Normativa CMF

CIR N° 1602 de 2002

IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE FORMA Y CONTENIDO DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE LAS SOCIEDADES DE CORRETAJE DE SEGUROS Y SU ENVIO A TRAVES DEL SISTEMA DE ENVIO DE INFORMACION EN LINEA (SEIL)

CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 REF.: IMPARTE NORMAS SOBRE FORMA Y CONTENIDO DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE CORREDORES DE SEGUROS QUE NO SEAN PERSONAS NATURALES Y SU ENVIO A TRAVES DEL SEIL (SISTEMA DE ENVIO DE INFORMACION EN LINEA) Para los corredores de seguros que no sean personas naturales. I INTRODUCCION. Esta Superintendencia, en uso de sus facultades legales, especialmente lo dispuesto en el artículo 4º letra e) del D.L. 3538, de 1980, ha resuelto impartir normas acerca de la forma y contenido de los estados financieros que deben enviar a esta Superintendencia los corredores de seguros que no sean personas naturales, inscritos en el Registro de Auxiliares del Comercio de Seguros como corredor de seguros generales y vida, y aquellas inscritas como corredor de seguros que además se encuentren inscritas en el Registro de Asesores Previsionales, como entidad de asesoría previsional. II NORMAS RELATIVAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS . Los estados financieros deberán prepararse de acuerdo a los principios y normas contables generalmente aceptados emitidos por el Colegio de Contadores de Chile A.G., siempre que no se contradigan con las normas dictadas por esta Superintendencia, en cuyo caso primarán éstas últimas sobre aquellas. Las normas de presentación de los estados financieros, son necesariamente de carácter general, y por lo tanto, en el evento de existir dudas acerca de su aplicación a situaciones específicas, éstas deberán consultarse oportunamente a este Organismo Fiscalizador. No deberá agregarse rubros al formato establecido a través de esta circular y en caso de existir dudas respecto de la clasificación de las cuentas, éstas también deberán ser consultadas a esta Superintendencia, con la debida anticipación a la presentación de los estados financieros. Las cifras de los estados financieros y de sus notas explicativas deberán ser expresadas en unidades de miles de pesos. Los estados financieros serán acumulativos, iniciándose el período el 1° de enero de cada año y estarán referidos al 30 de junio de cada año, salvo en el caso de las corredoras de seguros filiales bancarias, en que estarán referidos a las siguientes fechas de cierre: 31 de marzo, 30 de junio y 30 de septiembre. Deberán presentarse a esta Superintendencia, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de cierre del estado financiero respectivo, o al día hábil siguiente si éste no fuera hábil, en la forma siguiente: Presentación trimestral 1. Las corredoras de seguros que sean filiales bancarias deberán remitir trimestralmente a esta Superintendencia, estados financieros conforme a los presentados a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, y en el formato siguiente: Ficha Estadística Codificada Uniforme (FECU) Balance General Estado de resultados Cuadros técnicos y estadísticos Notas a los estados financieros Presentación semestral 2. Las corredoras de seguros relacionadas a un banco, sociedad financiera o casa comercial que utilicen o no dependencias de estas entidades, cualquiera sea su producción, y aquellas corredoras que hayan registrado en el año calendario anterior una producción igual o superior a UF 250.000.- o comisiones percibidas iguales o superiores a UF 25.000.-, deberán remitir semestralmente a esta Superintendencia, los estados financieros en el formato siguiente: SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 1 CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 Ficha Estadística Codificada Uniforme (FECU) Balance General Estado de resultados Cuadros técnicos y estadísticos Notas a los estados financieros En el caso de las sociedades corredoras que registren menos de 1 año de operación, dicha obligación será aplicable desde el momento que registren la producción o comisiones antes señaladas. Presentación anual 3. Las sociedades referidas en el N° 1 precedente, deberán remitir anualmente a este Servicio, estados financieros anuales auditados referidos al 31 de diciembre conforme a los presentados a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, dentro de los 60 días siguientes a la fecha de cierre, o al día hábil siguiente si éste no fuere hábil, y en el formato siguiente: Ficha Estadística Codificada Uniforme (FECU) Balance General Estado de resultados Cuadros técnicos y estadísticos Notas a los estados financieros Informe de auditores externos 4. Las sociedades referidas en el N° 2 precedente deberán remitir a esta Superintendencia los estados financieros anuales referidos al 31 de diciembre, dentro de los 60 días siguientes a la fecha de cierre, o al día hábil siguiente si éste no fuere hábil, en el formato siguiente: Ficha Estadística Codificada Uniforme (FECU) Balance General Estado de resultados Cuadros técnicos y estadísticos Notas a los estados financieros 5. Las sociedades corredoras de seguros que no reúnan las condiciones referidas en los N°s. 1 y 2 precedentes, sólo estarán obligadas a presentar anualmente a esta Superintendencia, dentro del plazo de 60 días contado desde el 31 de diciembre de cada año o al día hábil siguiente si éste no fuere hábil, la información siguiente: Carátula Ficha Estadística Codificada Uniforme (1ª página Anexo N° 1) Cuadros técnicos y estadísticos No obstante lo anterior, podrán voluntariamente sujetarse a las exigencias previstas para las sociedades referidas en los números 1) y 2) precedentes, presentando la información a ellas requerida en la forma y oportunidades que corresponda. III ENVIO DE LA INFORMACION POR EL SISTEMA DE ENVIO DE INFORMACION EN LINEA (SEIL) Las sociedades corredoras de seguros obligadas a la presentación de estados financieros, de acuerdo a las normas de la presente circular, deberán remitirlos a esta Superintendencia, mediante el sistema SEIL habilitado en el sitio web (www.svs.cl), de acuerdo al procedimiento allí establecido El envío de información a través del módulo SEIL se encuentra regulado por la Norma de Carácter General Nº117, de 20 de abril de 2001, de esta Superintendencia, debiendo ser utilizado dicho procedimiento igualmente para los efectos de esta Circular. El registro de los datos quedará supeditado a la validación de ellos que se practicará en el instante de su ingreso al formulario electrónico y las plantillas WORD, diseñados para ese efecto. Si el envío es aceptado, la sociedad corredora recibirá un mensaje por pantalla y un mail certificando SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 2 CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 su recepción. Si el envío no es aceptado, la compañía recibirá por pantalla un mensaje de error. Sólo podrán utilizar este sistema de envío las sociedades corredoras de seguros que cuenten con usuario registrado en la SVS, debidamente autorizado por el Representante Legal de la sociedad a la cual pertenece. Sobre este particular, se deberá tener presente lo siguiente: Todas las sociedades corredoras de seguros deberán registrar un usuario en la SVS para el envío de la información solicitada por la presente Circular. Las sociedades deben obtener su código de usuario, utilizando la opción “Obtención de Código de usuario- Clave Secreta” disponible en la página SEIL del sitio web. Será responsabilidad de la entidad corredora cuidar y resguardar debidamente su(s) Código(s) de Usuario y en especial la Clave Secreta que éste tiene. Para que el usuario respectivo sea activado, el Representante Legal de la entidad deberá completar, firmar y enviar a esta Superintendencia el documento de autorización de habilitación de usuarios correspondiente, por cada usuario que éste habilite, el que se encuentra disponible en la página en cuestión, según lo establecido en la Norma de Carácter General Nº 117. La casilla de correo electrónico, de cada usuario, debe estar creada antes de que se solicite sea incorporado al sistema. IV. ANEXOS: Se adjunta los siguientes anexos: Anexo Nº 1 Formato FECU Anexo Nº 2 Descripción del contenido de los datos a informar en la FECU Anexo Nº 3 Notas a los estados financieros Anexo Nº 4 Cuadros Técnicos Estadísticos: 4.01. Intermediación por compañía de seguros 4.02. Intermediación por Ramos V. REGISTROS CONTABLES. Los saldos informados en los estados financieros presentados a esta Superintendencia deberán concordar con los registros contables de la sociedad. Los registros contables a su vez, deberán ser mantenidos de acuerdo a las disposiciones legales vigentes permanentemente actualizados, esto es, no podrán tener atraso superior a veinte días. V VIGENCIA. La aplicación de las normas y disposiciones contenidas en la presente circular comenzará a regir a partir de los estados financieros que cierran al 30 de junio de 2002. VI NORMAS TRANSITORIAS 1.- Las notas a los estados financieros serán exigibles a contar de los que cierran al 31 de diciembre de 2002. 2.