Normativa CMF

CIR N° 1265 de 1996

PUBLICACION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS ANUALES (ES)

CIRCULAR Nº 1265 FECHA: 06.02.1996 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 1 REF.: PUBLICACION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS ANUALES. DEROGA CIRCULAR Nº 108 DE DICIEMBRE DE 1981. Para todas las entidades aseguradoras y reaseguradoras Esta Superintendencia, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 4º letra g) del D.L. Nº 3.538 de 1980, 76º y 129º de la ley Nº 18.046, ha estimado oportuno impartir nuevas normas acerca de la forma y contenido de los estados financieros que deben presentar anualmente al público las compañías de seguros y reaseguros. Los estados financieros a presentar por las entidades aseguradoras y reaseguradoras están descritos en los capítulos I y II, para Compañías de Seguros Generales y de Vida, respectivamente, y son los siguientes: - Balance General; - Estado de Resultados; - Estado de Flujo de Efectivo; - Estados Financieros Consolidados (cuando corresponda, de acuerdo a la normativa vigente). Las notas explicativas, descritas en los capítulos antes señalados para cada uno de los grupos, forman parte integrante de los estados financieros. Los estados financieros básicos deberán incluir: - Nombre de la entidad; - Grupo de Seguros en que opera; - Administración: indicando nombres y apellidos del Representante Legal, Gerente General y Gerente de Finanzas; - Nombre de los 10 mayores accionistas señalando el nombre completo de cada uno de ellos, indicando si es persona natural o jurídica y si es nacional o extranjero; - Fechas o períodos cubiertos por cada estado financiero; - Clasificación: se deberán indicar los resultados de las últimas clasificaciones efectuadas, por las clasificadoras de riesgo correspondientes, señalando el nombre de las mismas; - Nombre de los auditores externos y el dictamen respectivo; e - Indicación al final de cada estado, mencionando que las notas forman parte integral de éstos y señalando el número de notas incorporadas. Los estados financieros anuales a publicarse por las entidades aseguradoras y reaseguradoras, deberán presentarse auditados, por auditores independientes inscritos en el Registro que al efecto lleva esta Superintendencia, en conformidad a la normativa vigente. Estos deberán presentarse a este Organismo conjuntamente con la FECU correspondiente al 31 de diciembre de cada año. Los estados financieros básicos deberán ser preparados en forma comparativa incluyendo el ejercicio que se está informando y el inmediatamente anterior. Las cifras presentadas en forma comparativa referidas al ejercicio anterior deberán reajustarse de acuerdo al porcentaje de variación experimentado por el índice de precios al consumidor (IPC), comprendido entre el mes anterior al de cierre de los estados financieros del ejercicio anterior y el mes anterior al de cierre de los estados financieros que se están CIRCULAR Nº 1265 FECHA: 06.02.1996 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 2 informando. Los estados financieros deberán prepararse de acuerdo a los principios y normas contables generalmente aceptados emitidos por el Colegio de Contadores de Chile A.G., siempre que no se contradigan con las normas dictadas por esta Superintendencia, en cuyo caso primarán estas últimas sobre aquéllas. Es necesario señalar que las normas de presentación de los estados financieros son, necesariamente, de carácter general, y por lo tanto, en el evento de no existir claridad respecto a situaciones específicas, éstas deberán ser consultadas previamente a esta Superintendencia. I. SEGUROS GENERALES. A. ESTADOS FINANCIEROS SEGUROS GENERALES 1. BALANCE GENERAL Las entidades aseguradoras y reaseguradoras del primer grupo, deberán publicar el Cuadro 5.01 Balance General, de la Circular Nº 1122, de 1993. 2. ESTADO DE RESULTADOS Las entidades aseguradoras y reaseguradoras del primer grupo, deberán publicar el Cuadro 5.02 Estado de Resultados de la Circular Nº 1122, de 1993. 3. ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO El Estado de Flujo de Efectivo es un informe financiero contable que muestra una clasificación de los ingresos y egresos de efectivo generados en un determinado período. Los objetivos principales de este estado, radican en permitir a las entidades aseguradoras y reaseguradoras, evaluar su capacidad para generar flujos de efectivo netos positivos, cumplir con sus obligaciones y pagos de dividendos, determinar la necesidad de obtener financiamiento externo e incentivar la inversión. Adicionalmente, este estado permite explicar las diferencias entre la utilidad o pérdida del ejercicio y los flujos en efectivo generados o utilizados para actividades de la operación. 4. ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS Los estados financieros consolidados (balance, estado de resultados y estado de flujo de efectivo), deben presentarse, cuando corresponda, de acuerdo a lo dispuesto en la Circular sobre valorización de inversiones. B. NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS - SEGUROS GENERALES. Las notas a los estados financieros representan la divulgación de información que no está directamente reflejada en dichos estados y sus anexos y que es de utilidad para los usuarios de la información financiera. Las notas explicativas forman parte integral de los estados financieros, siendo obligatoria su publicación. Se deberá poner especial cuidado en su redacción y presentación, a fin de asegurar que éstas sean fácilmente entendidas e interpretadas. A través de esta Circular, se establece la información mínima que deberá proporcionarse en las notas explicativas, no eximiéndose por tanto la administración de la sociedad de la responsabilidad de divulgar toda información esencial. Se imparten las siguientes instrucciones relativas a las notas explicativas de los estados financieros anuales con el fin de CIRCULAR Nº 1265 FECHA: 06.02.1996 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 3 establecer criterios mínimos de publicación: a) Normas contables aplicadas: se incluirá una descripción de los principios contables aplicados. Esta descripción se refiere fundamentalmente, a la selección de un principio contable cuando existen varias alternativas aceptables, a criterios particulares de la actividad del seguro y a normas que tienen un efecto significativo en la posición financiera y en los resultados de operación. Entre éstos se mencionan los siguientes: - Período cubierto por los estados financieros si éste es diferente al requerido. - Base de conversión (cuando existen transacciones o estados financieros en moneda extranjera). - Métodos usados en la depreciación del activo fijo. - Normas sobre valorización de inversiones (Renta Fija, Renta Variable y Activo Fijo). - Normas sobre constitución de reservas (Reservas de Riesgo en Curso, de Siniestros y Otras Reservas Adicionales). b) Cambios contables: se deberá señalar todo cambio en la aplicación de principios contables, indicando al menos: naturaleza del cambio, justificación para hacerlo, efectos en resultados y en otras partidas de los estados financieros. Asimismo, se deberá indicar cambio en estimaciones cuando el efecto sea significativo, por ejemplo, modificaciones en la valorización de inversiones, cambio en estimación de vida útil de activos fijos, corrección de errores de ejercicios anteriores, reclasificación de estados financieros anteriores cuando sea importante para analizar y usar la información. c) Corrección monetaria: indicar las bases de corrección monetaria, índices aplicados y cualquier otro antecedente relevante al respecto. d) Impuesto a la Renta: se deberá incluir la provisión del ejercicio, monto de los pagos provisionales, monto de las pérdidas tributarias imputables a utilidades no distribuidas, tasa de impuestos si la empresa goza de alguna franquicia y cualquier otra información relevante al respecto. También deberá incluir cualquier información respecto a impuestos diferidos de acuerdo a la Circular Nº 986 y modificaciones posteriores, de esta Superintendencia. e) Inversiones: se deberá publicar la cuenta 5.11.00.00 Inversiones de la Circular Nº 1122 y su correspondiente apertura, cuentas 5.11.10.00 hasta la cuenta 5.11.26.00, según lo indicado en la página 3 del formato FECU normado en Circular Nº 1122. f) Operaciones de Leasing: -Leasing Otorgados: se deberá publicar el Anexo 7.1 de la Circular Nº 1122. Si existen otros activos, distintos de bienes raíces entregados en leasing, se deberá publicar una nómina de dichos bienes, indicándose las características y condiciones relevantes de los contratos, tales como monto del compromiso