Jurisprudencia

Resolución de inicio sobre análisis de joint venture entre Archer-Daniels-Midland Company y NBM US Holdings, Inc., filial de Marfrig Global Foods S.A.

Rol FNE F-246-2020
FNE

Santiago, 18 de agosto 2020

VISTOS:

  1. La notificación de operación de concentración (“Notificación”), correspondiente al ingreso correlativo N°02774-20, de fecha 4 de agosto de 2020, relativa a la asociación entre Archer- Daniels-Midland Company (“ADM”) y Marfrig Global Foods S.A., a través de su filial de propiedad absoluta NBM US Holdings, Inc. (“Marfrig” y en conjunto con ADM, “Partes”), con la finalidad de conformar un agente económico denominado PlantPlus Food LLC.

  2. Lo dispuesto en los artículos 47, 48 y 50 del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973, y sus modificaciones posteriores (“DL 211”).

  3. Lo prescrito en el Decreto Supremo N°33 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Aprueba Reglamento de fecha 1° de marzo de 2017, sobre la Notificación de una Operación de Concentración, publicado en el Diario Oficial con fecha 1° de junio de 2017.

CONSIDERANDO:

  1. Que, de acuerdo a lo indicado por las Partes, la Notificación daría cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en el artículo 47 letra c) del DL 211, al asociarse ADM y Marfrig bajo la modalidad de joint venture para conformar un agente económico independiente y distinto de las Partes, que desempeñará sus funciones de forma permanente.

  2. Que, habiéndose analizado la Notificación, es posible concluir que la misma está completa.

  3. Que, en razón de lo anterior, y sin perjuicio de los demás antecedentes e información que durante el procedimiento de investigación pueda requerir la Fiscalía Nacional Económica, corresponde dictar resolución de inicio de investigación, conforme a los términos del artículo 50 inciso tercero del DL 211.

RESUELVO:

1°.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN, relativa al Rol FNE F246-2020.

2°.- NOTIFÍQUESE a las Partes la presente resolución por medio de correo electrónico, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del DL 211.

3°.- PUBLÍQUESE.

Por orden del Fiscal Nacional Económico,

Rol FNE F246-2020

FRANCISCA LEVÍN VISIC JEFA DE DIVISIÓN DE FUSIONES

FUK Francisca Javiera Levín Visic Firmado digitalmente por Francisca Javiera Levín Visic Fecha: 2020.08.18 14:01:20 -04'00'