Resolución de inicio por adquisición de control sobre activos de Corpgroup Inversiones Limitada, por parte de Patio Comercial SpA y Fondo de Inversión LV Patio Renta Inmobiliaria
1 Santiago, 11 de junio de 2020. VISTOS: 1. El documento de fecha 28 de mayo de 2020, ingreso correlativo N° 01980-20 (“Notificación”), por el que se notifica a la Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía”) una operación de concentración (“Operación”), en virtud de la cual Patio Comercial SpA (“Patio”) y Fondo de Inversión LV Patio Renta Inmobiliaria I1 (“LV”) adquirirían ciertos activos y derechos de propiedad de diversas entidades del grupo empresarial de Corpgroup Inversiones Limitada2 (“Corpgroup”, y con Patio y LV, “Partes”). 2. La presentación de esa misma fecha, correlativo ingreso N° 01979-20, en virtud de la cual las Partes solicitaron la exención de acompañar determinados antecedentes en relación a la Notificación, y la resolución dictada por esta Fiscalía con esta misma fecha, que acoge dicha solicitud (“Resolución de Exención”). 3. Lo dispuesto en los artículos 47, 48 y 50 del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973, y sus modificaciones posteriores (“DL 211”). 4. Lo establecido en el Decreto Supremo N°33 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Aprueba el Reglamento de fecha 1° de marzo de 2017 sobre la Notificación de una Operación de Concentración, publicado en el Diario Oficial con fecha 1° de junio de 2017 (“Reglamento”). CONSIDERANDO: 1. Que la Operación consiste en la eventual adquisición, por parte de LV y Patio, directa o indirectamente, de una serie de inmuebles destinados al arriendo y subarriendo de oficinas, y a la operación de un hotel, ubicados en el sector oriente de la ciudad de Santiago, en la Región Metropolitana. Lo anterior se materializaría mediante la venta de uno de dichos inmuebles3, y la adquisición de influencia decisiva sobre tres sociedades anónimas, que son dueñas o tienen títulos de mera tenencia sobre los otros inmuebles4: Administradora e Inmobiliaria Edificios S.A.5, HPV S.A.6, y la sociedad que nazca producto de la división de esta última7. Lo anterior, puesto que HPV S.A. será adquirida únicamente por Patio mientras que la nueva entidad resultante de su división, y los otros derechos y activos, serán adquiridos por Patio y LV. 2. Que el análisis de los documentos acompañados por las Partes en la Notificación y el alcance de la Resolución de Exención, permite concluir que la Notificación está completa, en los términos exigidos por el Reglamento. 3. Que en razón de lo anterior, y sin perjuicio de los demás antecedentes e información que durante el procedimiento de investigación pueda requerir esta Fiscalía, 1 Administrado por Larraín Vial Activos S.A. Administradora General de Fondos. 2 En particular, Hotel Corporation of Chile S.A., VivoCorp S.A., Inmobiliaria Puente Limitada, Inversiones HH S.A. y la misma Corpgroup Inversiones Limitada. 3 El Edificio Vista 360°, ubicado en Avenida Alonso de Córdova 4580, Las Condes, Región Metropolitana. 4 A través de contratos de arrendamiento con opción de compra (leasing). 5 Que tiene derechos sobre el edificio ubicado en Rosario Norte N°660, Las Condes, denominado Edificio Corpgroup. 6 HPV S.A. tiene derechos sobre el edificio ubicado en Américo Vespucio Norte 1561, Vitacura, denominado Edificio Vivo Corp, y el ubicado en Américo Vespucio Norte 1597, denominado Hyatt Place Santiago Vitacura, destinado a un hotel. 7 HPV S.A. se quedará con el edificio Vivo Corp y la compañía que resulte de la división con el hotel Hyatt Place Santiago Vitacura.
2
corresponde dictar resolución de inicio, conforme al artículo 50 inciso tercero del DL 211.
RESUELVO:
1°.- INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN relativa al Rol FNE F239-2020.
2°.- NOTIFÍQUESE a las Partes la presente resolución por medio de correo electrónico, conforme lo dispone el artículo 61 del DL 211.
3°.- PUBLÍQUESE.
Por orden del Fiscal Nacional Económico,
Rol FNE F239-2020.
FRANCISCA LEVIN VISIC JEFA DE DIVISIÓN DE FUSIONES LLS
Francisca Javiera Levín Visic Firmado digitalmente por Francisca Javiera Levín Visic Fecha: 2020.06.11 10:26:37 -04'00'