adquirido, vigencia del contrato, condiciones para la anticipación de la compra en caso de existir, así como cualquier otro antecedente relevante al respecto. -Leasing Recibidos: corresponde publicar los activos recibidos en leasing, incluidos en la cuenta 5.14.22.00, CIRCULAR Nº 1265 FECHA: 06.02.1996 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 4 Otros Derechos de la Circular Nº 1122. Para los contratos de leasing recibidos se deberá indicar las características y condiciones relevantes de los contratos, tales como monto del compromiso adquirido, vigencia del contrato, condiciones para la anticipación de la compra en caso de existir, así como cualquier otro antecedente relevante al respecto. g) Operaciones de Cobertura de Riesgo Financiero: se deberá informar acerca de las operaciones de cobertura de riesgo financiero realizadas por la compañía, que afecten a sus cartera de inversiones y a su estructura de activos y pasivos. La información sobre las operaciones vigentes al 31 de diciembre, deberá publicarse en cuadros del Oficio Circular Nº 4936 del 15 de noviembre de 1995. h) Reservas Técnicas: se debe presentar las reservas técnicas, Reserva de Riesgo en Curso, Reserva de Siniestros por Pagar; constituidas por la entidad aseguradora o reaseguradora, considerando lo señalado en la primera parte del Anexo Nº 13 de la Circular Nº 1122 ya mencionada, y el último recuadro del mismo anexo, cuando corresponda, por operaciones en el extranjero. i) Cumplimiento Régimen de Inversiones y Endeudamiento: corresponde publicar el Anexo Nº 16 de la Circular Nº 1122. j) Cambios en el Patrimonio: se deberá publicar el cuadro que a continuación se indica que es un resumen del Anexo Nº 15 de la Circular Nº 1122 (puede publicarse en miles de $). RESUMEN ANEXO Nº 15 PATRIMONIO CUENTA 5.24.00.00) (cifras en miles de pesos) SALDOS AL 31 DIC ... DISTRIB. UTILIDAD EJERCICIO ANTERIOR VARIAC.D E CAPITAL REVALORIZ. AJUSTES SALDOS AL ... 1 2 3 4 5 6 5.24.10.00 Capital pagado 5.24.20.00 Reservas legales 5.24.30.00 Reservas reglamentarias 5.24.40.00 Utilidades (pérdidas) retenidas 5.24.41.00 Utilidades acumuladas 5.24.42.00 Pérdidas acumuladas 5.24.43.00 Ut. (Pérd.) del ejercicio 5.24.44.00 Divid. provisorios 5.24.45.00 Otros 5.24.00.00 PATRIMONIO Se deberá señalar las reformas de estatutos relativas a variaciones de capital, indicando el número y fecha de la resolución que autorizó la última reforma de estatutos de la sociedad correspondiente a variaciones de capital. Asimismo, se deberá indicar brevemente el contenido de dicha reforma de estatutos. k) Reaseguros Vigentes: debe publicarse el Anexo Nº 19 de la Circular Nº 1122. CIRCULAR Nº 1265 FECHA: 06.02.1996 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 5 l) Obligaciones con Instituciones Financieras: en esta nota se deberá señalar la situación de deuda que mantiene la compañía con instituciones financieras, publicando el Anexo 14 de la Circular Nº 1122, de 1993. m) Transacciones con Personas Relacionadas: las transacciones con personas relacionadas entendiéndose por tales las definidas en el Título XV de la ley Nº 18.045, deberán ser adecuadamente reveladas en esta nota. Dicha revelación deberá incluir al menos lo siguiente: 1. Descripción precisa de la naturaleza de la relación. 2. Detalle de las transacciones efectuadas en el período que se reporte. 3. Monto de las transacciones y su efecto en los resultados del ejercicio. 4. Detalle de los saldos por cobrar o pagar con personas relacionadas y los términos y forma de cobro o pago de las operaciones. 5. Cambios, si los hubiere, en el método de establecer los términos de las operaciones, respecto de aquél utilizado en períodos anteriores. Deberá indicarse en forma clara el nombre o razón social y RUT de la persona relacionada. n) Gastos de Organización y Puesta en Marcha: se deberá mostrar un detalle de los diferentes gastos que conforman esta partida. Asimismo, deberá señalarse el período de tiempo en que se amortizarán estos gastos, el saldo no amortizado y el monto de la amortizacíón correspondiente al ejercicio. ñ) Remuneración del Directorio: en esta nota deberá detallarse toda remuneración u otro estipendio que los directores hayan percibido de la sociedad, durante el período que se está informando. o) Pasivos Indirectos: debe señalarse todo pasivo indirecto que