- Los estados financieros semestrales correspondientes al 30 de junio de 2002 podrán presentarse hasta el 30 de Septiembre de 2002; VII APLICABILIDAD CIRCULAR Nº 1271, DE 1996. SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 3 CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 A partir de la entrada en vigencia de esta Circular conforme al número precedente, a las sociedades corredoras de seguros no les serán aplicables las disposiciones de la Circular Nº1271, de 16 de febrero de 1996. SUPERINTENDENTE SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 4 CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 ANEXO Nº 1 FECU (Ficha Estadística Codificada Uniforme) 1.01.04.10 R.U.T. (Número y dígito verificador) 1.00.01.10 Fecha de inicio 1.00.01.20 Fecha de cierre 1.00.01.30 Auditores externos 1.00.01.40 Número de trabajadores SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 5 CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 2.01 BALANCE GENERAL Día Mes Año ACTIVOS AL (FECHA CIERRE) MONTO 2.11.00.00 INVERSIONES 2.11.10.00 Inversiones Financieras 2.11.11.00 Disponible 2.11.12.00 Depósitos a plazo 2.11.13.00 Valores negociables (neto) 2.11.20.00 Inversiones Inmobiliarias y similares 2.11.21.00 Muebles y equipos (neto) 2.11.22.00 Otros Activos Fijos (neto) 2.12.00.00 DEUDORES POR GESTION DE ASESORIA Y CORRETAJE DE SEGUROS 2.12.00.10 POR ASESORIA PREVISIONAL 2.12.10.00 Comisiones por Intermediación RV por cobrar 2.12.11.00 Compañías de seguros relacionadas 2.12.12.00 Compañías de seguros no relacionadas 2.12.20.00 Honorarios por Retiro Programado por cobrar 2.12.21.00 Honorarios AFP relacionadas 2.12.22.00 Honorarios AFP no relacionadas 2.12.30.00 Honorarios por asesorías por cobrar 2.12.00.20 POR CORRETAJE DE SEGUROS NO PREVISIONALES 2.12.40.00 Comisiones de Intermediación por cobrar 2.12.41.00 Compañías de seguros relacionadas 2.12.42.00 Compañías de seguros no relacionadas 2.12.50.00 Premios y asignaciones por cobrar 2.12.51.00 Compañías de seguros relacionadas 2.12.52.00 Compañías de seguros no relacionadas 2.13.00.00 TOTAL OTROS ACTIVOS 2.13.10.00 Documentos y cuentas por cobrar a empresas relacionadas 2.13.20.00 Documentos por cobrar (neto) 2.13.30.00 Deudores varios (neto) 2.13.40.00 Otras asesorías por cobrar 2.13.50.00 Intangibles 2.13.60.00 Gastos anticipados 2.13.70.00 Impuestos 2.13.71.00 Impuestos por recuperar 2.13.72.00 Impuestos diferidos 2.13.80.00 Otros 2.10.00.00 TOTAL ACTIVOS SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 6 CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 2.01 BALANCE GENERAL Día Mes Año PASIVOS AL (FECHA CIERRE) MONTO 2.21.00.00 OBLIGACIONES POR GESTION PREVISIONAL Y CORRETAJE DE SEGUROS 2.21.00.10 POR ASESORIA PREVISIONAL 2.21.10.00 Honorarios por Asesoría percibidos por adelantado 2.21.00.20 POR CORRETAJE DE SEGUROS NO PREVISIONALES 2.21.20.00 Comisiones de Intermediación percibidas por adelantado 2.21.21.00 Compañías de seguros relacionadas 2.21.22.00 Compañías de seguros no relacionadas 2.21.30.00 Primas recaudadas por cuenta de compañías de seguros 2.21.31.00 Compañías de seguros relacionadas 2.21.32.00 Compañías de seguros no relacionadas 2.22.00.00 OTROS PASIVOS 2.22.10.00 Obligaciones con bancos e instituciones financieras 2.22.20.00 Documentos y cuentas por pagar a empresas relacionadas 2.22.30.00 Documentos por pagar 2.22.40.00 Acreedores varios 2.22.50.00 Provisiones 2.22.60.00 Ingresos percibidos por adelantado 2.22.70.00 Deudas previsionales 2.22.80.00 Deudas con el fisco 2.22.81.00 Retenciones 2.22.82.00 Impuesto a la renta 2.22.83.00 Impuestos diferidos 2.22.84.00 IVA 2.22.90.00 Otros 2.23.00.00 TOTAL PATRIMONIO 2.23.10.00 Capital pagado 2.23.20.00 Reserva revalorización capital propio 2.23.30.00 Otras reservas 2.23.40.00 Utilidades (Pérdidas) retenidas 2.23.41.00 Utilidades acumuladas 2.23.42.00 Pérdidas acumuladas (menos) 2.23.43.00 Dividendos provisorios 2.23.44.00 Utilidad (pérdida) del Ejercicio 2.20.00.00 TOTAL PASIVOS SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 7 CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 2.02 ESTADO DE RESULTADOS Día Mes Año Día Mes Año ENTRE EL (FECHA INICIO) Y EL (FECHA CIERRE) MONTO 2.41.00.00 RESULTADO OPERACIONAL 2.41.10.00 MARGEN DE EXPLOTACION 2.41.11.00 Ingresos de explotación 2.41.11.10 Comisiones por Rentas Vitalicias 2.41.11.11 Comisiones compañías de seguros relacionadas 2.41.11.12 Comisiones compañías de seguros no relacionadas 2.41.11.20 Honorarios por Retiro Programado 2.41.11.21 Honorarios AFP relacionadas 2.41.11.22 Honorarios AFP no relacionadas 2.41.11.30 Honorarios por Gestión Pensión 2.41.11.40 Honorarios por Gestión Vida Activa 2.41.11.50 Comisiones por Intermediación de seguros no previsionales 2.41.11.51 Comisiones compañías de seguros relacionadas 2.41.11.52 Comisiones compañías de seguros no relacionadas 2.41.11.60 Premios y asignaciones especiales por intermed. de Seguros 2.41.11.61 Premios y asign. especiales cía. seguros relacionadas 2.41.11.62 Premios y asign. especiales cía. seguros no relacionadas 2.41.12.00 Costos operacionales 2.41.20.00 GASTOS DE ADMINISTRACION (MENOS) 2.42.00.00 RESULTADO NO OPERACIONAL 2.42.10.00 INGRESOS 2.42.11.00 Ingresos financieros 2.42.12.00 Otros ingresos 2.42.13.00 Otras asesorías no previsionales 2.42.20.00 EGRESOS 2.42.21.00 Gastos financieros 2.42.22.00 Gastos por servicios de terceros 2.42.22.10 Bancos 2.42.22.20 Terceros 2.42.23.00 Otros Egresos 2.43.00.00 CORRECCION MONETARIA 2.44.00.00 DIFERENCIA DE CAMBIO 2.45.00.00 RESULTADO ANTES DE IMPUESTO A LA RENTA 2.46.00.00 IMPUESTO A LA RENTA 2.40.00.00 UTILIDAD (PERDIDA) DEL EJERCICIO SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 8 CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 ANEXO Nº 2 DESCRIPCION DE CODIGOS CONTENIDO DE LA FICHA ESTADISTICA CODIFICADA UNIFORME (FECU) 1. IDENTIFICACION. 1.01.04.10 R.U.T. (Número y dígito verificador) 1.00.01.10 Fecha de Inicio Fecha de inicio del período que se está informando. 1.00.01.20 Fecha de Cierre Fecha de cierre del período que se está informando. 1.00.01.30 Auditores externos Indicar el nombre de la empresa de auditores externos que a la fecha de los estados financieros tenga mandato vigente para efectuar la auditoría de la sociedad. 1.00.01.40 Número de trabajadores Indicar el número de trabajadores que tenga la sociedad. 2. ESTADOS FINANCIEROS. Los estados financieros comprenden dos informes separados, a saber: 2.01 Balance General 2.02 Estado de Resultados Adicionalmente se incluirán notas explicativas a los estados financieros, las que formarán parte integral de ellos. La presentación de estos estados financieros deberá hacerse de acuerdo a lo siguiente: 2.01 BALANCE GENERAL ACTIVOS 2.11.00.00 INVERSIONES Este rubro está estructurado por la totalidad de las inversiones de la entidad formando al mismo tiempo parte de éste, aquellas que se encuentran afectas a gravámenes, prohibiciones u otros contratos que impidan su libre cesión o transferencia. De existir restricciones en cualquiera de las sub cuentas, deberán ser clasificados bajo el rubro "Otros activos" en la cuenta Otros (código 2.13.80.00) y revelarse su condición en notas a los estados financieros. Se obtiene de la suma de las cuentas 2.11.10.00 y 2.11.20.00. SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 9 CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 2.11.10.00 Inversiones Financieras Corresponde a aquellas inversiones efectuadas principalmente en títulos de renta fija. Se obtiene de la suma de las cuentas 2.11.11.00, 2.11.12.00 y 2.11.13.00. 2.11.11.00 Disponible Está constituido por aquellos fondos mantenidos en cuentas corrientes bancarias nacionales y extranjeras y en la caja de la entidad. 2.11.12.00 Depósitos a plazo Fondos depositados en bancos e instituciones financieras. Los saldos mantenidos en depósitos a plazo, para compensación de préstamos de corto plazo, o partidas similares, deben incluirse en "Otros activos" en la cuenta Otros (código 2.13.80.00) y revelarse en notas a los estados financieros. Las entidades deberán revelar el detalle sólo si el monto a incluir excede del 30% del total de las inversiones Financieras (código 2.11.10.00) 2.11.13.00 Valores negociables (neto) En este rubro debe incluirse las inversiones en acciones o participaciones en otras sociedades, siempre que la inversión sea imprescindible para el desarrollo de su giro y además no exceda en momento alguno del 5% del capital pagado de la sociedad en que se efectúe dicha inversión, pagarés, bonos, cuotas de fondos mutuos u otros títulos de oferta pública, que representen la inversión de fondos disponibles para las operaciones corrientes de la entidad, de acuerdo a lo dispuesto sobre el particular en la Circular Nº 1697, de 2003, o la que la reemplace, netas de provisiones por pérdidas de valor. Las entidades deberán revelar el detalle sólo si el saldo de la cuenta excede del 30% del total de las inversiones financieras (código 2.11.10.00). Adicionalmente, en caso de inversiones en acciones, deberán completar la nota correspondiente. 