CIR N° 1581 de 2002
CIRCULAR Nº 1581 FECHA: 17.01.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS 1 REF.: INSTRUYE SOBRE PUBLICACIÓN TRIMESTRAL DE LA CARTERA DE INVERSIONES DE LOS FONDOS MUTUOS. DEROGA CIRCULAR N716 DE 1987 y CIRCULAR Nº 888 DE 1989. Para todas las sociedades administradoras de fondos mutuos y administradoras generales de fondos Esta Superintendencia, en uso de sus facultades legales, ha estimado necesario impartir las siguientes instrucciones: Las sociedades administradoras deberán publicar la cartera de inversiones vigente al último día de cada trimestre calendario de cada uno de los fondos mutuos que administren. Esta publicación deberá efectuarse en su sitio en Internet, dentro de los ocho días hábiles siguientes al término de cada trimestre, ajustándose al formato que se incluye como Anexo N 1 de la presente circular. Para estos efectos, se entenderá como trimestre calendario a los períodos terminados los días 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre. Adicionalmente, en las oficinas de la sociedad administradora y en las de los agentes colocadores autorizados, deberá destacarse el hipervínculo y lugar dentro del sitio en Internet en que se hará la publicación antes referida. Para esta publicación deberán considerarse las definiciones y normas que se indican a continuación: 1. ANTECEDENTES GENERALES Deberá señalarse lo siguiente: a) Nombre del fondo mutuo b) Identificación del tipo de fondo mutuo Deberá indicarse el tipo de fondo mutuo de que se trate, transcribiendo la siguiente frase, completándola según corresponda: “De acuerdo a su política de inversión, éste es un FONDO MUTUO.....(señalar el tipo de fondo mutuo de que se trata, de acuerdo a la definición establecida en la Circular Nº 1.578 de 2002)”. c) Nombre de la sociedad administradora d) Serie de cuotas Deberá indicarse si el fondo posee serie de cuotas y la denominación de éstas, en caso que corresponda. e) Fecha de la cartera de inversiones. CIRCULAR Nº 1581 FECHA: 17.01.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS 2 f) Moneda en la cual se lleva la contabilidad del fondo Las cifras contenidas en la publicación, deberán ser expuestas en la moneda indicada en esta letra, expresada en miles de dicha moneda, sin decimales. 2. ANTECEDENTES DE LA CARTERA Deberá proporcionarse información respecto a lo siguiente: a) Desglose de inversiones: a.1) Instrumentos de Capitalización, y primas de opciones a.1.1) Instrumentos de capitalización de emisores nacionales, y primas de opciones y otros: deberá señalarse el total invertido por tipo de instrumento emitido por emisores nacionales, y primas de opciones, según las siguientes categorías, agrupándolos por sector económico cuando corresponda. - Acciones y derechos preferentes de suscripción de acciones - Cuotas de fondos de inversión y derechos preferentes - Cuotas de fondos mutuos - Primas de opciones - Otros títulos de capitalización a.1.2) Instrumentos de capitalización de emisores extranjeros, y primas de opciones y otros: deberá señalarse el total invertido por tipo de instrumento emitido por emisores extranjeros, y primas de opciones, según las siguientes categorías, agrupándolos por sector económico cuando corresponda. - Acciones, títulos representativos de éstas, tales como ADR’s y derechos preferentes de suscripción de acciones - Cuotas de fondos de inversión cerrados y derechos preferentes - Cuotas de fondos de inversión abiertos - Primas de opciones - Otros títulos de capitalización a.2) Instrumentos de Deuda a.2.1) Instrumentos de deuda de emisores nacionales: deberá señalarse el total invertido por tipo de instrumento emitido por emisores nacionales, según las siguientes categorías, agrupándolos por sector económico cuando corresponda. - Depósitos y/o pagarés de bancos e instituciones financieras CIRCULAR Nº 1581 FECHA: 17.01.