Jurisprudencia

Resolución de inicio de análisis sobre adquisición de control de Sembcorp Utilities (Chile) S.A. por parte de Sacyr Agua SL.

Rol FNE F-236-2020
FNE

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Santiago, 7 de abril de 2020.

VISTOS:

1) La notificación de la operación de concentración (“Notificación”) presentada a esta Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía”) con fecha 24 de marzo de 2020, correspondiente al ingreso correlativo N° 01330-20, relativa a la eventual adquisición, por parte de Sacyr Agua S.L. y Valoriza Chile SpA (“Sacyr”), de todas las acciones emitidas por la sociedad holding Sembcorp Utilities (Chile) S.A. (“Sembcorp Utilities”) y de determinadas participaciones minoritarias en las sociedades filiales de ésta, de actual propiedad de Sembcorp Utilities (Netherlands) N.V., Sembcorp Holdings Limited y Sembcorp Utilities Services Limited (“Sembcorp”, en conjunto con Sacyr, las "Partes") (a todo, "Operación").

2) Lo dispuesto en los artículos 47, 48 y 50 del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211 de 1973 y sus modificaciones posteriores (“DL 211”).

3) Lo establecido en el Decreto Supremo N° 33 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Aprueba el Reglamento de fecha 1° de marzo de 2017, sobre la Notificación de una Operación de Concentración, publicado en el Diario Oficial el día 1° de junio de 2017 (“Reglamento”).

CONSIDERANDO:

  1. Que, de acuerdo a lo indicado por las Partes, la Notificación daría cuenta de una operación de concentración de aquellas contempladas en el artículo 47 letra b) del DL 211, dado que supone la adquisición de todas las acciones de Sembcorp Utilities y de determinadas participaciones minoritarias en ciertas sociedades filiales de ésta, por parte de Sacyr, que le permitirían influir decisivamente en la administración de Sembcorp Utilities, e indirectamente, en las sociedades filiales Sembcorp Aguas Chacabuco S.A., Sembcorp Aguas del Norte S.A., Sembcorp Aguas Lampa S.A., Sembcorp Aguas Santiago S.A., Sembcorp Libardon S.A. y Sembcorp Sercon S.A.

  2. Que, del análisis de la Notificación, es posible concluir que la misma está completa.

  3. Que, en razón de lo anterior, y sin perjuicio de los demás antecedentes que durante la investigación pueda requerir esta Fiscalía, corresponde dictar resolución de inicio de la investigación, conforme los términos del artículo 50 inciso tercero del DL 211.

RESUELVO:

  1. INSTRÚYASE INVESTIGACIÓN relativa al Rol FNE F236-2020.

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  1. NOTIFÍQUESE a las Partes la presente resolución por medio de correo electrónico, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del DL 211.

  2. PUBLÍQUESE.

Por orden del Fiscal Nacional Económico,

Rol FNE F236-2020.

FRANCISCA LEVIN VISIC JEFA DE DIVISIÓN DE FUSIONES FIP

Francisca Javiera Levín Visic Firmado digitalmente por Francisca Javiera Levín Visic Fecha: 2020.04.07 10:29:32 -04'00'