Resolución de inicio de investigación por adquisición de control en Cobra Servicios Comunicaciones y Energía, S.L.U. por parte de Vinci S.A.
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Santiago, 9 de diciembre de 2021
VISTOS:
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La presentación de fecha 27 de octubre de 2021, correspondiente al ingreso correlativo N°14589-21 (“Notificación”), en virtud de la cual Vinci S.A. (“VINCI”) y ACS Servicios Comunicaciones y Energía, S.A. (“ACS”, y en conjunto con VINCI, “Partes”) notificaron a la Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía” o “FNE”) la operación de concentración consistente en la eventual adquisición de control por parte de VINCI en Cobra Servicios Comunicaciones y Energía, S.L.U. (“Operación”).
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La resolución de fecha 10 de noviembre de 2021, por la que FNE accedió a la solicitud de exención de acompañar determinados antecedentes1 y la resolución de igual fecha, por la que la Fiscalía declaró incompleta la Notificación.
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La presentación de fecha 24 de noviembre de 2021, correlativo de ingreso N°17134- 21, en virtud de la cual las Partes solicitaron eximirse de presentar determinados antecedentes a la Notificación (“Solicitud”), y la presentación de igual fecha, ingreso correlativo N°17135-2021, a través del cual las Partes subsanaron los errores y omisiones de la Notificación (“Complemento”).
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La resolución emitida por esta Fiscalía con esta misma fecha, que dio lugar de manera íntegra a la Solicitud.
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Lo dispuesto en el artículo 50 inciso final del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973, y sus modificaciones posteriores (“DL 211”).
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Lo establecido en el Decreto Supremo N°33 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Aprueba Reglamento de fecha 1° de marzo de 2017, sobre la Notificación de una Operación de Concentración, publicado en el Diario Oficial el día 1° de junio de 2017.
CONSIDERANDO:
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Que, de acuerdo a lo sostenido por las Partes, la Operación es de aquellas contempladas en la letra b) del artículo 47 del DL 211.
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Que del análisis de la Notificación y su Complemento es posible concluir que la Notificación se encuentra completa.
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Que, en razón de lo anterior, y sin perjuicio de los antecedentes y la información que la Fiscalía pueda requerir en el procedimiento de investigación, corresponde dictar
1 Contenida en presentación de fecha 27 de octubre de 2021, ingreso correlativo N°14588-2021.
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resolución de inicio de investigación, conforme a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 50 del DL 211.
RESUELVO:
1.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN relativa al Rol FNE F294-2021.
2.- COMUNÍQUESE a las Partes la presente resolución por medio de correo electrónico, en atención a lo dispuesto en el artículo 61 del DL 211.
3.- PUBLÍQUESE.
Por orden del Fiscal Nacional Económico,
Rol FNE F294-2021.
VICENTE LAGOS TORO JEFE DE DIVISIÓN DE FUSIONES (S)
FIP Vicente Antonio Lagos Toro Firmado digitalmente por Vicente Antonio Lagos Toro Fecha: 2021.12.09 11:54:27 -03'00'