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS 3 - Bonos de bancos e instituciones financieras - Letras de crédito de bancos e instituciones financieras - Pagarés de empresas - Bonos de empresas - Bonos de sociedades securitizadoras - Pagarés emitidos por el Estado y Banco Central - Bonos emitidos por el Estado y Banco Central - Otros títulos de deuda a.2.2.) Instrumentos de deuda de emisores extranjeros: deberá señalarse el total invertido por tipo de instrumento emitido por emisores extranjeros, en las siguientes categorías, agrupándolos por sector económico cuando corresponda: - Depósitos y/o pagarés de bancos e instituciones financieras - Bonos de bancos e instituciones financieras - Letras de crédito de bancos e instituciones financieras - Pagarés de empresas - Bonos de empresas - Bonos de sociedades securitizadoras - Pagarés emitidos por Estados y Bancos Centrales - Bonos emitidos por Estados y Bancos Centrales - Otros títulos de deuda Para efectos de lo señalado en las letras a.1) y a.2) la agrupación de los instrumentos deberá efectuarse de acuerdo a los siguientes sectores: Sector: Incluye: Agropecuario y forestal : Agrícolas, forestales, ganaderas. Alimentos y bebidas : Alimentos, bebidas. Comercio y distribución : Minoristas, multitiendas, supermercados. Comunicaciones : Telefonía, larga distancia, inalámbrica, voz y datos. Construcción/Inmobiliario : Constructoras, sociedades inmobiliarias, materiales de construcción. Energía : Eléctricas, gas, petróleo. Financiero : Bancos, seguros, pensiones, inversiones. Industrial : Metalmecánicas, maquinaria, metalúrgica, aeroespacial, químicas, papel y celulosa, textil. Minería : Extracción. Pesca : Extracción. Salud : Farmacéuticas, hospitales y clínicas, servicios médicos. Servicios : Turismo y hotelerías, entretención, televisión, radio, prensa escrita y servicios de información. CIRCULAR Nº 1581 FECHA: 17.01.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS 4 Tecnología : Hardware, software, equipos electrónicos, equipos de comunicación inalámbrica. Transportes : Aerolíneas, transporte terrestre, navieras. Otros productos y servicios : Aquellas actividades no incluidas en los sectores señalados. a.3) Otros: deberá indicarse el monto total por concepto de activos no incluidos en los ítems anteriores, tales como disponibles, otros instrumentos e inversiones financieras u otros activos. a.4) Total activos: corresponde a la suma de los ítems anteriores. a.5) Total pasivos (menos): corresponde a la suma de las cuentas de pasivos autorizadas. a.6) Total patrimonio: corresponde a la diferencia entre el total de activos y el de pasivos. b) Valor de inversión Corresponde al monto al cual está valorizada la inversión, en miles de pesos o de la moneda que corresponda, sin decimales. c) Porcentaje del activo del fondo Corresponde al porcentaje que representa cada inversión respecto del total de activos del fondo mutuo, expresado con dos decimales. 3.- OTROS ANTECEDENTES DE LA CARTERA DE INVERSIONES a) Clasificación de riesgo de los activos del fondo mutuo Deberá considerarse la totalidad de los activos del fondo mutuo que estén sujetos a alguna clasificación de riesgo, debiendo agruparse estos instrumentos según sea su clasificación, de acuerdo con las definiciones establecidas en los incisos segundo y tercero del artículo 88 del Título XIV de la Ley Nº 18.045, cuando corresponda e informar el porcentaje que éstos representen del total del activo del fondo. Esta clasificación deberá ser la vigente a la fecha a la que se refiere la publicación. En el caso de los instrumentos emitidos por emisores nacionales, la clasificación deberá haber sido determinada de acuerdo a las clasificaciones realizadas por los clasificadores privados a los que se refiere el Título XIV de la ley antes citada, inscritos en el registro de entidades clasificadoras de riesgo que para tales efectos lleva esta Superintendencia o la de Bancos e Instituciones Financieras, si correspondiere y a lo dispuesto en el segundo inciso del numeral 8 del artículo 13 del D.L. N° 1.328. Los instrumentos emitidos por el Estado de Chile y el Banco Central de Chile, deberán informarse en forma separada. CIRCULAR Nº 1581 FECHA: 17.01.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS 5 En todo caso, las inversiones deberán exponerse debidamente diferencias según el tipo de instrumento que se trate. b) Composición de la cartera de instrumentos de deuda según plazo al vencimiento y su duración Para cada fondo mutuo que mantenga inversiones en instrumentos de deuda, deberá señalarse la composición de dicha cartera de acuerdo al siguiente esquema, que deberá ser transcrito en forma textual: b.1) "Los instrumentos de deuda con plazo al vencimiento menor o igual a 365 días representan un ....