en el artículo 61 del DL 211.
3.- PUBLÍQUESE.
Por orden del Fiscal Nacional Económico,
Rol FNE F313–2022.
FRANCISCA LEVIN VISIC JEFA DE DIVISIÓN DE FUSIONES
PRG Francisca Levin Firmado digitalmente por Francisca Levin Fecha: 2022.05.10 19:26:59 -04'00'