2.11.20.00 Inversiones Inmobiliarias y similares Incluye inversiones efectuadas en bienes raíces adquiridos con la intención de obtener una renta, como también para ser utilizados conjuntamente con otros bienes en el giro. Deberán presentarse netos de la depreciación acumulada. 2.11.21.00 Muebles y equipos (neto) Se clasificará en este rubro todos los activos fijos que representen el equipamiento básico para el desarrollo de la actividad. Incluirá equipos computacionales, muebles y útiles, etc. Deberán presentarse netos de la depreciación acumulada. 2.11.22.00 Otros Activos Fijos (neto) Todos aquellos activos fijos que no puedan ser clasificados en alguna de las definiciones anteriores, deberán incorporarse bajo este rubro. Deberán presentarse en esta cuenta, además, aquellos activos fijos adquiridos mediante la suscripción de un contrato de leasing. SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 10 CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 Si el monto de esta cuenta excede del 30% del código 2.11.20.00 (Inversiones inmobiliarias y similares), se deberá revelar en nota explicativa el detalle componente de este rubro. 2.12.00.00 DEUDORES POR GESTION DE ASESORIA Y CORRETAJE DE SEGUROS Este rubro, debe comprender la totalidad de la deuda que mantienen las entidades aseguradoras, administradoras de fondos de pensiones o clientes con la entidad por concepto de gestiones de asesoría previsional e intermediación de seguros. Se obtiene de la suma de las cuentas 2.12.00.10 y 2.12.00.20. 2.12.00.10 POR ASESORÍA PREVISIONAL Se obtiene de la suma de las cuentas 2.12.10.00, 2.12.20.00 y 2.12.30.00. 2.12.10.00 Comisiones por intermediación RV por cobrar Documentos y cuentas por cobrar a entidades aseguradoras, por concepto de comisiones de intermediación de seguros de rentas vitalicias, descontados los intereses no devengados, y el I.V.A. Se obtiene de la suma de las cuentas indicadas en los códigos 2.12.11.00 y 2.12.12.00 2.12.11.00 Compañías de seguros relacionadas Corresponde a las comisiones por cobrar por la entidad de asesoría previsional por concepto de seguros de renta vitalicia intermediados con compañías de seguros relacionadas. 2.12.12.00 Compañías de seguros no relacionadas Corresponde a las comisiones por cobrar por la entidad de asesoría previsional por concepto de seguros de renta vitalicia intermediados con compañías de seguros no relacionadas. Si el monto expresado en el presente código excede el 30% del total de “Por Asesoría Previsional” (Cta. 2.12.00.10), deberá reflejarse el detalle en nota explicativa, indicando al menos, compañía deudora, fecha en que se originó la comisión y el monto involucrado. 2.12.20.00 Honorarios por Retiro Programado por cobrar Este rubro, corresponde a la totalidad de la deuda documentada o no, descontados los intereses no devengados y el I.V.A., que mantienen las administradoras de fondos de pensiones con la entidad de asesoría previsional por cierres de retiros programados efectuado por la entidad. Se obtiene de la suma de las cuentas indicadas en los códigos 2.12.21.00 y 2.12.22.00. 2.12.21.00 Honorarios AFP relacionadas Corresponde a los honorarios por cierres de retiros programados por cobrar por la entidad de asesoría previsional a las administradoras de fondos de pensiones relacionadas. SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 11 CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 2.12.22.00 Honorarios AFP no relacionadas Corresponde a los honorarios por cierres de retiros programados por cobrar por la entidad de asesoría previsional a las administradoras de fondos de pensiones no relacionadas. Si el monto expresado en el presente código excede el 30% del total de “Por Asesoría Previsional” (cta. 2.12.00.10), deberá reflejarse el detalle en nota explicativa, indicando al menos, entidad deudora, fecha en que se originó la comisión y el monto involucrado. 2.12.30.00 Honorarios por Asesoría por cobrar Corresponde a honorarios por cobrar a clientes por gestiones de asesoría previsional efectuadas por la entidad. Las estimaciones de deudores varios incobrables deben ser rebajadas de esta cuenta para su presentación. 2.12.00.20 POR CORRETAJE DE SEGUROS NO PREVISIONALES Se obtiene de la suma de las cuentas 2.12.40.00 y 2.12.50.00. 2.12.40.00 Comisiones de intermediación por cobrar Documentos y cuentas por cobrar a entidades aseguradoras, por concepto de comisiones de seguros no previsionales, descontados los intereses no devengados, y el I.V.A. Se obtiene de la suma de las cuentas indicadas en los códigos 2.12.41.00 y 2.12.42.00 2.12.41.00 Compañías de seguros relacionadas Corresponde a las comisiones por cobrar por la sociedad corredora de seguros por concepto de seguros intermediados con compañías de seguros relacionadas. 2.12.42.00 Compañías de seguros no relacionadas Corresponde a las comisiones por cobrar por la sociedad corredora de seguros por concepto de seguros intermediados con compañías de seguros no relacionadas. Si el monto expresado en el presente código excede el 30% del total de “Por corretaje de seguros no previsionales” (Cta. 2.12.00.20), deberá reflejarse el detalle en nota explicativa, indicando al menos, compañía deudora, fecha en que se originó la comisión y el monto involucrado. 2.12.50.00 Premios y asignaciones por cobrar Este rubro, corresponde a la totalidad de la deuda documentada o no, descontados los intereses no devengados y el I.V.A., que mantienen las entidades aseguradoras, con la sociedad corredora de seguros por concepto de premios y asignaciones especiales, cuyo origen sea, la producción acumulada, la siniestralidad de su cartera, o alguna variable similar. Se obtiene de la suma de las cuentas indicadas en los códigos 2.12.51.00 y 2.12.52.00. 2.12.51.00 Compañías de seguros relacionadas Corresponde a los premios y asignaciones por cobrar por la sociedad corredora de seguros a las compañías de seguros relacionadas. SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 12 CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 2.12.52.00 Compañías de seguros no relacionadas Corresponde a los premios y asignaciones por cobrar por la sociedad corredora de seguros a las compañías de seguros no relacionadas. Si el monto expresado en el presente código excede el 30% del total de “Por corretaje de seguros no previsionales” (Cta. 2.12.00.20), deberá reflejarse el detalle en nota explicativa, indicando al menos, compañía deudora, fecha en que se originó el premio y/o asignación y el monto involucrado. 2.13.00.00 TOTAL OTROS ACTIVOS En este rubro se incluyen aquellos activos, derechos y otros no clasificados con anterioridad. Se obtiene de la suma de las cuentas indicadas en los códigos 2.13.10.00, 2.13.20.00, 2.13.30.00, 2.13.40.00, 2.13.50.00, 2.13.60.00, 2.13.70.00 y 2.13.80.00. 2.13.10.00 Documentos y cuentas por cobrar a empresas relacionadas Documentos y cuentas por cobrar a empresas relacionadas, descontados los intereses no devengados, que provengan de negocios no operacionales. 2.13.20.00 Documentos por cobrar (neto) Cuentas por cobrar documentadas a través de letras, pagarés u otros documentos, provenientes exclusivamente de negocios no operacionales. Esta cuenta deberá mostrarse rebajada por las estimaciones de deudores incobrables y por los intereses no devengados por la entidad. 2.13.30.00 Deudores varios (neto) Corresponde a todas aquellas cuentas por cobrar que no provengan de las operaciones comerciales de la entidad, tales como cuentas corrientes del personal o deudores por ventas de activo fijos. Las estimaciones de deudores varios incobrables deben ser rebajadas de esta cuenta para su presentación. 2.13.40.00 Otras asesorías por cobrar Corresponde incluir los documentos y cuentas por cobrar, descontados los intereses no devengados y el I.V.A. por concepto de otras asesorías prestadas en materias relacionadas con seguros, que no digan relación con los seguros precedentemente informados. 2.13.50.00 Intangibles Se deberá incluir bajo este rubro exclusivamente aquellos activos intangibles que hayan significado un desembolso real y que representen efectivamente un potencial de servicio para la entidad, tales como: patentes, marcas, derechos de llaves, licencias etc. SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 13 CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 2.13.60.00 Gastos anticipados Este rubro está constituido, exclusivamente, por aquellos pagos efectuados por servicios que serán recibidos por la entidad, durante el período siguiente al de la fecha de los estados financieros, tales como arriendos, seguros, y otros servicios cancelados en forma anticipada. 2.13.70.00 Impuestos Corresponde a los impuestos que puede recuperar la entidad. Se obtiene de la suma de las cuentas indicadas en los códigos 2.13.71.00 y 2.13.72.00. 2.13.71.00 Impuestos por recuperar Corresponde incluir en este rubro el crédito fiscal neto, por concepto del impuesto al valor agregado, los pagos provisionales que exceden a la provisión por impuesto a la renta u otros créditos al impuesto a la renta, tales como gastos de capacitación, donaciones a universidades etc. Adicionalmente, deben incluirse los P.P.M. por recuperar por utilidades absorbidas por pérdidas tributarias. 