mantenga la entidad aseguradora a la fecha de los estados financieros, entendiéndose por éstos, todas aquellas obligaciones contraídas por la compañía que no se reflejen en el pasivo exigible, según lo definido en la normativa vigente. p) Contingencias y Compromisos: esta nota debe incluir lo siguiente: monto y descripción de activos en garantía, juicios o contingencias similares, que a la fecha del balance no han sido registrados, hipotecas y similares; monto de avales otorgados y cualquier pasivo indirecto contraído por la empresa, compromisos por inversiones en activo y su financiamiento. q) Sanciones: deberá dejarse establecido en esta nota las sanciones aplicadas, durante el período por esta Superintendencia, hayan sido éstas a los directores, administradores, dependientes o a la sociedad misma. r) Hechos posteriores: deberá señalarse todos aquellos hechos que afecten significativamente la situación actual o futura de la entidad aseguradora, ocurridos entre la fecha de cierre de los estados financieros y la de presentación de ellos a esta Superintendencia. II. SEGUROS DE VIDA. A. ESTADOS FINANCIEROS SEGUROS DE VIDA 1. BALANCE GENERAL CIRCULAR Nº 1265 FECHA: 06.02.1996 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 6 En el Anexo A se presenta el balance a publicar, el cual incluye las cuentas que a continuación se señalan: ACTIVOS Las cuentas del activo serán distribuidas en las siguientes cuatro clasificaciones generales: - Inversiones; - Deudores por Primas Asegurados; - Deudores por Reaseguro; - Otros Activos. INVERSIONES Esta cuenta está compuesta por la totalidad de las inversiones de la entidad aseguradora o reaseguradora, formando parte también, aquellas inversiones que se encuentran afectas a gravámenes, prohibiciones u otros actos o contratos que impidan su libre cesión o transferencia. En las inversiones deberá publicarse los totales correspondientes a inversiones financieras y a inversiones inmobiliarias. DEUDORES POR PRIMAS ASEGURADOS Esta cuenta deberá comprender la totalidad de la deuda que mantienen los asegurados con la compañía, por concepto de ventas de seguros a crédito. Estas primas, deben reflejarse netas de IVA y de las provisiones estipuladas en la normativa correspondiente. Asimismo, se deberá clasificar en esta cuenta las deudas por primas generadas por operaciones de coaseguros en el caso que la compañía actuare como partícipe no líder. DEUDORES POR REASEGUROS Esta cuenta deberá comprender la totalidad de las deudas que mantienen con la entidad aseguradora o reaseguradora los reasegurados y reaseguradores, resultante de los contratos de reaseguro. OTROS ACTIVOS Esta cuenta incluirá aquellos activos que no correspondan a algunos de los clasificados anteriormente. PASIVOS Incluirá todos los pasivos de la compañía y serán distribuidos en las siguientes 3 clasificaciones generales: - Reservas Técnicas; - Obligaciones con Instituciones Financieras; - Otros Pasivos. RESERVAS TECNICAS Esta cuenta está formada por la totalidad de las obligaciones de las entidades aseguradoras y reaseguradoras con los asegurados y reasegurados. Se compone de las siguientes subcuentas: CIRCULAR Nº 1265 FECHA: 06.02.1996 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 7 a) Riesgo en Curso: corresponde a la reserva de riesgo en curso establecida en la normativa para los seguros vigentes, más el 100% de la prima directa de los seguros cuyo inicio de vigencia es posterior a la fecha de los estados financieros y a aquellas reservas que establezcan las entidades aseguradoras y reaseguradoras, de acuerdo a la normativa vigente. b) Reserva Matemática: corresponde a la reserva técnica de seguros del segundo grupo, equivalente al valor actual de los pagos futuros que generarán las pólizas, menos el valor actual de las primas futuras; excluidos los seguros previsionales de que trata el D.L. 3.500, de 1980. c) Reserva de Siniestros: es la obligación de la compañía con los asegurados y reasegurados en relación al monto de los siniestros ocurridos reportados y no reportados, de los costos de liquidación asociados a éstos que hayan afectado a las suscripciones de riesgos de la entidad aseguradora y que no han sido pagados. Esta obligación se presenta neta de reaseguro, con excepción de algunos casos expresamente estipulados en la normativa vigente. Corresponde presentar