% del activo del fondo." b.2) “Los instrumentos de deuda con plazo al vencimiento mayor a 365 días representan un ....% del activo del fondo”. b.3) “La duración de la cartera de los instrumentos de deuda del fondo, es de ..... días”. Además, se deberá agregar una nota donde se señale lo siguiente: “se entenderá por ‘duración de un instrumento’, el promedio ponderado de los vencimientos de sus flujos de caja (cupones y principal), donde los ponderadores son el valor presente de cada flujo como una proporción del precio del instrumento y por ‘duración de la cartera de inversiones', el promedio ponderado de la duración de los instrumentos componentes de dicha cartera”. c) Valor en Riesgo (Var) de la cartera de inversión. Aquellos fondos mutuos que establezcan en su reglamento interno que controlarán el riesgo asumido por su cartera de inversión, a través del método de gestión VaR (Valor en Riesgo), deberán indicar el límite de pérdida máxima diaria definida en el referido documento, así como también, el intervalo de tiempo y nivel de probabilidad o confianza, asociados a dicho límite. Asimismo, deberán señalar el número de días respecto del total de días del trimestre (indicador porcentual), durante los cuales la cartera del fondo presentó un riesgo de pérdida superior al VaR diario definido en el reglamento interno del fondo mutuo, así como también, el número de días respecto del total de días del trimestre (indicador porcentual), durante los cuales el riesgo de pérdida de la cartera excedió en un 50% el límite de pérdida máxima diaria definida en el referido documento, Lo anterior expresado con dos decimales. 4.- OPERACIONES DE PRODUCTOS DERIVADOS. Deberá entregarse información respecto de las operaciones del fondo que involucren contratos de futuro, forward y opciones. Específicamente deberá señalarse lo siguiente: a) Contratos de futuro de compra o de venta Deberá indicarse el valor total de la inversión del fondo en contratos de futuro, considerando la valorización de mercado de los contratos vigentes, tanto de CIRCULAR Nº 1581 FECHA: 17.01.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS 6 Posición compradora como vendedora, y el monto total comprometido, en miles de pesos o de la moneda que corresponda, sin decimales. b) Contratos forward o de compra o venta Deberá indicarse el valor total de la inversión del fondo en contratos forwards, considerando la valorización del mercado de los contratos vigentes, tanto de posición compradora como vendedora, y el monto total comprometido, en miles de pesos o de la moneda que corresponda, sin decimales. c) Contratos de opciones de compra o de venta Deberá especificarse la valorización total de los contratos a precio de ejercicio; y la valorización total de los contratos a precio de mercado en miles de pesos o de la moneda que corresponda, sin decimales. d) Contratos de opciones en que el fondo mutuo actúa como lanzador (compra o venta) En este caso deberá señalarse el valor total de los contratos a precio de ejercicio; el valor total de los contratos a precio de mercado, ambos en miles de pesos o de la moneda que corresponda, sin decimales y el monto total comprometido como porcentaje del activo total del fondo, considerando la valorización de los contratos a precio de ejercicio. En este último caso se deben utilizar dos decimales. Para efectos de lo dispuesto en este numeral deberá tenerse en consideración lo establecido en la Circular Nº 1.333 de 1997 o la que la modifique o reemplace. Además, deberá señalarse el total de los recursos del fondo comprometido en márgenes, producto de las operaciones en contratos de futuro y forwards y el lanzamiento de opciones que se mantengan vigentes, en miles de pesos o de la moneda que corresponda, sin decimales, indicando el porcentaje que este monto representa sobre el activo total del fondo con dos decimales. 