Jurisprudencia

Resolución exenta que declara confidenciales piezas del expediente Rol FNE 216-19

Rol FNE F-216-2019
FNE

FISCALIA NACIONAL ECONOMICA DECLARA CONFIDENCIALES PIEZAS DEL EXPEDIENTE ROL FNE F216-2019 QUE INDIVIDUALIZA RESOLUCIÓN EXENTA N° O 0

SANTIAGO, 1 8 FEB 2020 VISTOS: 1. Lo dispuesto en los artículos 1, 5 y 7 de la ley N° 20.285 Sobre Acceso a la Información Pública ("Ley de Transparencia"). 2. Lo dispuesto en el literal a) inciso tercero del artículo 39, literal c) del artículo 54 e inciso tercero del artículo 55 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1 del año 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211 y sus modificaciones posteriores ("DL 211"). 3. La investigación de la Fiscalía Nacional Económica ("Fiscalía") Rol FNE F216-2019, iniciada con fecha 25 de noviembre del año 2019, caratulada "Adquisición de activos de Inmobiliaria y Administradora CGL Limitada por parte de Compañía de Petróleos de Chile COPEC S.A.", Rol FNE F216-2019 (la "Investigación"). 4. La resolución de fecha 8 de enero del año 2020 que extiende la Investigación hasta por un término de noventa días adicionales de conformidad a lo dispuesto en el literal c) inciso primero del artículo 54 del DL 211. 5. La resolución exenta N° 615 de fecha 29 de septiembre del año 2017 de la Fiscalía por la que se delega al Jefe de la División de Fusiones la facultad de firmar las resoluciones exentas que dispongan la reserva o confidencialidad de piezas de los expedientes de la Investigación. CONSIDERANDO: 1. Que el literal c) del artículo 54 permite al Fiscal Nacional Económico extender la investigación hasta por un máximo de noventa días adicionales cuando estime que la operación notificada puede reducir sustancialmente la competencia de perfeccionarse en forma pura y simple o sujeta a las medidas ofrecidas por el notificante. 2. Que, a su vez, el inciso tercero del artículo 55 del DL 211 señala que el expediente será público a partir de la publicación de la resolución que extiende la investigación para que las autoridades directamente concernidas y los agentes económicos que puedan tener interés en la operación, así como cualquier tercero interesado, proveedor, competidor, cliente o consumidor, pueda aportar antecedentes a la investigación. 3. Que, sin perjuicio de lo anterior, el literal a) del artículo 39 del DL 211 señala que serán atribuciones y deberes del Fiscal Nacional Económico, entre otras, la de disponer que ciertas piezas del expediente sean reservadas o confidenciales siempre que tengan por objeto proteger la identidad de quienes hayan efectuado declaraciones o aportado Huérfanos N'670. Pisos 8, 9 y 10. Santiago de Chile Tel. 53 2) 27 53:7• 1330 www.fne.gob.c1

FISCALIA NACIONAL ECONOMICA antecedentes en conformidad al artículo 39 bis, que contengan fórmulas, estrategias o secretos comerciales o cualquier otro elemento cuya revelación pueda afectar significativamente el desenvolvimiento competitivo de su titular o resguardar la eficacia de investigaciones de la Fiscalía. 4. Que, atendido lo anterior, resulta necesario declarar la confidencialidad de las partes censuradas de cada una de las siguientes piezas del expediente de la Investigación Rol FNE F216-2019: 1. Documento que consta a fojas 285. 2. Documento que consta a fojas 308. 3. Documento que consta a fojas 310-315. 4. Documento que consta a fojas 319. 5, Documento que consta a fojas 321-323. 6. Disco compacto que consta a fojas 324. 7. Documento que consta a fojas 325. 8. Documento que consta a fojas 326-347, 9. Documento que consta a fojas 349-350. 10. Disco compacto que consta a fojas 351. 11. Documento que consta a fojas 352-353. 12. Documento que consta a fojas 354-355. 13. Documento que consta a fojas 356-357. 14. Documento que consta a fojas 358-359. 15. Documento que consta a fojas 360. 16. Disco compacto que consta a fojas 361. 5. Que, atendido lo expuesto, RESUELVO: 1° DECLÁRENSE CONFIDENCIALES las partes censuradas de las piezas individualizadas en el considerando tercero de la presente resolución, correspondiente al expediente de la Investigación Rol FNE F216-2019. 2° PUBLÍQUESE la presente resolución exenta en el sitio electrónico de Gobierno Transparente de la Fiscalía Nacional Económica una vez que se encuentre totalmente tramitada, dando cumplimiento de lo dispuesto en el literal g) del artículo 7 sobre la Ley de Transparencia. ANÓTESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE. Rol FNE F216-2019. Por orden del Fiscal Nacional Económico, N VISIC FUSIONES Huérfanos 1\1"670. Pisos 8, 9 y 10. Santiago de Chile Tel. f56 21 27 535 600 www.fne.gob.c1