2.13.72.00 Impuestos diferidos Este rubro reflejará la diferencia deudora neta entre el impuesto a pagar en un ejercicio tributario distinto al de su registro contable y el gasto tributario por impuesto a la renta, originada por diferencias temporarias deducibles en el corto plazo, y por la existencia de pérdidas tributarias que implican un beneficio tributario. 2.13.80.00 Otros Este rubro comprenderá todos aquellos activos que no puedan ser clasificados en alguna de las definiciones anteriores. En caso que el saldo de este código exceda el 30% del total Otros Activos (cuenta 2.13.00.00) se deberá señalar en nota explicativa, el detalle componente. 2.10.00.00 TOTAL ACTIVOS Representa la suma total de los rubros del activo de la entidad (códigos 2.11.00.00, 2.12.00.00 y 2.13.00.00). PASIVOS Y PATRIMONIO 2.21.00.00 OBLIGACIONES POR GESTIÓN PREVISIONAL Y CORRETAJE DE SEGUROS. Este rubro está formado por la totalidad de las obligaciones de la entidad de asesoría previsional con las entidades aseguradoras, administradoras de fondos de pensiones o clientes por concepto de comisiones percibidas por adelantado, y primas de contratos de seguros recaudadas por cuenta de las entidades aseguradoras. Se obtiene de la suma de las cuentas 2.21.00.10 y 2.21.00.20. SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 14 CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 2.21.00.10 POR ASESORÍA PREVISIONAL 2.21.10.00 Honorarios por asesoría percibidos por adelantado Incluye los saldos acreedores que se le adeuden a las entidades aseguradoras o administradoras de fondos de pensiones o clientes por concepto de comisiones u honorarios percibidos por adelantado por gestiones de asesoría, incluyendo seguros de renta vitalicia o cierres de retiros programados o adelanto de comisiones. 2.21.00.20 POR CORRETAJE DE SEGUROS NO PREVISIONALES Se obtiene de la suma de las cuentas 2.21.20.00 y 2.21.30.00. 2.21.20.00 Comisiones de intermediación percibidas por adelantado Incluye los saldos acreedores que se le adeuden a las entidades aseguradoras por concepto de comisiones percibidas por adelantado por contratos de seguros intermediados. Se obtiene de la suma de las cuentas indicadas en los códigos 2.21.21.00 y 2.21.22.00. 2.21.21.00 Compañías de seguros relacionadas Corresponde a las comisiones percibidas por adelantado de compañías de seguros relacionadas 2.21.22.00 Compañías de seguros no relacionadas Corresponde a las comisiones percibidas por adelantado de compañías de seguros no relacionadas. Si el monto expresado en esta cuenta excede del 30% de “por corretaje de seguros no previsionales” (cuenta 2.21.00.20), deberá reflejarse el detalle en nota explicativa, indicando, al menos, nombre compañía, fecha del pago y monto involucrado. 2.21.30.00 Primas recaudadas por cuenta de compañías de seguros Este rubro, corresponde a la totalidad de la deuda que mantiene la sociedad de corretaje con las entidades aseguradoras por concepto de primas y documentos recibidos por ésta por las pólizas de seguros intermediados. Se obtiene de la suma de las cuentas indicadas en los códigos 2.21.31.00 y 2.21.32.00 2.21.31.00 Compañías de seguros relacionadas Corresponde a las primas y documentos por pagar a compañías de seguros relacionadas por concepto de primas de contratos de seguros intermediados. 2.21.32.00 Compañías de seguros no relacionadas Corresponde a las primas y documentos por pagar a compañías de seguros no relacionadas por concepto de primas de contratos de seguros intermediados. Si el monto expresado en esta cuenta excede del 30% de “por corretaje de seguros no SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 15 CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 previsionales” (cuenta 2.21.00.20), deberá reflejarse el detalle en nota explicativa, señalando, al menos, nombre compañía, fecha de recaudo de primas y monto involucrado. 2.22.00.00 OTROS PASIVOS Se obtiene de la suma de las cuentas indicadas en los códigos 2.22.10.00, 2.22.20.00, 2.22.30.00, 2.22.40.00, 2.22.50.00, 2.22.60.00, 2.22.70.00, 2.22.80.00 y 2.22.90.00. 2.22.10.00 Obligaciones con bancos e instituciones financieras Obligaciones contraídas con bancos e instituciones financieras, incluidos los intereses devengados por estas obligaciones. Las entidades deberán revelar, en nota explicativa, el detalle sólo si el monto a incluir excede del 30% del total de otros pasivos (cuenta 2.22.00.00). 2.22.20.00 Documentos y cuentas por pagar a empresas relacionadas Obligaciones con empresas relacionadas, que provienen o no de negocios operacionales, netas de intereses no devengados. 2.22.30.00 Documentos por pagar En este código se incluirá las obligaciones documentadas contraídas con instituciones distintas a los bancos e instituciones financieras incluidas los correspondientes intereses devengados por pagar. Las entidades deberán revelar, en nota explicativa, el detalle sólo si el monto a incluir excede del 30% del total de otros pasivos (cuenta 2.22.00.00). 2.22.40.00 Acreedores varios Obligaciones no derivadas del giro de la entidad. Si el monto expresado en esta cuenta excede del 30% del total de Otros Pasivos (cuenta 2.22.00.00), deberá reflejarse el detalle en nota explicativa, indicando al menos, identificación del acreedor, naturaleza de la operación, fecha en que se efectuó y monto involucrado. 2.22.50.00 Provisiones Estimaciones de obligaciones que a la fecha de los estados financieros se encuentran devengadas o adeudadas, tales como gratificaciones y otros beneficios que serán liquidados en el período siguiente. 2.22.60.00 Ingresos percibidos por adelantado Ingresos recibidos por adelantado a la fecha de los estados financieros, cuyo efecto en resultados se producirá dentro del período siguiente. 2.22.70.00 Deudas previsionales SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 16 CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 Corresponde a las imposiciones y cotizaciones previsionales retenidas al personal que la entidad debe pagar a la A.F.P., Isapres u otras. 2.22.80.00 Deudas con el Fisco En este rubro se debe incluir todas aquellas obligaciones con el Fisco que le corresponde pagar a la entidad. Se obtiene de sumar las cuentas 2.22.81.00, 2.22.82.00, 2.22.83.00 y 2.22.84.00. 2.22.81.00 Retenciones Obligaciones por concepto de impuestos de retención, e impuestos de 2ª categoría. 2.22.82.00 Impuesto a la renta Impuesto a la renta que corresponde pagar por los resultados del ejercicio, deducidos los pagos provisionales obligatorios o voluntarios y otros créditos que se aplican a esta obligación. 2.22.83.00 Impuestos diferidos Este rubro reflejará la diferencia acreedora neta entre el impuesto a pagar en un ejercicio tributario distinto al de su registro contable y el gasto tributario por impuesto a la renta, originada por diferencias temporarias imponibles en el corto plazo. 2.22.84.00 I.V.A. Se debe informar el débito fiscal por concepto de impuesto al valor agregado. 2.22.90.00 Otros Incluye todas aquellas partidas que no puedan ser clasificadas en algún otro rubro del pasivo. Las partidas incluidas en este rubro deberán ser indicadas por su concepto, en notas explicativas a los estados financieros, si su monto excede del 30% del total de Otros Pasivos (cuenta 2.22.00.00). 2.23.00.00 TOTAL PATRIMONIO Corresponde al patrimonio total de los accionistas y/o socios de la entidad, sea ésta sociedad anónima, sociedad por acciones (spa), de responsabilidad limitada, E.I.R.L, u otra que no sea persona natural. Se obtiene de la suma de las cuentas 2.23.10.00, 2.23.20.00, 2.23.30.00 y 2.23.40.00.- Con el propósito de presentar individualmente corregidos los saldos que conforman el capital propio o patrimonio financiero de la sociedad, vale decir el capital, reservas, resultados acumulados, si los hubiere, deberá aplicarse a estos saldos el mismo porcentaje utilizado en la determinación de la corrección monetaria del capital propio tributario (D.L.824), en el caso de una sociedad anónima. Para el caso de una sociedad de responsabilidad limitada la actualización por corrección monetaria deberá mantenerse en la cuenta “Reserva revalorización capital propio” SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 17 CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 (2.23.20.00), sin distribuir entre las cuentas que conforman el patrimonio. De lo anterior y de acuerdo a lo establecido en el Título III de la ley Nº 18.046, se desprende que la corrección monetaria del patrimonio se mostrará ya imputada a las cuentas respectivas, incluida la cuenta "Capital pagado" (2.23.10.00), en el caso de una sociedad anónima. No obstante lo expresado en el párrafo anterior, la corrección monetaria correspondiente al capital social, se mostrará en la cuenta "Reserva revalorización capital propio" para efectos de la presentación semestral de los estados financieros de las sociedades anónimas y de las de responsabilidad limitada Esta revalorización sólo deberá ser imputada a la cuenta "Capital pagado" en la presentación del balance definitivo al 31 de diciembre de cada año en el caso de las sociedades anónimas. Para las sociedades de responsabilidad limitada se mantiene lo señalado respecto de los estados financieros semestrales. Los conceptos que conforman el patrimonio de la sociedad deberán ser clasificados en los siguientes rubros: 2.23.10.00 Capital pagado Capital social efectivamente pagado en las sociedades de responsabilidad limitada y ya revalorizado cuando se trate de estados financieros anuales de sociedades anónimas. 