Normativa CMF

CIR N° 997 de 1991

AUTORIZA TRANSACCION DE MONEDA EXTRANJERA COMO ACTIVIDAD COMPLEMENTARIA A LOS AGENTES DE VALORES (AV)

CIRCULAR Nº 997 FECHA: 19.02.1991 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS 1 REF.: AUTORIZA TRANSACCION DE MONEDA EXTRANJERA COMO ACTIVIDAD COMPLEMENTARIA A LOS AGENTES DE VALORES. Para todos los agentes de valores Esta Superintendencia en uso de las facultades que le confiere el D.L. N° 3.538, de 1980 y el artículo 27 de la Ley N° 18.045, autoriza a los agentes de valores para que realicen transacciones de compra y venta de moneda extranjera, conforme a la Ley N° 18.840, Orgánica Constitucional del Banco Central de Chile y del Compendio de Normas de Cambios Internacionales, contenido en el Acuerdo N° 20-01-900410, del Banco Central de Chile, publicado en el Diario Oficial de 12 de abril de 1990. Las transacciones que se autorizan a través de esta Circular, sólo podrán referirse a monedas físicas, sea papel moneda o monedas acuñadas por países extranjeros, no pudiendo transarse travellers checks o cheques de cuentas corrientes expresadas en moneda extranjera. Para los efectos de liquidación de dichas operaciones, éstas podrán ser realizadas con billetes o mediante cheque girado por la oficina o por un banco nacional o extranjero, pagadero en la plaza de Santiago. Las operaciones en dólares de los Estados Unidos de América también podrán ser liquidadas en la forma de cheque bancario emitido por un banco en la plaza de Santiago de Chile, pagadero en la plaza de Nueva York. La presente circular entra en vigencia a contar de esta fecha. SUPERINTENDENTE