en la reserva de siniestros, la reserva técnica constituida por seguros previsionales a que se refiere el D.L. 3.500, de acuerdo a la normativa vigente. d) Por Reaseguro: son las obligaciones que mantiene la entidad aseguradora o reaseguradora por concepto de reaseguros y coaseguro, originadas principalmente por sesiones y retrosesiones. e) Otras Reservas: corresponde a las reservas adicionales y cualquier reserva de carácter especial dispuestas por las compañías. OBLIGACIONES CON INSTITUCIONES FINANCIERAS Esta cuenta está formada por la totalidad de las obligaciones de las entidades aseguradoras y reaseguradoras con banco e instituciones financieras tanto de corto como de largo plazo. OTROS PASIVOS Corresponde a todas aquellas obligaciones no clasificadas anteriormente. PATRIMONIO Corresponde publicar el total de la cuenta 23.000 de la Ficha Estadística Codificada Uniforme (FECU). 2. ESTADO DE RESULTADOS En el Anexo B se presenta el Estado de Resultados a publicar, el cual incluye las cuentas que a continuación se señalan: INGRESOS DE EXPLOTACION Corresponde a los ingresos devengados en el período, relacionados directamente con la actividad aseguradora. Se obtiene de la diferencia entre la cuenta Prima Retenida Neta y la cuenta Ajuste Reserva de Riesgo en Curso y matemática de vida. PRIMA RETENIDA NETA Corresponde a aquella prima que genera compromisos de total responsabilidad de la entidad aseguradora. Se obtiene de la prima directa más la prima aceptada menos la prima cedida. AJUSTE DE RESERVA TECNICA CIRCULAR Nº 1265 FECHA: 06.02.1996 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 8 Corresponde a la diferencia entre la reserva de riesgo en curso y matemática constituida a la fecha de cierre de los estados financieros que se están informando y aquélla constituida a la fecha de cierre del ejercicio anterior. COSTOS DE EXPLOTACION Corresponde a todos los costos del período relativos a la actividad aseguradora. Es igual a la suma de las cuentas Costo de Siniestro, Costo de Intermediación y Costo de Administración. COSTO DE SINIESTRO Corresponde al monto total de los siniestros devengados durante el período proveniente de la cobertura directa otorgada por la compañía, de coberturas aceptadas por la compañía y menos aquellos siniestros devengados durante el período, de cargo del reasegurador. COSTO DE INTERMEDIACION Corresponde al resultado obtenido de la aplicación de tasas involucradas en las actividades de vender un seguro y sus negociaciones por reaseguro. COSTO DE ADMINISTRACION Corresponde a todos aquellos gastos necesarios para el desarrollo y funcionamiento de la actividad aseguradora, como remuneraciones, depreciación de los bienes muebles e inmuebles, etc. PRODUCTO DE INVERSIONES Corresponde al resultado asignable al total de las inversiones de la entidad aseguradora. OTROS INGRESOS (EGRESOS) Corresponde a la suma de las cuentas 43.000 y 44.000 de Ficha Estadística Codificada Uniforme (FECU). CORRECCION MONETARIA Corresponde al saldo proveniente de la revalorización del patrimonio o capital propio, activos y pasivos más la revalorización de las cuentas de resultado. RESULTADO DE OPERACIONES Corresponde al resultado obtenido de sumar las cuentas: Ingreso de Explotación, Costo de Explotación, Producto de Inversiones, Otros Ingresos (Egresos) y Corrección Monetaria. RESULTADO FUERA DE EXPLOTACION Corresponde al resultado obtenido de ingresos y gastos no provenientes de la actividad aseguradora. RESULTADO ANTES DE IMPUESTOS Corresponde al resultado obtenido de sumar las cuentas: Resultado de Operaciones y Resultado Fuera de Explotación. IMPUESTOS DEL PERIODO Corresponde al cargo por impuestos calculado de acuerdo a las normas tributarias vigentes. UTILIDAD (PERDIDA) DEL EJERCICIO Corresponde a la diferencia entre las cuentas resultado antes de impuestos e impuestos del período. 3. ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO El Estado de Flujo de Efectivo es un informe financiero contable que muestra una clasificación de los ingresos y egresos de efectivo generados en un determinado período. Los objetivos principales de este estado, radican en permitir a las CIRCULAR Nº 1265 FECHA: 06.02.1996 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 9 entidades aseguradoras y reaseguradoras, evaluar su capacidad para generar flujos de efectivo netos positivos, cumplir con sus obligaciones y pagos de dividendos, determinar la necesidad de obtener financiamiento externo e incentivar la inversión. Adicionalmente, este estado permite explicar las diferencias entre la utilidad o pérdida del ejercicio y los flujos en efectivo generados o utilizados para actividades de la operación. 4. ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS Los estados financieros consolidados (balance, estado de resultados y estado de flujo de efectivo), deben presentarse, cuando corresponda, de acuerdo a lo dispuesto en la Circular sobre valorización de inversiones. B. NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS - SEGUROS DE VIDA. Las notas a los estados financieros representan la divulgación de información que no está directamente reflejada en dichos estados y sus anexos y que es de utilidad para los usuarios de la información financiera. Las notas explicativas forman parte integral de los estados financieros, siendo obligatoria su publicación. Se deberá poner especial cuidado en su redacción y presentación, a fin de asegurar que éstas sean fácilmente entendidas e interpretadas. A través de esta Circular, se establece la información mínima que deberá proporcionarse en las notas explicativas, no eximiéndose por tanto la administración de la sociedad de la responsabilidad de divulgar toda información esencial. Se imparten las siguientes instrucciones relativas a las notas explicativas de los estados financieros anuales con el fin de establecer criterios mínimos de publicación: a) Normas contables aplicadas: incluirá una descripción de los principios aplicados. Esta descripción se refiere fundamentalmente, a la selección de un principio contable cuando existen varias alternativas aceptables, a criterios particulares de la actividad del seguro y a normas que tienen un efecto significativo en la posición financiera y en los resultados de operación. Entre éstos se mencionan los siguientes: - Período cubierto por los estados financieros si éste es diferente al requerido. - Base de conversión (cuando existen transacciones o estados financieros en moneda extranjera). - Métodos usados en la depreciación del activo fijo. - Normas sobre valorización de inversiones (Renta Fija, Renta Variable y Activo Fijo). - Normas sobre constitución de reservas (Reservas de Riesgo en Curso, Matemática, de Siniestros y Adicionales). - Calce de Activos y Pasivos. b) Cambios contables: se deberá señalar todo cambio en la aplicación de principios contables, indicando al menos: naturaleza del cambio, justificación para hacerlo, efectos en resultados y en otras partidas de los estados financieros. Asimismo, se deberá indicar cambio en estimaciones cuando el efecto sea significativo, por ejemplo, modificaciones en la valorización de inversiones, cambio en estimación de vida útil de activos fijos, corrección de errores de ejercicios anteriores, reclasificación de estados financieros anteriores cuando sea importante para analizar y usar la información. c) Corrección monetaria: indicar las bases de corrección monetaria, índices aplicados y cualquier otro antecedente relevante al respecto. CIRCULAR Nº 1265 FECHA: 06.02.1996 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 10 d) Impuesto a la Renta: se deberá incluir la provisión del ejercicio, monto de los pagos provisionales, monto de las pérdidas tributarias imputables a utilidades no distribuidas, tasa de impuestos si la empresa goza de alguna franquicia y cualquier otra información relevante al respecto. También deberá incluir cualquier información respecto a impuestos diferidos de acuerdo a la Circular Nº 986 y modificaciones posteriores, de esta Superintendencia. e) Inversiones: se debe detallar las inversiones de propiedad de la compañía de seguros, según cuadro que a continuación se indica: INVERSIONES PARCIAL PARCIAL TOTALES INVERSIONES Inversiones Financieras Títulos de Deuda Emitidos y Garantizados por el Estado y Banco Central Instrumentos Unicos Instrumentos Seriados Títulos de Deuda Emitidos por el Sistema Bancario y Financiero Instrumentos Unicos Instrumentos Seriados Títulos de Deuda Emitidos por Sociedades Inscritas en SVS Instrumentos Unicos Instrumentos Seriados Acciones y Otros Títulos Acciones de Sociedades Anónimas Abiertas Acciones de Sociedades Anónimas Cerradas Cuotas de Fondos de