CIR N° 1615 de 2002
CIRCULAR Nº1615 FECHA: 12.07.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 1 REF.: PROCEDIMIENTO DE DISTRIBUCION ELECTRONICO DE LAS NORMAS DICTADAS POR LA SUPERINTENDENCIA. A todas las entidades fiscalizadas Esta Superintendencia en uso de sus facultades legales, ha determinado que a contar del 16 de septiembre de 2002 la distribución de las normas de carácter general, circulares y oficios circulares que dicte se efectuará en forma electrónica. Para ello remitirá, vía correo electrónico, a las entidades que les sea aplicable la normativa emitida, un aviso mediante el cual se les comunicará este hecho y el vínculo necesario para su consulta e impresión desde el sitio web www.svs.cl que mantiene este Organismo. La Superintendencia de Valores y Seguros, mantiene en su sitio web www.svs.cl, a disposición de los fiscalizados y público en general, todas las normas de carácter general, circulares y oficios circulares dictadas por este Servicio desde el año 1998 en adelante. Las aplicaciones desarrolladas en el sitio web institucional, permiten que esta información, pueda ser consultada e impresa al momento de ser emitida. En virtud de lo expuesto en los párrafos precedentes, a contar del 12 de agosto de 2002 cada entidad fiscalizada deberá inscribir en esta Superintendencia, mediante la opción "Distribución de Normativa" disponible en el sitio web institucional, el correo electrónico del Gerente General y de la persona o personas que éste designe a los cuales se remitirán las correspondientes notificaciones. Para suscribir los correo mencionados, deberá hacer uso de una clave de acceso que la SVS le hará llegar mediante carta a su domicilio registrado en este Organismo. Será responsabilidad de las entidades fiscalizadas mantener actualizadas las direcciones de correo electrónico de las personas a quienes deben ir dirigidas las notificaciones mencionadas en la presente Circular, utilizando para ello el procedimiento descrito en la opción "lista de correo" del sitio web institucional e informarse respecto de la nueva normativa que dicte la Superintendencia de Valores y Seguros. La presente circular rige a contar de esta fecha. SUPERINTENDENTE