5. ANTECEDENTES ADICIONALES a) Rentabilidad Deberá proporcionarse información respecto a la rentabilidad del valor cuota del fondo o de la serie, según corresponda. Específicamente, deberán consignarse las rentabilidades nominales y reales correspondientes al último mes, al último trimestre, a los últimos doce meses y a los últimos tres años, expresadas en porcentaje y con dos decimales. Si el fondo lleva la contabilidad en moneda extranjera, la sociedad administradora sólo estará obligada a informar la rentabilidad nominal, para los mismos períodos señalados en el párrafo precedente, considerando los valores cuotas correspondientes, expresados en la moneda extranjera en que el fondo lleva la contabilidad. CIRCULAR Nº 1581 FECHA: 17.01.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS 7 En todo caso, deberá darse cumplimiento a lo establecido en los N° 1, 2 y 3, de corresponder, de la Sección A de la Circular N° 1753, de 2005 o la que la modifique o reemplace. El cálculo de las rentabilidades antes referidas deberá efectuarse conforme a las siguientes expresiones: a.1) Rentabilidades nominales a.1.1) Rentabilidad nominal del último mes: donde: Rm(%)= Rentabilidad del último mes terminado el día para el cual se publica la cartera, expresada como porcentaje. VC1 = Valor de la cuota al último día del trimestre informado. VCo = Valor de la cuota al último día del segundo mes del trimestre informado. Fa = Factor de ajuste, si se efectuaron repartos en cuotas del fondo o de la serie, según corresponda, durante el mes, por efecto de suspensión de transacción y cotización de acciones, su correspondiente valorización en cero y su posterior revalorización, de acuerdo a la siguiente expresión. donde: Fa = Factor de ajuste Cex = Número total de cuotas emitidas del fondo o de la serie, según corresponda, con motivo de la revalorización del activo “x” el día del levantamiento de la suspensión. CCx = Número de cuotas en circulación del fondo o de la serie, según corresponda, antes del inicio del horario bancario, del día en que la acción “x” se valorizó en cero. Fr = Factor de reparto, que puede estar determinado por las siguientes situaciones: 100 1 0 1 a ) % ( F F VC VC R r m 1 x x a CC CE F CIRCULAR Nº 1581 FECHA: 17.01.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS 8 i) Si se efectuaron repartos de beneficios en dinero durante el mes, de acuerdo a la siguiente expresión: donde: Fr = Factor de Reparto. dn = Monto repartido por cuota “n”, del fondo o de la serie que corresponda. VCn = Valor de la cuota, ex - reparto número “n”, del fondo o de la serie según corresponda. n = Número de repartos ii) Si se efectuaron repartos de beneficios en cuotas durante el mes, de acuerdo a la siguiente expresión: donde: Fr = Factor de Reparto Cen = Número total de cuotas emitidas del fondo o de la serie según corresponda, con motivo de la distribución de beneficios. CCn = Número de cuotas en circulación del fondo o de la serie, según corresponda, el día anterior a la fecha de distribución de los beneficios. n = Número de repartos. a.1.2) Rentabilidad nominal del último trimestre: Acumulada Promedio mensual 100 1 0 1 a ) % ( F F VC VC R r pt 100 1 0 1 3 1 a ) % ( F F VC VC R r ptm 1 .... * 1 2 1 1 2 1 n n r VC d VC d VC d F 1 .... * 1 2 2 * 1 1 1 n n r CC CE CC CE CC CE F CIRCULAR Nº 1581 FECHA: 17.01.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS 9 donde: Rpt(%) = Rentabilidad acumulada del último trimestre terminado el día para el cual se publica la cartera, expresada como porcentaje. Rptm(%) = Rentabilidad promedio mensual del último trimestre terminado el día para el cual se publica la cartera, expresada como porcentaje. VC1 = Valor de la cuota al último día del trimestre informado. VC0 = Valor de la cuota al último día del mes anterior al trimestre informado. Fa = Factor de ajuste, si se efectuaron repartos en cuotas durante el trimestre por valorización en cero de acciones, calculado de acuerdo a la expresión indicada en a.1.1) de este numeral. Fr = Factor de reparto, si se efectuaron repartos de beneficios durante el trimestre, calculado de acuerdo a la expresión indicada en a.1.1) de este numeral. a.1.3) Rentabilidad nominal correspondiente a los últimos doce meses: Acumulada Promedio mensual donde: Ra(%) = Rentabilidad acumulada de los últimos doce meses terminados el día para el cual se publica la cartera, expresada como porcentaje. Ram(%) = Rentabilidad promedio mensual de los últimos doce meses, expresada como porcentaje. VC1 = Valor de la cuota al último día del trimestre informado. VCo = Valor de la cuota al último día del décimo mes anterior al trimestre informado. Fa = Factor de ajuste, si se efectuaron repartos de cuotas por valorización en cero de acciones, durante el período de los doce meses, calculado en la forma señalada en a.1.1) de este numeral. Fr = Factor de reparto, si se efectuaron repartos de beneficios durante los últimos doce meses, calculado de acuerdo a la expresión indicada en a.1.1) de este numeral. 