Inversión Cuotas de Fondos Mutuos Otros Mutuos Hipotecarios Inversiones en el Extranjero Caja y Banco Inversiones Inmobiliarias y Similares Bienes Raíces Urbanos Habitacionales No Habitacionales Bienes Raíces no Urbanos Equipos Computacionales Muebles y Máquinas Vehículos Otros f) Operaciones de Leasing: indicar las características y condiciones relevantes de los contratos de leasing vigentes sean éstos otorgados o recibidos tales como monto del compromiso adquirido, vigencia del contrato, condiciones para la anticipación de la compra en caso de existir, así como cualquier otro antecedente relevante al respecto. Los bienes raíces afectos a contratos de leasing otorgados deberán informarse según cuadro que a continuación se indica: CONTRATOS DE LEASING OTORGADOS BIENES RAICES (Cifras en miles de pesos) Nº DE ROL ARREN DAT. FECHA CONTRATO VALOR NOMINAL VALOR CUOTA VALOR OPCION TASA INTER. DURAC. CONTRAT. PERIODO PAGO (MES TRIMEST.) UNIDAD REAJ. INTERES. POR RECIBIR VALOR ACTUAL OPCION COMPRA ADELANT (SI/NO) 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 SUBTOTAL CIRCULAR Nº 1265 FECHA: 06.02.1996 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 11 SUBTOTAL TOTALES g) Operaciones de Cobertura de Riesgo Financiero: se deberá informar acerca de las operaciones de cobertura de riesgo financiero realizadas por la compañía, que afecten a sus cartera de inversiones y a su estructura de activos y pasivos. La información sobre las operaciones vigentes al 31 de diciembre, deberá publicarse en cuadros del Oficio Circular Nº 4.936 del 15 de noviembre de 1995. h) Reservas Técnicas: se debe presentar las reservas técnicas, Reserva de Riesgo en Curso, Reserva Matemática, Reserva de Siniestros por Pagar; constituidas por la entidad aseguradora o reaseguradora. Si corresponde, se deberá mostrar el detalle de las reservas previsionales. i) Cumplimiento Régimen de Inversiones y Endeudamiento: corresponde señalar la obligación de invertir de la entidad de seguros, así como las inversiones representativas de reservas técnicas y patrimonio de riesgo. Deberá indicarse si a la fecha del estado financiero la compañía cumple con la normativa vigente en cuanto a inversiones, esto es, si tiene superávit o déficit de inversiones representativas. CUMPLIMIENTO REGIMEN DE INVERSIONES Y ENDEUDAMIENTO (Cifras en miles de pesos) OBLIGACION DE INVERTIR LAS RESERVAS TECNICAS Y PATRIMONIO DE RIESGO INVERSIONES REPRESENTATIVAS DE RESERVAS TECNICAS Y PATRIMONIO DE RIESGO SUPERAVIT (DEFICIT) INVERSIONES REPRESENTATIVAS DE RESERVAS TECNICAS Y PATRIMONIO DE RIESGO PATRIMONIO NETO () ENDEUDAMIENTO: - TOTAL - FINANCIERO () Corresponde al definido en artículo 1º, letra c), del DFL Nº 251, de 1931 j) Cambios en el Patrimonio: se deberá publicar el cuadro que a continuación se indica: PATRIMONIO (cifras en miles de pesos) SALDOS AL 31 DIC ... DISTRIB. UTILIDAD EJERCICIO ANTERIOR VARIAC.D E CAPITAL REVALORIZ. AJUSTES SALDOS AL ... 1 2 3 4 5 6 23.100 Capital pagado Reservas legales Reservas reglamentarias 23.400 Reserva por calce 23.600 Utilidades (pérdidas) retenidas CIRCULAR Nº 1265 FECHA: 06.02.1996 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 12 23.650 Utilidades (Pérdidas) del ejercicio 23.660 Dividendos provisorios Otros 23.000 PATRIMONIO Se deberá revelar las reformas de estatutos relativas a variaciones de capital, indicando el número y fecha de la resolución que autorizó la última reforma de estatutos de la sociedad correspondiente a variaciones de capital. Asimismo, se deberá indicar brevemente el contenido de dicha reforma de estatutos. k) Calce de Activos y Pasivos: corresponde señalar la situación de calce de activos y pasivos de la compañía a la fecha de presentación de los estados financieros, indicando: Inversiones a TIR de compra Inversiones valorizadas a calce RESERVA DE FLUCTUACIONES (Cta. 5.26.31.20.00) Reserva Técnica Base Reserva Técnica Financiera (Cta. 5.26.31.10.00) RESERVA POR DESCALCE RESERVA POR CALCE (código 23.400 FECU) (Cta. 5.26.31.00) Adicionalmente deberá informarse la reserva técnica base calculada a la tasa técnica del 3%, para todas las pólizas vigentes. l) Reaseguros vigentes: debe publicarse el Cuadro de Reaseguros Vigentes normado en Circular Nº 1264, del 5 de febrero de 1996. m) Obligaciones con Instituciones Financieras: en esta nota se deberá señalar la situación de deuda que mantiene la compañía con instituciones financieras; indicando, al menos, la institución y fecha de vencimiento de la deuda. n) Transacciones con AFP: deberá informarse las transacciones y saldos por operaciones efectuados con Administradoras de Fondos de Pensiones. ñ) Transacciones con Personas Relacionadas: las transacciones con personas relacionadas entendiéndose por tales las definidas en el Título XV de la ley Nº 18.045, deberán ser adecuadamente reveladas en esta nota. Dicha revelación deberá incluir al menos lo siguiente: 1. Descripción precisa de la naturaleza de la relación. 