Jurisprudencia

Resolución de aprobación correspondiente a la investigación por adquisición de control en Southern Cross Latin America Extension Fund IV, L.P. por parte de ICG Malta Partners L.P.

Rol FNE F-245-2020
FNE

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Santiago, 21 de octubre de 2020

VISTOS:

  1. Notificación 3 de agosto del año 2020, correspondiente al ingreso correlativo N° 02761-20, por la cual ICG Malta Partners ICG Malta y Southern SC GP y, junto Fiscalía eventual adquisición por parte de ICG Malta de una participación en la propiedad de Southern Cross Latin America Extension Fund IV, L.P. SPV Entidad Objeto ), administrada por SC GP Operación

  2. Las resoluciones que detectaron errores y omisiones de la Notificación y declararon su falta de completitud, de fecha 17 de agosto de 2020 y 8 de septiembre de 2020 Resoluciones de Incompletitud

  3. Los documentos de fecha 26 de agosto de 2020, correlativo de ingreso N°3016-20 y 21 de septiembre de 2020, correlativo de ingreso N°3364-20, por medio de los cuales las Partes complementaron la Notificación en relación con lo señalado en las Resoluciones de Incompletitud Complementos .

  4. La resolución de fecha 5 de octubre del año 2020 que dio inicio a la investigación bajo el Rol FNE F245-2020 Investigación

  5. El informe de fecha 21 de octubre Informe

  6. Lo dispuesto en los artículos 1, 2, 39 y en el Título IV del Decreto con Fuerza de Ley N° 1 del año 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211 del año 1973 y sus modificaciones DL 211

  7. Lo señalado en la Guía de Guía de Competencia

CONSIDERANDO:

  1. Que ICG Malta es una sociedad creada específicamente para ser titular de la participación de Int ICG de activos especializado que invierte en deuda privada, crédito y capital1. Por su parte, SC GP es una

1 Notificación, p.25. En igual sentido, información disponible en: https://www.icgam.com/ [última visita: 08.10.2020].

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sociedad limitada regulada por la Limited Partnership Act de Ontario cuya actividad consiste en la administración de la SPV. SC GP es una sociedad controlada en último término por Southern Cross Group.

  1. Que la Entidad Objeto es una sociedad limitada de Ontario, constituida para adquirir las participaciones que actualmente posee Southern Cross Latin America Privaty Equity Fund Fondo IV Sociedades Cartera y sus estatutos están LPA .

  2. Que, según se informa en la Notificación y anexos, la Operación consiste en la adquisición por parte de ICG Malta de aproximadamente de participación como limited partner2 en la SPV.

  3. Que las Partes señalan en la Notificación y sus Complementos que la Operación no correspondería a una operación de concentración, toda vez que la adquisición de participación por parte de ICG Malta, no obstante otorgarle ciertos derechos de veto, no le concedería la posibilidad de influir decisivamente sobre la Entidad Objeto.

  4. Que, en primer lugar, además de la administración de la SPV que ejercería SC GP, el LPA establece la existencia de un órgano societario denominado Advisory Commitee AC integrado por ICG Malta junto a otros limited partners, cuya aprobación es requerida para determinadas materias de la SPV3. En efecto, una de las facultades del AC es aprobar las denominadas Inversiones Adicionales que quiera realizar el SC GP4.

  5. Que el LPA establece que el AC adopta sus decisiones por mayoría de sus miembros, y que se requiere para ello el voto de ICG Malta. Por ende, para que se puedan realizar Inversiones Adicionales en las sociedades de la cartera de la SPV - que forman parte del giro social de la SPV5 - el SC GP debe contar necesariamente con el voto favorable de ICG Malta en el AC, quien tendría entonces la posibilidad de vetarlas.

  6. Que, a la luz de los antecedentes expuestos, esta Fiscalía analizó si el veto que adquiriría ICG Malta, en virtud de la Operación, respecto de la realización de Inversiones Adicionales en la SPV por parte de SC GP, podría otorgarle influencia decisiva en la Entidad Objeto.

2 De acuerdo a la sección 9 de la Limited Partnership Act de Ontario un socio cuya responsabilidad por las obligaciones de la sociedad está limitada a su participación. 3 Notificación, p.19. LPA de la SPV, p.66. 4 ón adicional en cualquier entidad (o sus afiliadas) Follow-on Investments means an additional investment in an entity (or its Affiliates) included in the Portfolio that is made after the Closing Date p.10. 5 LPA de la SPV p.23. Adicionalmente, el LPA también establece la creación de un comité de inversiones para asesorar a la SPV sobre oportunidades inversiones e Inversiones Adicionales (LPA de la SPV, p.9) y se incluyen dentro de los costos de administración el de las Inversiones Adicionales (LPA de la SPV, p.63).