Jurisprudencia

Resolución de inicio de investigación sobre adquisición de control en Equans S.A.S. por parte de Bouygues S.A.

Rol FNE F-301-2021
FNE

Santiago, 31 de enero de 2022

VISTOS:

  1. La presentación de fecha 27 de diciembre de 2021, correspondiente al ingreso correlativo N°18664-21 (“Notificación”), en virtud de la cual Bouygues S.A. (“Bouygues”), ENGIE S.A. (“ENGIE”) y ENGIE Energy Services International S.A. (“ENGIE ESI”, y en conjunto con Bouygues y ENGIE, “Partes”) notificaron a la Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía” o “FNE”) la operación de concentración consistente en la eventual adquisición de control por parte de Bouygues en Equans S.A.S. (“Equans”), de actual propiedad de ENGIE y ENGIE ESI (a todo, “Operación”).

  2. La resolución de fecha 10 de enero de 2022, por la que la Fiscalía declaró incompleta la Notificación.

  3. La presentación de fecha 21 de enero de 2022, correlativo de ingreso N°19176-22, en virtud de la cual las Partes solicitaron autorización especial para acompañar determinados documentos en idioma inglés, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento, según se define más adelante (“Solicitud”), y la presentación de las Partes de la misma fecha, correlativo de ingreso N°19177-22, por medio de la cual acompañan nuevos antecedentes con objeto de subsanar los errores y omisiones de la Notificación (“Complemento”).

  4. La resolución emitida por esta Fiscalía con esta misma fecha, que dio lugar de manera íntegra a la Solicitud (“Resolución de Exención”).

  5. Lo dispuesto en los artículos 47, 48 y 50 del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973, y sus modificaciones posteriores (“DL 211”).

  6. Lo establecido en el Decreto Supremo N°41 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Aprueba Reglamento de fecha 7 de mayo de 2021, sobre la Notificación de una Operación de Concentración, publicado en el Diario Oficial con fecha 2 de noviembre de 2021 (“Reglamento”).

CONSIDERANDO:

  1. Que, de acuerdo a lo indicado por las Partes, la Notificación daría cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en el artículo 47 letra b) del DL 211, al obtener Bouygues el control de Equans, adquiriendo influencia decisiva en su administración.

  2. Que, habiéndose analizado la Notificación y su Complemento, es posible concluir que, bajo los términos informados, los antecedentes se encuentran completos y en conformidad con lo requerido por el Reglamento.

  3. Que, en razón de lo anterior, y sin perjuicio de los demás antecedentes e información que durante el procedimiento de investigación pueda requerir la Fiscalía, corresponde dictar resolución de inicio de investigación, conforme a los términos del artículo 50 inciso tercero del DL 211.

RESUELVO:

1°.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN, relativa al Rol FNE F301-2021.

2°.- COMUNÍQUESE a las Partes la presente resolución en la forma prevista en el artículo 61 del DL 211.

3° .- PUBLÍQUESE.

Por orden del Fiscal Nacional Económico,

Rol FNE F301-2021

VICENTE LAGOS TORO JEFE DE DIVISIÓN DE FUSIONES (S)

FGV Vicente Antonio Lagos Toro Firmado digitalmente por Vicente Antonio Lagos Toro Fecha: 2022.01.31 17:58:51 -03'00'