100 1 0 1 a ) % ( F F VC VC R r a 100 1 0 1 12 1 a ) % ( F F VC VC R r am CIRCULAR Nº 1581 FECHA: 17.01.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS 10 a.1.4) Rentabilidad nominal de los últimos tres años: Acumulada Promedio mensual donde: Ra3(%) = Rentabilidad acumulada del fondo para los últimos tres años terminados el día para el cual se publica la cartera, expresada como porcentaje. Ram3(%) = Rentabilidad promedio mensual del fondo para los últimos tres años, expresada como porcentaje. VC1 = Valor de la cuota al último día del trimestre informado. Vco = Valor de la cuota al último día del trigésimo cuarto mes anterior al trimestre informado. Fa = Factor de ajuste, si se efectuaron repartos de cuotas por valorización en cero de acciones durante el período de los tres años, calculado en la forma señalada en a.1.1) de este numeral. Fr = Factor de reparto, si se efectuaron repartos de beneficios durante los últimos tres años , calculado de acuerdo a la expresión indicada en el numeral a.1.1). a.2) Rentabilidades reales Corresponderán a las rentabilidades para los períodos señalados en los puntos a.1.1) al a.1.4) de este numeral, considerando el valor de la cuota del fondo o de la serie, según corresponda, al último día del trimestre informado, expresado en Unidades de Fomento de ese día, y el valor de la cuota respectiva al último día del mes anterior al período correspondiente, expresado en Unidades de Fomento de ese día. Lo anterior, para aquellos fondos mutuos que lleven su contabilidad en pesos. b) Cargos efectuados al fondo b.1) Remuneración de la sociedad administradora Se deberá indicar por fondo o para cada serie de cuotas, según corresponda, lo siguiente: 100 1 0 1 a ) % ( 3 F F VC VC R r a 100 1 0 1 36 1 a ) % ( 3 F F VC VC R r am CIRCULAR Nº 1581 FECHA: 17.01.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS 11 - La remuneración de la sociedad administradora establecida en el reglamento interno del fondo en términos anuales. - La remuneración devengada a favor de la sociedad administradora durante el trimestre a que se refiere la publicación, acumulada, expresada como porcentaje sobre el patrimonio del fondo (ambos conceptos calculados en forma diaria), en términos anuales b.2) Gastos de operación En relación a lo establecido en el inciso primero del artículo 23 del D.S. N° 249, se deberá indicar lo siguiente: - Los gastos de operación atribuibles al fondo o a las series de cuotas, según corresponda, conforme a lo establecido en el reglamento interno del fondo, en términos anuales.. - Los gastos de operación cargados al fondo o a las series de cuotas, según corresponda, durante el trimestre a que se refiere la publicación, acumulados, expresados como el porcentaje de dichos gastos sobre el patrimonio del fondo (ambos conceptos calculados en forma diaria), en términos anuales. - Los tipos de gastos en que se incurrió durante el trimestre respectivo. b.3) Otros gastos En relación a lo establecido en el inciso segundo del artículo 23 del D.S. N° 249, se deberá indicar lo siguiente: - Los otros gastos atribuibles al fondo o a las series de cuotas, según corresponda, conforme a lo establecido en el reglamento interno del fondo- - Los otros gastos cargados al fondo o a las series de cuotas, según corresponda, durante el trimestre a que se refiere la publicación, acumulados, expresados como el porcentaje de dichos gastos sobre el patrimonio del fondo (ambos conceptos en forma diaria), en términos anuales. - Los tipos de otros gastos en que se incurrió durante el trimestre respectivo. c) Comisiones de colocación Se deberá indicar el porcentaje o monto de comisión por concepto de colocación de cuotas cobrada al partícipe por fondo o para cada serie de cuotas, según corresponda, conforme a lo establecido en el reglamento interno del fondo. En caso de existir una estructura de comisiones que considere distintos porcentajes o montos, deberá indicarse a lo menos el porcentaje máximo que se cobrará, e incluir la siguiente frase. “Infórmese acerca de la estructura de comisiones del fondo en el reglamento interno y en el contrato de suscripción de cuotas”. CIRCULAR Nº 1581 FECHA: 17.01.