Jurisprudencia

Resolución de inicio de investigación sobre adquisición de Automotriz Servimaq SpA por parte de Americar S.A.

Rol FNE F-312-2022
FNE

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Santiago, 23 de mayo de 2022 VISTOS:

  1. La presentación de fecha 11 de abril de 2022, correspondiente al ingreso correlativo N°23.898- Notificación Americar Inversiones Waeger Kark Limitada, Inversiones Salinas Valdivieso Limitada, Inmobiliaria MBM SpA, Sucesión Héctor Manuel Bórquez Miranda, Sucesión Martín Andrés Waeger Biava, Inmobiliaria MPB SpA e Inmobiliaria Klagges SpA, (éstas y Partes Fiscalía operación de concentración consistente en la eventual adquisición de control en Operación

  2. La resolución de fecha 26 de abril de 2022, en que la Fiscalía dio ha lugar la solicitud de exención presentada por las Partes con fecha 11 de abril de 2022, ingreso correlativo N°23.897-22, y la resolución de fecha 26 de abril de 2022, en que la Fiscalía declaró incompleta la Notificación presentada por las partes de ingreso correlativo N°23.898-22.

  3. La presentación de fecha 09 de mayo de 2022, ingreso correlativo N°24.356-22. Complemento la Notificación.

  4. Lo dispuesto en el artículo 50 inciso final del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973, y sus modificaciones posteriores DL 211

  5. Lo establecido en el Decreto Supremo N°41 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Aprueba Reglamento de fecha 7 de mayo de 2021, sobre la Notificación de una Operación de Concentración, publicado en el Diario Oficial con fecha 2 de noviembre de 2021.

CONSIDERANDO:

  1. Que, de acuerdo a lo sostenido por las Partes, la Notificación daría cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en las letras b) del artículo 47 del DL 211.

  2. Que del análisis de la Notificación y su Complemento es posible concluir que la Notificación se encuentra completa.

  3. Que, en razón de lo anterior, y sin perjuicio de los antecedentes y la información que la Fiscalía pueda requerir en el procedimiento de investigación, corresponde dictar resolución de inicio de investigación, conforme a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 50 del DL 211.

RESUELVO:

1.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN, relativa al Rol FNE F312-2022.

2.- COMUNÍQUESE A LAS PARTES la presente resolución por medio de correo electrónico en atención a lo dispuesto en el artículo 61 del DL 211.

Firmado digitalmente por Francisca Levin Visic Código validación: 255823151 Resolución N° 7 / 23-05-2022 El folio ha sido generado electrónicamente.

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3.- PUBLÍQUESE.

Por orden del Fiscal Nacional Económico,

Rol FNE F312-2022.

FRANCISCA LEVÍN VISIC JEFA DE DIVISIÓN DE FUSIONES LBV/RHR