2.23.20.00 Reserva revalorización capital propio En el caso de las sociedades anónimas la Revalorización del capital pagado, acumulada durante el ejercicio, que deberá traspasarse al "Capital pagado" para la presentación de los estados financieros anuales, según lo establecido en el artículo 10º de la ley Nº 18.046 y en las disposiciones del Reglamento de Sociedades Anónimas. Para las sociedades de responsabilidad limitada tanto en los estados financieros semestrales como en los anuales se mantiene sin distribuir el valor de la actualización por corrección monetaria del período del que se esté informando. 2.23.30.00 Otras reservas Reservas de capitalización no definidas anteriormente o generadas por disposiciones legales especiales que afecten a la entidad. 2.23.40.00 Utilidades (Pérdidas) retenidas Son aquellas formadas por las utilidades no distribuidas, o por pérdidas acumuladas. Forman parte de estas reservas, el resultado del ejercicio y los dividendos provisorios. Corresponde a la suma de las cuentas 2.23.41.00, 2.23.42.00, 2.23.43.00 y 2.23.44.00. 2.23.41.00 Utilidades acumuladas En este rubro se incorporarán todas las reservas provenientes de utilidades, no indicadas específicamente con anterioridad. 2.23.42.00 Pérdidas acumuladas (menos) SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 18 CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 Pérdidas generadas en ejercicios anteriores no absorbidas a la fecha del balance. 2.23.43.00 Dividendos provisorios Corresponde a los dividendos provisorios acordados y declarados durante el ejercicio 2.23.44.00 Utilidad (pérdida) del Ejercicio Corresponde a la utilidad o pérdida del ejercicio que se está informando. 2.20.00.00 TOTAL PASIVO Representa la suma de los rubros de pasivos exigibles y patrimonio de la entidad. (Suma de códigos 2.21.00.00, 2.22.00.00 y 2.23.00.00). 2.02 ESTADO DE RESULTADOS Con el objeto de mostrar un estado de resultados que contenga cifras de un valor homogéneo, los rubros incluidos en este estado deberán estar sujetos a corrección monetaria la que se aplicará como sigue: a) Las cuentas expresadas en pesos, se reajustarán de acuerdo con el porcentaje de variación experimentado por el índice de precios al consumidor en el período comprendido entre el mes anterior al de efectuarse la transacción correspondiente y el mes anterior al del cierre de los estados financieros que se están informando, suponiendo que todas las transacciones se realizan el último día del mes. b) Las cuentas expresadas en monedas extranjeras y unidades reajustables (tales como U.F., U.S.R., U.S.D. y otras), se registrarán y acumularán en su moneda o unidad de origen hasta el último día de cada mes para su registro en pesos. Las cuentas expresadas en dólares se registrarán utilizando el tipo de cambio del dólar observado promedio calculado por el Banco Central de Chile, para el día bancario correspondiente a la fecha de cierre del mes o para el día hábil anterior a esa fecha, según corresponda, suponiendo que todas las transacciones se realizan en esa fecha. Para aquellas cuentas expresadas en moneda extranjera distinta al dólar, se deberá primero obtener su equivalencia respecto del dólar según tabla publicada diariamente por el Banco Central de Chile, conforme al Acuerdo Nº 18 del 29 de marzo de 1990 o el que lo reemplace, y posteriormente utilizar el valor del dólar observado promedio a la fecha que se requiera. A la fecha de cierre de los estados financieros, el acumulado de monedas o unidades reajustables se valorizará al tipo de cambio y/o valor de la unidad de reajuste de esa fecha y la diferencia entre este valor y el valor registrado anteriormente será la corrección monetaria de la cuenta. 2.41.00.00 RESULTADO OPERACIONAL Está constituido por aquellas partidas relativas a la actividad e incluye los ingresos y costos generados directamente por dicha actividad y los gastos de administración (códigos 2.41.10.00 y 2.41.20.00, respectivamente.). 2.41.10.00 Margen de explotación Diferencia entre los ingresos de explotación y los costos operacionales (cuentas 2.41.11.00 – 2.41.12.00) 2.41.11.00 Ingresos de explotación SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 19 CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 Se incluye en este rubro la suma de las comisiones por concepto de rentas vitalicias, cierres de retiro programado, intermediación de seguros no previsionales y honorarios por gestiones de asesoría efectuadas durante el período que se informa provenientes de las entidades aseguradoras, administradoras de fondos de pensiones o clientes en dicho período (suma de los códigos 2.41.11.10, 2.41.11.20, 2.41.11.30, 2.41.11.40, 2.41.11.50 y 2.41.11.60). 2.41.11.10 Comisiones por Rentas Vitalicias Señalar el monto de las comisiones percibidas o por percibir por la entidad de asesoría previsional por los contratos de seguros de renta vitalicia intermediados con compañías aseguradoras durante el período informado. Se obtiene de la suma de las cuentas indicadas en los códigos 2.41.11.11 y 2.41.11.12. 2.41.11.11 Comisiones compañías de seguros relacionadas Corresponde a las comisiones percibidas o por percibir de entidades de seguros relacionadas por los contratos de seguros intermediados. 2.41.11.12 Comisiones compañías de seguros no relacionadas Corresponde a las comisiones percibidas o por percibir de entidades de seguros no relacionadas por los contratos de seguros intermediados. Si el monto expresado en esta cuenta excede del 30% del total de Comisiones por Rentas Vitalicias (Cta. 2.41.11.10) deberá reflejarse el detalle en nota explicativa, indicando, al menos, identificación de la compañía, fecha en que se originó la comisión y monto involucrado. 2.41.11.20 Honorarios por retiro programado Anotar los honorarios percibidos o por percibir de las administradoras de fondos de pensiones con la entidad de asesoría previsional por cierres de retiros programados efectuados por la entidad. Se obtiene de la suma de las cuentas indicadas en los códigos 2.41.11.21 y 2.41.11.22. 2.41.11.21 Honorarios AFP relacionadas Corresponde a los honorarios percibidos o por percibir por cierres de retiros programados de las administradoras de fondos de pensiones relacionadas. 2.41.11.22 Honorarios AFP no relacionadas Corresponde a los honorarios percibidos o por percibir por cierres de retiros programados de las administradoras de fondos de pensiones no relacionadas. Si el monto expresado en el presente código excede el 30% del total de Honorarios por Retiro Programado (Cta. 2.41.11.20), deberá reflejarse el detalle en nota explicativa, indicando al menos, entidad, fecha en que se originó la comisión y el monto involucrado. SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 20 CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 2.41.11.30 Honorarios por Gestión Pensión Corresponde a los honorarios percibidos o por percibir de clientes por gestiones de pensión. 2.41.11.40 Honorarios por Gestión Vida Activa Corresponde a los honorarios percibidos o por percibir de clientes por gestiones de asesoría previsional no vinculadas o relacionadas con el período de pensión. 2.41.11.50 Comisiones por Intermediación de Seguros no Previsionales Señalar el monto de las comisiones percibidas o por percibir por la sociedad corredora de seguros por los contratos de seguros no previsionales intermediados con compañías aseguradoras durante el período informado. Se obtiene de la suma de las cuentas indicadas en los códigos 2.41.11.51 y 2.41.11.52. 2.41.11.51 Comisiones compañías de seguros relacionadas Corresponde a las comisiones percibidas o por percibir de entidades de seguros relacionadas por los contratos de seguros intermediados. 2.41.11.52 Comisiones compañías de seguros no relacionadas Corresponde a las comisiones percibidas o por percibir de entidades de seguros no relacionadas por los contratos de seguros intermediados. Si el monto expresado en esta cuenta excede del 30% del total de Comisiones por Intermediación de Seguros no Previsionales (Cta. 2.41.11.50), deberá reflejarse el detalle en nota explicativa, indicando, al menos, identificación de la compañía, fecha en que se originó la comisión y monto involucrado. 2.41.11.60 Premios y asignaciones especiales por intermediación de seguros Anotar los premios y asignaciones especiales percibidas o por percibir por la sociedad corredora de seguros, cuyo origen sea, la producción acumulada, la siniestralidad de su cartera o alguna variable similar. Se obtiene de la suma de las cuentas indicadas en los códigos 2.41.11.61 y 2.41.11.62. 2.41.11.61 Premios y asignaciones especiales compañías de seguros relacionadas Corresponde a los premios y asignaciones especiales percibidas o por percibir de entidades de seguros relacionadas. 