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS 12 d) Otra información Se deberá indicar que para una mayor información sobre los aspectos señalados en las letras b) y c) anteriores, el partícipe puede informarse al respecto en el reglamento interno del fondo y/o en los estados financieros del mismo. Respecto de la información proporcionada en las letras b) y c) precedentes, se deberá señalar si la información proporcionada incluye el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) o si éste debe adicionarse. Asimismo, en caso de que los cargos efectuados al fondo y/o las comisiones sean cero, deberá indicarse expresamente tal situación. DEROGACIÓN Derógase la Circular N 716 de 30 de junio de 1987 y la Circular Nº 888 de septiembre de 1989. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Las sociedades administradoras deberán continuar publicando mensualmente las carteras de los fondos que administren conforme a la Circular Nº 716 de 1987, hasta que estén en condiciones de implementar las instrucciones impartidas por la presente circular. En todo caso, la información correspondiente al segundo trimestre de este año (30 de junio de 2002), deberá ser publicada conforme a lo dispuesto en esta circular. VIGENCIA. La presente Circular rige a contar desde esta fecha. SUPERINTENDENTE CIRCULAR Nº 1581 FECHA: 17.01.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS 13 ANEXO N° 1 FORMATO DE LA PUBLICACION TRIMESTRAL Nombre del Fondo Mutuo : ………………………………………………………………………… Tipo de Fondo Mutuo : De acuerdo a su política de inversión, este es un FONDO MUTUO Nombre de Soc. Administradora : ………………………………………………………………………… Series de cuotas : ………………………………………………………………………… Fecha de la cartera de inversiones : ………………………………………………………………………… Moneda en la cual se lleva la contabilidad del fondo : ………………………………………………………………………… ANTECEDENTES DE LA CARTERA DE INVERSIONES VALOR DE LA INVERSION (miles de pesos o de la moneda que corresponda) % DEL ACTIVO DEL FONDO Clasificación de Riesgo de los Activos INSTRUMENTOS DE CAPITALIZACION DE EMISORES NACIONALES a) Los instrumentos de deuda de la cartera emitidos por el Estado de Chile o el Banco Central de Chile representan un ……………% del total del activo del fondo. Acciones (por sector) ………………………………… … ………………………………… … Total b) Los instrumentos de la certera que cuentan con clasificación de riesgo en categoría AAA, AA o N -1 representan un ………….% del total del activo del fondo. INSTRUMENTOS DE CAPITALIZACION DE EMISORES EXTRANJEROS Acciones (por sector) ………………………… ................................... Total Total Instr. de Capitalización Nacional y Extranjera. c) Los instrumentos de la cartera que cuentan con clasificación de riesgo de categoría A o N-2, representan un …….….% del total del activo del fondo d) Los instrumentos de la cartera que cuentan con clasificación de riesgo de categoría BBB o N-3 representan un ….…….% del total del activo del fondo INSTRUMENTOS DE DEUDA DE EMISORES NACIONALES e) Los instrumentos de la cartera que cuentan con clasificación de riesgo de categoría BB, B o N-4, representan un ………% del total del activo del fondo. Depósitos y/o Pagarés de Bancos e Instituciones Financieras ………………………… ………………………… Total INSTRUMENTOS DE DEUDA DE EMISORES EXTRANJEROS f) g) Los instrumentos de la cartera que cuentan con clasificación de riesgo de categoría C o D, representan un………..% del total del activo del fondo. Los instrumentos de la cartera que cuentan con clasificación de riesgo de categoría E o N-5, representan un ………..% del total del activo del fondo. Depósitos y/o Pagarés de Bancos e Instituciones Financieras ………………………… ………………………… Total Total Inst. de Deuda Nacional y Extranjera TOTAL CARTERA DE INVERSIONES h) Los instrumentos de la cartera que no cuentan con clasificación de riesgo, representan un ……..% del total del activo del fondo. OTROS ACTIVOS TOTAL ACTIVOS CIRCULAR Nº 1581 FECHA: 17.01.