2. Detalle de las transacciones efectuadas en el período que se reporte. 3. Monto de las transacciones y su efecto en los resultados del ejercicio. 4. Detalle de los saldos por cobrar o pagar con personas relacionadas y los términos y forma de cobro o pago de las operaciones. 5. Cambios, si los hubiere, en el método de establecer los términos de las operaciones, respecto de aquél utilizado en períodos anteriores. Deberá indicarse en forma clara el nombre o razón social y RUT de la persona relacionada. o) Gastos de Organización y Puesta en Marcha: se deberá mostrar un detalle de los diferentes gastos que conforman esta partida. CIRCULAR Nº 1265 FECHA: 06.02.1996 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 13 Asimismo, deberá señalarse el período de tiempo en que se amortizarán estos gastos, el saldo no amortizado y el monto de la amortizacíon correspondiente al ejercicio. p) Remuneración del Directorio: en esta nota deberá detallarse toda remuneración u otro estipendio que los directores hayan percibido de la sociedad, durante el período que se está informando. q) Pasivos Indirectos: debe señalarse todo pasivo indirecto que mantenga la entidad aseguradora a la fecha de los estados financieros, entendiéndose por éstos, todas aquellas obligaciones contraídas por la compañía que no se reflejen en el pasivo exigible, según lo definido en la normativa vigente. r) Contingencias y Compromisos: esta nota debe incluir lo siguiente: monto y descripción de activos en garantía, juicios o contingencias y similares que a la fecha del balance no han sido registrados, hipotecas y similares; monto de avales otorgados y cualquier pasivo indirecto contraído por la empresa, compromisos por inversiones en activo y su financiamiento. s) Sanciones: deberá dejarse establecido en esta nota las sanciones aplicadas, durante el período por esta Superintendencia, hayan sido éstas a los directores, administradores, dependientes o a la sociedad misma. t) Hechos Posteriores: deberá señalarse todos aquellos hechos que afecten significativamente la situación actual o futura de la entidad aseguradora, ocurridos entre la fecha de cierre de los estados financieros y la de presentación de ellos a esta Superintendencia. III. DEROGACION Y VIGENCIA 1. Esta Circular deroga a la Circular Nº 108 del 9 de diciembre de 1981. 2. La presente Circular rige a contar de esta fecha y se aplicará a los Estados Financieros de las compañías de seguros y reaseguros al 31 de diciembre de 1995. SUPERINTENDENTE A N E X O A COMPAÑIA DE SEGUROS X y Z BALANCE GENERAL COMPAÑIA DE SEGUROS DE VIDA por los años terminados al 31 de diciembre de (en miles de pesos) ACTIVOS 19.. 19.. INVERSIONES CIRCULAR Nº 1265 FECHA: 06.02.1996 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 14 Inversiones Financieras Inversiones Inmobiliarias y similares DEUDORES POR PRIMAS Y ASEGURADOS DEUDORES POR REASEGUROS OTROS ACTIVOS TOTAL ACTIVOS PASIVOS RESERVAS TECNICAS Riesgo en curso Matemática Siniestros Por reaseguro Otras reservas OBLIGACIONES CON INST. FINANC. De Corto Plazo De Largo Plazo OTROS PASIVOS PATRIMONIO TOTAL PASIVOS A N E X O B COMPAÑIA DE SEGUROS DE VIDA ESTADO DE RESULTADO por los años terminados al 31 de diciembre de (en miles de pesos) 19.. 19.. CIRCULAR Nº 1265 FECHA: 06.02.1996 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS DE CHILE 15 INGRESOS DE EXPLOTACION Prima retenida neta Ajuste reserva de riesgo en curso y matemática de vida COSTO DE EXPLOTACION Costo de Siniestro Costo de Intermediación Costo de Administración PRODUCTO DE INVERSIONES OTROS INGRESOS (EGRESOS) CORRECCION MONETARIA RESULTADO DE OPERACIONES RESULTADO FUERA DE EXPLOTACION RESULTADO ANTES DE IMPUESTOS IMPUESTO UTILIDAD (PERDIDA) DEL EJERCICIO