2.41.11.62 Premios y asignaciones especiales compañías de seguros no relacionadas Corresponde a los premios y asignaciones especiales percibidas o por percibir de entidades de seguros no relacionadas. Si el monto expresado en esta cuenta excede del 30% del total de Premios y Asignaciones Especiales de Intermediación de Seguros (cuenta 2.41.11.60), deberá reflejarse el detalle en nota explicativa, indicando, al menos, identificación de la compañía, fecha en que se originó el premio y/o asignación y monto involucrado. SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 21 CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 2.41.12.00 Costos operacionales Mostrar todos aquellos costos que se originaron producto de la generación de los ingresos antes mencionados. 2.41.20.00 GASTOS DE ADMINISTRACIÓN (MENOS) Gastos relacionados directamente con la administración de la entidad, tales como remuneraciones, propaganda, etc. 2.42.00.00 RESULTADO NO OPERACIONAL. Está constituido por los ingresos, costos y gastos que convencionalmente se consideran no atribuibles directamente a la actividad principal de la sociedad. Incluye ingresos financieros, utilidad inversión empresas relacionadas, otros ingresos fuera de explotación, dividendos pagados, pérdida inversión empresas relacionadas, gastos financieros, otros egresos fuera de explotación. Se obtiene de la suma de las cuentas 2.42.10.00 y 2.42.20.00. 2.42.10.00 INGRESOS Corresponde señalar todos los ingresos no operacionales que perciba la entidad. Se obtiene de sumar las cuentas 2.42.11.00, 2.42.12.00 y 2.42.13.00. 2.42.11.00 Ingresos financieros Intereses obtenidos por la entidad a través de inversiones financieras. 2.42.12.00 Otros ingresos Ingresos que provienen de las ventas u otras transacciones distintas de las del giro, que no hayan sido definidos en las clasificaciones anteriores. 2.42.13.00 Otras asesorías no previsionales Se incluirá en este rubro los ingresos percibidos o por percibir durante el período informado, provenientes de las asesorías no previsionales que la entidad hubiere prestado a personas naturales o jurídicas. Si el monto expresado en esta cuenta excede del 30% del total de Ingresos (cuenta 2.42.10.00), deberá revelar los ítems que contiene esta cuenta, en nota explicativa. 2.42.20.00 EGRESOS Se debe señalar en esta cuenta los egresos no operacionales por concepto financiero, servicios de terceros y otros. Se obtiene de sumar las cuentas 2.42.21.00, 2.42.22.00 y 2.42.23.00. 2.42.21.00 Gastos financieros Se debe informar intereses, primas, comisiones, etc. pagadas, incurridas por la entidad en la obtención de recursos financieros sea cual fuere su origen. SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 22 CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 23 2.42.22.00 Gastos por servicios de terceros Se debe informar en este rubro los gastos incurridos por la entidad por concepto de soporte técnico, selección de personal, calculo de remuneraciones y otros. Se obtiene de sumar las cuentas 2.42.22.10 y 2.42.22.20. 2.42.22.10 Bancos Se debe informar en este rubro los gastos que paga la entidad al banco, por los servicios prestados por éste. 2.42.22.20 Terceros Se debe informar en este rubro los gastos que paga la entidad a terceros, por los servicios prestados por éstos. 2.42.23.00 Otros egresos Gastos y costos originados en transacciones o ajustes que no se relacionan directamente con la actividad, y que no hayan sido definidos en clasificaciones anteriores. 2.43.00.00 Corrección monetaria Corresponde al saldo neto resultante de la aplicación de la corrección monetaria de los activos y pasivos no monetarios, del capital propio financiero, y de las cuentas de resultado. 2.44.00.00 Diferencia de Cambio Efecto neto originado por el ajuste a pesos de los activos y pasivos reajustables sobre la base de la paridad de la moneda extranjera. 2.45.00.00 Resultado antes de impuesto a la renta Suma de los resultados de operación, no operacionales e inflacionarios (códigos 2.41.00.00, 2.42.00.00, 2.43.00.00 y 2.44.00.00). 2.46.00.00 Impuesto a la renta Corresponde al gasto o ingreso generado por: impuesto a la renta determinado de acuerdo a las normas tributarias vigentes, reconocimiento de activo y pasivos por impuestos diferidos, amortización de cuentas de activos y pasivo complementarias contabilizadas por la aplicación inicial del Boletín Técnico Nº60, o el que lo reemplace, del Colegio de Contadores de Chile A.G., beneficio originado por la aplicación de pérdidas tributarias y ajustes de la provisión de valuación. 2.40.00.00 UTILIDAD (PERDIDA) DEL EJERCICIO Se obtiene de sustraer del resultado antes de impuesto a la renta (2.45.00.00) el correspondiente cargo por impuesto a la renta (código 2.46.00.00). CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 24 ANEXO N° 3 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS. Las notas a los estados financieros representan la divulgación de información que no está directamente reflejada en dichos estados proporcionando una mejor comprensión de ellos y una base objetiva para los usuarios de la información. Las notas explicativas forman parte integral de los estados financieros, siendo obligatoria su presentación. Se deberá poner especial cuidado en la redacción y presentación de las notas explicativas a los estados financieros, a fin de asegurar que éstas sean fácilmente entendidas e interpretadas. A continuación, se establece la información mínima que deberá proporcionarse en las notas explicativas. Sin embargo, es necesario precisar claramente que los requerimientos de información que esta Superintendencia establece no exime a la administración de la sociedad de la responsabilidad de divulgar toda información esencial. Para efectos de uniformar la presentación de estas notas las entidades deberán utilizar la plantilla de documento Word que está dispuesta en el sitio web www.svs.cl en el link SEIL. Se imparte las siguientes instrucciones relativas a las notas explicativas de los estados financieros anuales y semestrales con el fin de establecer criterios mínimos de presentación: a) Normas contables aplicadas: Incluirá una descripción de los principios aplicados. Esta descripción se refiere fundamentalmente, a la selección de un principio contable cuando existen varias alternativas aceptables, a criterios particulares de su actividad y a normas que tienen un efecto significativo en la posición financiera y en los resultados de operación, en especial lo referido a las bases de conversión empleadas en transacciones en moneda extranjera, si las hubiese. b) Cambios contables: Se deberá señalar todo cambio en la aplicación de principios contables, indicando al menos: naturaleza del cambio, justificación para hacerlo, efectos en resultados y en otras partidas de los estados financieros. Asimismo, se deberá indicar cambio en estimaciones cuando el efecto sea significativo, cambio en estimación de vida útil de activos fijos, corrección de errores de ejercicios anteriores, reclasificación de estados financieros anteriores cuando sea importante para analizar y usar la información. c) Corrección monetaria: Indicar las bases de corrección monetaria, índices aplicados y cualquier otro antecedente relevante al respecto. d) Impuesto a la renta: Se deberá incluir la provisión del ejercicio, monto de los pagos provisionales, monto de las pérdidas tributarias imputables a utilidades no distribuidas, tasa de impuesto si la empresa goza de alguna franquicia y cualquier otra información relevante al respecto. e) Impuestos Diferidos: Se deberá informar de acuerdo a las normas impartidas en Circular Nº 1.466, de 2000 de esta Superintendencia o la que la reemplace. f) Operaciones de Leasing: Indicar las características y condiciones relevantes de los contratos de leasing vigentes sean éstos otorgados o contraídos, tales como monto del compromiso adquirido, vigencia del contrato, condiciones para la anticipación de la compra en caso de existir, así como cualquier otro antecedente relevante al respecto. g) Transacciones con Personas Relacionadas: Las transacciones con personas relacionadas entendiéndose por tales las definidas en el Título XV de la Ley Nº 18.045, deberán ser adecuadamente reveladas en esta nota. Dicha revelación deberá incluir al menos lo siguiente: 1) Descripción precisa de la naturaleza de la relación, dando a esta explicación la extensión que sea necesaria para que cualquier persona juiciosa que no tenga conocimientos técnicos, financiero- contables u otros, la comprenda fácilmente. 2) Detalle de las transacciones efectuadas en el período que se reporte y toda aquella información que sea necesaria para un completo entendimiento del efecto de dichas transacciones en los estados financieros. CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 25 Las transacciones entre partes relacionadas incluyen también todas aquellas a las cuales no se les dé reconocimiento contable, por ejemplo, cuando una entidad o persona proporciona servicios sin costo a partes relacionadas, avales, garantías, etc. 3) Monto de las transacciones y su efecto en los resultados del ejercicio. 