Resolución de inicio de investigación por asociación entre Constructora y Edificadora GIA+A, S.A. de C.V., Infraestructura Social Concepción SpA y Eductrade Concesiones S.A.
Santiago, 5 de enero de 2022
VISTOS:
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La notificación de operación de concentración (“Notificación”), correspondiente al ingreso correlativo N°18616-21, de fecha 23 de diciembre de 2021, relativa a la eventual asociación entre Constructora y Edificadora GIA+A, S.A. de C.V. (“GIA”), Infraestructura Social Concepción SpA (“ISC”) y Eductrade Concesiones S.A. (“Eductrade Concesiones” y en conjunto con GIA e ISC, “Partes”) para la constitución de una sociedad concesionaria que será titular del contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada “Red Los Ríos – Los Lagos: Hospital de los Lagos, Hospital de la Unión, Hospital de Río Bueno y Hospital de Puerto Varas” (“Operación”).
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Lo dispuesto en los artículos 47, 48 y 50 del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973, y sus modificaciones posteriores (“DL 211”).
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Lo prescrito en el Decreto Supremo N°41 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Aprueba Reglamento de fecha 7 de mayo de 2021, sobre la Notificación de una Operación de Concentración, publicado en el Diario Oficial con fecha 2 de noviembre de
CONSIDERANDO:
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Que, de acuerdo a lo indicado por las Partes, la Notificación daría cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en el artículo 47 letra c) del DL 211, al conformarse, como resultado de la Operación, un agente económico, distinto de las Partes, que desempeñará plenas funciones de forma permanente en el mercado.
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Que, habiéndose analizado la Notificación, es posible concluir que la misma está completa.
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Que, en razón de lo anterior, y sin perjuicio de los demás antecedentes e información que durante el procedimiento de investigación pueda requerir la Fiscalía Nacional Económica, corresponde dictar resolución de inicio de investigación, conforme a los términos del artículo 50 inciso tercero del DL 211.
RESUELVO:
1°.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN, relativa al Rol FNE F300-2021.
2°.- COMUNÍQUESE a las Partes la presente resolución por medio de correo electrónico, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del DL 211.
3°.- PUBLÍQUESE.
Por orden del Fiscal Nacional Económico,
Rol FNE F300-2021. FRANCISCA LEVIN VISIC JEFA DE DIVISIÓN DE FUSIONES
Francisca Javiera Levín Visic Firmado digitalmente por Francisca Javiera Levín Visic Fecha: 2022.01.05 17:37:48 -03'00'