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS 14 TOTAL PASIVOS i) Los instrumentos de la certera que cuentan con clasificación de riesgo …….(distinta a las anteriores), representan un ………% del total del activo del fondo. TOTAL PATRIMONIO OPERACIONES DE PRODUCTOS DERIVADOS Composición de la cartera de Renta Fija según Plazo al Vencimiento y su Duración. a) Contratos de Futuro de Compra o de Venta. a) b) c) Los instrumentos de deuda con plazo al vencimiento menor o igual a 365 días representan un …..% del activo del fondo. Los instrumentos de deuda con plazo al vencimiento mayor a 365 días representan un ………% del activo del fondo. La duración de la cartera de los instrumentos de deuda del fondo es de ……. días. Monto Comprometido (Miles de pesos o de la moneda que corresponda) Valor Mercado de los contratos (Miles de pesos o de la moneda que corresponda) b) Contratos de Forward de Compra o de venta Monto Comprometido (Miles de pesos o de la moneda que corresponda) Valor Mercado de los contratos (Miles de pesos o de la moneda que corresponda) c) Contratos de Opciones de Compre o de Venta Valor Total de Contratos de Precio de Ejercicio (Miles de pesos o de la moneda que corresponda) Valor Total de Contratos a Precio de Mercado (Miles de pesos o de la moneda que corresponda) d) Contratos de Opciones en que el Fondo Mutuo actúa como lanzador Nota: Se entenderá por “duración de instrumento”, el promedio ponderado de los vencimientos de sus flujos de caja (cupones y principal), donde los ponderadores son el valor presente de cada flujo como una proporción del precio del instrumento y por “duración de la cartera de inversiones”, el promedio ponderado de la duración de los instrumentos componentes de dicha cartera. Valor Total de Contratos a Precio de Ejercicios (Miles de pesos o de la moneda que corresponda) Valor Total de Contratos a Precio de Mercado (Miles de pesos o de la moneda que corresponda Monto Comprometido sobre el Activo del Fondo (%) e) Monto Comprometido En Márgenes (Miles de pesos o de la moneda que corresponda) Porcentaje sobre el Activo(%) RENTABILIDAD DEL FONDO Rentabilidades para las cuotas que permanecieron todo el período sin ser rescatadas. FONDO / SERIE Rentabilidad Último Mes Último Trimestre Últimos Doce Meses Últimos Tres años Acumulada Promedio Mensual Acumulada Promedio Mensual Acumulada Promedio Mesual Real Nominal Variación Unidad de Fomento Las rentabilidades o ganancias obtenidas en el pasado por este fondo, no garantiza que ellas se repitan en el futuro. Los valores de las cuotas de los fondos mutuos son variables. CIRCULAR Nº 1581 FECHA: 17.01.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS 15 CARGOS EFECTUADOS AL FONDO Remuneración de la Sociedad Administradora a) La remuneración de la sociedad administradora establecida en el reglamento interno del fondo es ………..…..% del patrimonio. b) La remuneración devengada a favor de la sociedad administradora durante el último trimestre fue de …….…% del patrimonio Gastos de operación a) Los gastos de operación atribuibles al fondo (serie), conforme a lo establecido en el reglamento internos son ….….………………………………………………………. b) Los gastos de operación cargados al fondo (serie) durante el último trimestre alcanzaron un ………….% del patrimonio. c) Los gastos en los cuales se incurrió fueron …………………………………………………………. Otros gastos a) Los otros gastos atribuibles al fondo (serie), conforme a lo establecido en el reglamento interno son ………….….…. b) Los otros gastos cargados al fondo (serie) durante el último trimestre alcanzaron un ………...% del patrimonio. c) Los gastos en los cuales se incurrió fueron …………………………………………………………… Comisiones de Colocación La comisión de colocación de cuotas a los partícipes, según su reglamento interno, es de ………………………………….. CIRCULAR Nº 1581 FECHA: 17.01.2002 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS 16 Valor en riesgo (VaR) de la cartera Pérdida máxima definida en el reglamento Interno Intervalo de tiempo y nivel de probabilidad o confianza % N° de días respecto del total de días del trimestre durante los cuales se superó el VaR definido en el Reglamento Interno N° de días respecto del total de días del trimestre durante los cuales se excedió el riesgo de pérdida de la cartera que supera en un 50% el VaR definido en el reglamento Interno