4) Detalle de los saldos por cobrar o pagar con personas relacionadas y los términos y forma de cobro o pago de las operaciones. 5) Cambios, si los hubiere, en el método de establecer los términos de las operaciones, respecto de aquel utilizado en períodos anteriores. Deberá indicarse en forma clara el nombre o razón social y RUT de la persona relacionada. h) Cambios en el Patrimonio Se deberá presentar en esta nota, las distintas modificaciones que han experimentado las cuentas que conforman el Patrimonio de la entidad, desde el 31 de diciembre del año anterior hasta la fecha de los estados financieros que se está informando, para lo cual se deberá completar el cuadro siguiente, según las especificaciones que se indican: 1) Saldos al 31 de diciembre de ...: Corresponde presentar en esta columna, los saldos de las diferentes cuentas del Patrimonio informados en los estados financieros auditados al 31 de diciembre del año anterior. 2) Distribución utilidad ejercicio anterior : Esta columna muestra el destino que se le ha dado a la utilidad del ejercicio anterior. 3) Variación de Capital : Corresponde indicar en esta columna toda modificación de capital proveniente de emisiones de acciones de pago y/o liberadas, capitalización de reservas y disminución de capital. 4) Revalorización : Esta columna muestra la variación de las cuentas de patrimonio producto de la corrección monetaria entre diciembre del año anterior y la fecha de los estados financieros que se está informando. 5) Ajustes : Se debe señalar todos los ajustes que se efectúe dentro del Patrimonio distintos de revalorización o variación de capital. 6) Saldos al ... : Representa el valor final de cada una de las distintas cuentas que forman parte del patrimonio a la fecha de los estados financieros que se está informando. Esta columna es la suma total, para cada cuenta, de todas las columnas anteriormente descritas. CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 26 ENTIDAD:................................................ AL:............... Saldos al 31 de Dic. Distribución Utilidad Ejercicio Anterior Variación de Capital Revalorización Ajustes Saldos al… 1 2 3 4 5 6 2.23.10.00 Capital pagado 2.23.20.00 Reserva revalorización capital propio 2.23.30.00 Otras reservas 2.23.40.00 Utilidades (pérdidas) retenidas 2.23.41.00 Utilidades acumuladas 2.23.42.00 Pérdidas acumuladas (menos) 2.23.43.00 Dividendos Provisorios 2.23.44.00 Utilidad (pérdida) del Ejercicio 2.24.00.00 PATRIMONIO i) Dividendos o retiros: Detallar los dividendos pagados por la sociedad o retiros de utilidades efectuados por los socios, especificando en cada uno de ellos fecha y monto pagado. j) Apertura saldos cuentas específicas: Se deberá presentar, para cada uno de los códigos cuya instrucción específica así lo requiera, una nota explicativa detallando y desagregando la composición del saldo a que se refiere dicha clasificación. Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo precedente, para las cuentas que a continuación se señalan, y de acuerdo al tipo de sociedad de que se trate, se deberá presentar los siguientes cuadros esquemáticos, de acuerdo a las instrucciones que en cada código se establecen: CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 27 j.1) Inversiones. j.1.1) Cuadro General Fecha Instrumentos Compra Vencimiento Valor Contable Valor Mercado Provisión Acciones Documentos del Banco Central Documentos del Estado Cuotas de fondos mutuos (de renta fija) Instrumentos de Renta Fija * * * Total Valores Negociables Total Depósitos a Plazo * Especificar el tipo de instrumento de que se trate. En lo relativo al cuadro precedente, se deberá informar una a una las inversiones que la entidad posea, esto es, instrumentos accionarios, documentos del Banco Central, del Estado, cuotas de fondos mutuos, instrumentos de renta fija y depósitos a plazo. j.1.2) Cuadro específico por acciones. Las Entidades que mantengan inversiones en acciones, deberán completar el siguiente cuadro esquemático: RUT Nombre Entidad Número de Acciones Porcentaje de Participación Valor Bursátil Inversión Costo Corregido Valor cartera de inversiones Provisión ajuste Valor contable cartera de inversiones El cuadro anterior, será válido para inversiones clasificadas en Valores Negociables o Inversión en Otras Sociedades, de acuerdo a las instrucciones impartidas al efecto por esta Superintendencia, en la Circular Nº 1697, de 2003, de fecha 12 de Diciembre de 1983, y sus modificaciones. j.2) Cuatro detalle Obligaciones con bancos e instituciones financieras. CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 28 Las entidades que reflejen en sus estados financieros obligaciones con bancos o instituciones financieras, de acuerdo a las especificaciones descritas en cada código, y al tipo de sociedad que se trate, deberán llenar el siguiente cuadro esquemático: Banco o Institución Origen de la Transacción Valor Contable Fecha de Emisión Fecha de Vencimiento Total Obligación (cuenta 2.22.10.00) k) Indemnizaciones por años de servicio: Deberá señalarse las bases para el cálculo de la provisión, los criterios contables, identificación del grupo de personal cubierto, gastos y pagos del ejercicio y cualquier otro antecedente importante al respecto. l) Contingencias y Compromisos: Esta nota debe incluir lo siguiente: monto y descripción de activos en garantía, juicios o contingencias y similares, que a la fecha del balance no han sido registrados, hipotecas y similares; monto de avales otorgados y cualquier pasivo indirecto contraído por la empresa, compromisos por inversiones en activo y su financiamiento. m) Remuneración del Directorio o Administradores: En esta nota deberá detallarse toda remuneración que los directores o administradores hayan percibido de la sociedad, durante el período que se está informando, incluso las que provengan de funciones o empleos distintos del ejercicio de su cargo o por concepto de gastos de representación, viáticos, regalías y en general, todo otro estipendio. n) Sanciones: Deberá dejarse establecido en esta nota las sanciones aplicadas durante el período por esta Superintendencia, hayan sido éstas a los directores, administradores, o a la sociedad misma. o) Hechos posteriores: Deberá señalarse todos aquellos hechos que afecten significativamente la situación actual o futura de la entidad, ocurridos entre la fecha de cierre de los estados financieros y la de presentación de ellos a esta Superintendencia. CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 29 ANEXO Nº 4 CUADROS TECNICOS ESTADISTICOS Los cuadros técnicos estadísticos comprenden los siguientes informes: 1. Informe de Intermediación de seguros y/o Asesoría Previsional por compañías de seguros y/o administradoras de fondos de pensiones. 2. Informe de Intermediación de seguros por ramo y/o Asesoría Previsional por modalidad de pensión. 4.01 INFORMACIÓN DE INTERMEDIACION DE SEGUROS Y/O ASESORIA PREVISIONAL POR COMPAÑÍA DE SEGUROS Y/O ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES. Esta sección tiene por finalidad indicar para el período que se informa, lo siguiente: a) Los montos totales de las primas netas del impuesto al que estén obligadas las Entidades de Asesoría Previsional o los Asesores Previsionales, si corresponde, o el saldo de la Cuenta de Capitalización Individual del afiliado destinado a pensión (CCI), según corresponda. b) las comisiones percibidas o por percibir de entidades relacionadas o no con la entidad que informa. c) los premios percibidos o por percibir. Descripción de los campos e instrucciones de llenado del Formulario Electrónico de Intermediación de Seguros: Para seleccionar una compañía, o una nueva compañía o una nueva AFP, deberá hacer clic en el botón Nuevo Registro, el cual automáticamente generará el renglón correspondiente, para el llenado de la información restante. Una vez que la información para cada página esté completa, deberá hacer clic en el botón Grabar y Continuar. Si debe corregir, o volver a la o las páginas anteriores, deberá hacer clic en el botón Volver. Compañía o AFP a. Compañías: Seleccionar una a una el nombre de la compañía de seguros con la que se realizaron intermediaciones de seguros. b. Afp Seleccionar una a una el nombre de la administradora de fondos de pensiones con las que se realizaron asesorías en la selección de modalidad de pensión. Para seleccionar una de ellas, o una nueva, deberá hacer clic en el botón Nuevo Registro, el cual automáticamente generará el renglón correspondiente para el llenado de la restante información. CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 30 4.01.13.01 Prima Intermediada/ Saldo CCI Indicar, en miles de pesos debidamente actualizados en la forma que se indica en el punto 2.02 Estado de Resultados: • Las primas (netas del impuesto que corresponda), o • El saldo de la Cuenta de Capitalización Individual del afiliado destinado a pensión (CCI) Que la entidad intermedió durante el periodo que se informa, para las diferentes compañías de seguros y/o administradoras de fondos de pensiones. En caso de selección de modalidad de retiro programado, deberá indicar el monto en miles de pesos de la cuenta acumulada a la fecha de la selección. 4.01.14.01 Comisiones compañía de seguros y/o AFP relacionada Señalar el monto de las comisiones percibidas o por percibir por la entidad de alguna compañía o administradora de fondos de pensiones relacionada, por los contratos de seguros intermediados, o bien por la selección de retiro programado, para el período informado, cuyo monto deberá expresarse en miles de pesos debidamente actualizado al último día del período del cual se está informando, según lo especificado en el punto 2.02 Estado de Resultados. 4.01.16.01 Comisiones compañía de seguros y/o AFP no relacionada Señalar el monto de las comisiones percibidas o por percibir por la entidad de alguna compañía o administradora de fondos de pensiones relacionada, por los contratos de seguros intermediados, o bien por la selección de retiro programado, para el período informado, cuyo monto deberá expresarse en miles de pesos debidamente actualizado al último día del período del cual se está informando, según lo especificado en el punto 2.02 Estado de Resultados. 4.01.15.01 Premios y asignaciones especiales cía. de seguros relacionadas. Anotar los premios y las asignaciones especiales percibidas o por percibir por la corredora de seguros en el período que se informa, cuyo origen por intermediación de seguros con compañías relacionadas, sea la producción acumulada, la siniestralidad de su cartera, o alguna variable similar; monto que deberá expresarse en miles de pesos debidamente actualizados al último día del período del cual se está informando, de acuerdo a lo especificado en el punto 2.02 Estado de Resultados. 4.01.18.01 Premios y asignaciones especiales cía. de seguros no relacionadas Anotar los premios y las asignaciones especiales percibidas o por percibir por la corredora de seguros en el período que se informa, cuyo origen por intermediación de seguros con compañías no relacionadas, sea la producción acumulada, la siniestralidad de su cartera, o alguna variable similar; monto que deberá expresarse en miles de pesos debidamente actualizados al último día del período del cual se está informando, de acuerdo a lo especificado en el punto 2.02 Estado de Resultados Total prima intermediada / Saldo CCI Corresponde a la suma automática de los valores informados en esta columna. Total Comisiones compañía de seguros y/o AFP Relacionadas Corresponde a la suma automática de los valores informados en la columna comisiones relacionadas. El total de comisiones, debe ser igual a la suma de lo informado en las cuentas 2.41.11.11, 2.41.11.21 y 2.41.11.51 del Estado de Resultados. CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 31 Total Comisiones compañía de seguros y/o AFP No Relacionada Corresponde a la suma automática de los valores informados en la columna comisiones no relacionadas. El total de comisiones, debe ser igual a la suma de lo informado en las cuentas 2.41.11.12, 2.41.11.22 y 2.41.11.52 del Estado de Resultados. Total Premios compañía de seguros Relacionadas Corresponde a la suma automática de los valores informados en la columna premios relacionados. El total de premios, debe ser igual a la suma de lo informado en la cuenta 2.41.11.61 del Estado de Resultados. Total Premios compañía de seguros No Relacionadas Corresponde a la suma automática de los valores informados en la columna premios no relacionados. El total de premios, debe ser igual a la suma de lo informado en la cuenta 2.41.11.62 del Estado de Resultados. 4.02 INFORMACIÓN DE INTERMEDIACION DE SEGUROS POR RAMO Y/O ASESORIA PREVISIONAL POR MODALIDAD DE PENSIÓN Esta sección tiene por finalidad indicar por ramo y/o modalidad de pensión, para el periodo informado: a) Los montos totales de las primas netas del impuesto al que estén obligadas las Entidades de Asesoría Previsional o los Asesores Previsionales, si corresponde, o el saldo de la Cuenta de Capitalización Individual del afiliado, destinado a pensión (CCI), según corresponda. b) las comisiones percibidas o por percibir de entidades relacionadas o no con de la entidad que informa. c) los premios percibidos o por percibir. A continuación, se muestra ejemplo de pantalla: Descripción de los campos e instrucciones de llenado del formulario electrónico: Para seleccionar un ramo, o un nuevo ramo, deberá hacer clic en el botón Nuevo Registro, el cual automáticamente generará el renglón correspondiente para el llenado de la restante información. Una vez que la información para cada página esté completa, deberá hacer clic en el botón Grabar y Continuar. Si debe corregir, o volver a la o las páginas anteriores, deberá hacer clic en el botón Volver. Columna Ramo o Modalidad Corresponde identificar y seleccionar el ramo de seguro o las modalidades de pensión que la entidad intermedió y/o gestionó. CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 32 4.02.14.01 Prima Intermediada/ Saldo CCI Indicar, en miles de pesos debidamente actualizados en la forma que se indica en el punto 2.02 Estado de Resultados: • Las primas (netas del impuesto que corresponda) y • El saldo de la Cuenta de Capitalización Individual del afiliado destinado a pensión (CCI) Que la entidad intermedió por tipo de modalidad o ramo en miles de pesos debidamente actualizados en la forma que se indica en el punto 2.02 Estado de Resultados. En caso de selección de modalidad de retiro programado, deberá indicar el monto en miles de pesos de la cuenta acumulada a la fecha de la selección. 4.02.15.01 Comisiones compañía de seguros y/o AFP relacionada Señalar el monto de las comisiones percibidas o por percibir por la entidad de alguna AFP o compañía de seguros, según corresponda, relacionada, por los contratos de seguros intermediados, o por la selección de retiro programado, para el período informado, cuyo monto deberá expresarse en miles de pesos debidamente actualizado al último día del período del cual se está informando, según lo especificado en el punto 2.02 Estado de Resultados. 4.02.16.01 Comisiones compañía de seguros y/o AFP no relacionada Señalar el monto de las comisiones percibidas o por percibir por la entidad de alguna AFP o compañía de seguros, según corresponda no relacionada, por los contratos de seguros intermediados, o por la selección de retiro programado, para el período informado, cuyo monto deberá expresarse en miles de pesos debidamente actualizado al último día del período del cual se está informando, según lo especificado en el punto 2.02 Estado de Resultados. 4.02.17.01 Premios y asignaciones especiales cía. de seguros relacionadas Anotar los premios y las asignaciones especiales percibidas o por percibir por la corredora de seguros en el período que se informa, cuyo origen sea la intermediación de seguros con compañías relacionadas, la producción acumulada, la siniestralidad de su cartera, o alguna variable similar, monto que deberá expresarse en miles de pesos debidamente actualizados al último día del período del cual se está informando, de acuerdo a lo especificado en el punto 2.02 Estado de Resultados. 4.02.18.01 Premios y asignaciones especiales cía. de seguros no relacionadas Anotar los premios y las asignaciones especiales percibidas o por percibir por la corredora de seguros en el período que se informa, cuyo origen sea la intermediación de seguros con compañías relacionadas, la producción acumulada, la siniestralidad de su cartera, o alguna variable similar, monto que deberá expresarse en miles de pesos debidamente actualizados al último día del período del cual se está informando, de acuerdo a lo especificado en el punto 2.02 Estado de Resultados. Total prima Intermediada / Saldo CCI Corresponde a la suma automática de los valores informados en esta columna. Total Comisiones compañía de seguros y/o AFP Relacionadas Corresponde a la suma automática de los valores informados en la columna comisiones relacionadas. El total de comisiones, debe ser igual a la suma de lo informado en las cuentas 2.41.11.11, 2.41.11.21 y 2.41.11.51 del Estado de Resultados. CIRCULAR: Nº1602 FECHA: 15.05.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 33 Total Comisiones compañía de seguros y/o AFP No Relacionada Corresponde a la suma automática de los valores informados en la columna comisiones no relacionadas. El total de comisiones, debe ser igual a la suma de lo informado en las cuentas 2.41.11.12, 2.41.11.22 y 2.41.11.52 del Estado de Resultados. Total Premios compañía de seguros Relacionadas Corresponde a la suma automática de los valores informados en la columna premios relacionados. El total de premios, debe ser igual a la suma de lo informado en la cuenta 2.41.11.61 del Estado de Resultados. Total Premios compañía de seguros No Relacionadas Corresponde a la suma automática de los valores informados en la columna premios no relacionados. El total de premios, debe ser igual a la suma de lo informado en la cuenta 2.41.11.62 del Estado de Resultados. Nota: La clasificación de ramos es según las circulares N° 1.122 de seguros generales y N° 1.439 de seguros de vida, ambas de la SVS.